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27/Jul/15 23:54
declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

Buenas noches sres, y sras foristas
Teníamos omision de obligaciones del año 2013 de ietu e iva el dia 6 obtuvimos la opinion de obligaciones.El dia 7 llega un notificador del estado y no localiza al contribuyente,le deja citatorio para el dia 8 sabiendo las omisiones que se tenian procedimos a presentar todo el 2013 se termino a la 1:14 del dia 8 y el 8 a las 10:30 llega el notificador deja requerimiento,al presentarlo en la sec de finanzas del estado me dicen que si procede la multa por haberla presentado el mismo dia de la notificacion.
me podrian dar su opinion si esto es cierto ? yo tenia idea de que si se presentaba antes de que me dieran el requerimiento se cancelaba la multa; bueno la multa no la han enviado primero debo pagar la notificacion de $426 para que se vea que esta contestado dicho req.
Uds que opinan? Me podrian ayudar?
Gracias
 
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roselen29
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28/Jul/15 10:53
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

Hola Roselen.

Por supuesto que no proceden la multa.
En fundamento legal es el art. 73 del CFF vigente, el cual dispone:

Artículo 73.- No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales...


Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.


El requerimiento surte efectos fiscales mínimo a partir de que se notificó hacia adelante. No tiene efectos retroactivos.

Que cumpliste a destiempo, quizá muy a destiempo, pues sí.
Pero la Ley está ahí y dispone que no eres sujeto de ninguna sanción, [u]por haber cumplido antes de que te notificaran el requerimiento correspondiente.[/u]

Espero que mi comentario, sea de tu utilidad.

Saludos y buena suerte.

Editado: Julio 28, 2015 11:00:26
 
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ngm
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28/Jul/15 10:56
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

bueno la multa no la han enviado primero debo pagar la notificacion de $426 para que se vea que esta contestado dicho req.
Uds que opinan?


No. No debes pagar nada.
Lo anterior, porque cumpliste antes de que se te requiriera.

Te sugiero que, siempre le solicites sus fundamentos legales por los cuales te aplican las multas o sanciones correspondientes.
Con ello te podrás dar cuenta que no te aplican dichos fundamentos legales.



Saludos y buena suerte, nuevamente.
 
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ngm
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28/Jul/15 11:02
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

Sí debes contestar el requerimiento.
Hazlo lo más pronto para no rebasar el plazo que se te otorga.

El fundamento es el que te señalé anteriormente.

Buena suerte.

Saludos y que tengas un buen día.
 
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ngm
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28/Jul/15 11:51
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

HOLA BUENAS TARDES compañero:

Presente una promoción aplicable conforme el 18 y 18A del CFF. En la misma solicite la cancelación de esta multa y del procedimiento PAE por completo, por las razones que ya ha señaladas. Fundamentando que sus cumplimientos (que fueron omisos) se dieron de manera ESPONTÁNEA, ya que al momento de capitalizar estos cumplimientos no mediaba algun requerimiento. Anexe copia legibles de los cumplimientos requeridos.

E incluso habiendo siendo el mismo día la supuesta notificación, como supuestamente se indica por parte de empleados de la autoridad, el requerimiento no surte efectos jurídicos en el momento de la notificación, sino más bien al día siguiente (asi lo debe establecer el propio requerimiento y la legislacion en la materia). Para cuando funje la vigencia jurídica estos efectos ya no prevalescen la existencia de las omisiones requeridas. Situación que se establece en el CFF, que cuando operen cumplimientos espontáneos de los referidos en el art. 73, se expresa claramente NO PROCEDERÁN LAS MULTAS y que además no encontrarse en alguna de las situaciones de excepción mencionadas por esta misma disposición.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Jul/15 11:54
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

Llegando a junta con Fiscalistas de León, en fila india, primero: ¿ que código rige al estado? estatal verdad?, segundo, 135, luego el 137 , después el 73 CFF.

Conclusión: no procede la multa.

:evil:

Saluditos
 
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pacatelas
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28/Jul/15 11:54
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

--

Editado: Julio 28, 2015 11:54:40
 
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pacatelas
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28/Jul/15 12:10
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

Hola buenos días, gracias por su atención
A mi me quedaba la duda porque había checado anteriormente esto miren , es un documento que tengo guardado se los muestro

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
Nuevo Código Publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1981
TEXTO VIGENTE Última reforma publicada DOF 14-03-2014

Artículo 73.- No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados
por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito.
Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:

I. La omisión sea descubierta por las autoridades fiscales.

II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado
una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas,
tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.
 
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roselen29
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28/Jul/15 12:30
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

Ha verdad ngm no habia caido en la cuenta lo que dejaron fue un citatorio
y no una orden de visita como lo señala tal art 73 fracc II.
muchas gracias

y Ahora otro detalle mas el contribuyente fue a la sec de finanzas
esto en Guadalajara y a la persona que lo atendio le dijo
que el ya le habia pagado la notificacion al notificador
en el momento que le dejo el requrimiento cosa que no se debe hacer
y le dijeron que se hiba a investigar eso y haber como nos va, todo porque el
contribuyente no me trajo a mi el req. para yo contestarlo

que tengan bonito dia!!
 
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roselen29
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28/Jul/15 15:33
Re: declaracion presentada antes de requerimiento procede la multa?

De nada, Roselen.

todo porque el
contribuyente no me trajo a mi el req. para yo contestarlo


Así es.

Conste que el 'Chapulín Colorado' de los contribuyentes que son nuestros clientes, somos nosotros.

Pero si no nos avisan ni siquiera con el 'Oh y ahora quien podrá defenderme' ¿Pues cómo?

Adivinos no somos ;)

Que tengas una buena tarde.

Saludos, nuevamente.
 
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ngm
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