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03/Mar/17 10:49
Duda en al Art 39 A LFT

Buenas tardes recurro al foro nuevamente para exponer lo siguiente

el Art 39 A de la Ley Federal dice ' El periodo de prueba a que se refiere el párrafo anterior, podrá extenderse hasta ciento ochenta días, sólo cuando se trate de trabajadores para puestos de dirección, gerenciales y demás personas que ejerzan funciones de dirección o administración en la empresa o establecimiento de carácter general o para desempeñar labores técnicas o profesionales especializadas'

y el Artículo 9 de la misma ley cita 'La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto.
Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento.

Quiero entender que a los trabajadores que desempeñen funciones de confianza se les puede extender a 180 días y les es aplicable esta fracción ? es decir se asimilan

y por ende a un obrero o personal operativo solo se le aplicarían el período de 30 días?

Agradezco sus aportaciones
 
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oziel
Capitán Segundo

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03/Mar/17 18:30
Re: Duda en al Art 39 A LFT

Le con atencion, estos son periodos maximos: 90 y 180 dias.

puede hacerlo en 30 dias pero es logico que una persona como director o administrativo en 30 dias no es posible verificar su capacidad profesional en su trabajo.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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