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17/Abr/17 13:12
(Re)Valoración por invalidez e incapacidad permanente

Buenos días compañeros foristas:

El día de hoy he recibido dos formatos que se titulan '(Re) Valoración por invalidez e incapacidad permanente', en el cual mencionan lo siguiente:

Ciudad___________ a _______ de ________ de 2017

UMF

Nombre del asegurado ___________________
NSS __________________

Por este conducto se le notifica a usted que deberá presentarse el día ________ del mes _______ del año _______ al servicio de salud en el trabajo para llevar a cabo su revaloración médica en apego al artículo 121, 58 de la Ley del Seguro Social y 34 del reglamento de prestaciones médicas.

Nombre y firma del interesado Nombre y firma del testigo


Nombre y firma del médico del Salud en el trabajo


Abajo de todo esto, esta escrito a mano Oficio, fecha y folio.

Mi duda es ¿Qué tratamiento se le da a este tipo de oficios?

De antemano, muchas gracias!!
 
Lizzie
 
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lizzie1984
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18/Abr/17 17:54
Re: (Re)Valoración por invalidez e incapacidad permanente

A la persona que le llega debiera presentarse en la clínica donde le indican.

Si ya permanece incapacitado tiene un grado tal por ahora. La revalorización es para ver que adelanto o degeneración presenta en su salud con sus malestares.

Dicha revalorizaron le servirán para dos cosas:

1) Ofrecer la oportunidad de vislumbrar el tratamiento medico adecuado de ahí en adelante.
2) Ajustar su grado de invalidez para con respecto a sus indemnizaciones o pensiones que recibe.

Saludos
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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