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31/Mar/15 18:53
parte no deducible por ingresos exentos del trabajador

hola a todos quiero preguntarles, cual es la forma correcta de registrar la parte no deducible de los ingresos exentos del trabajador art. 28 fracc xxx, ya que esos ingresos exentos forman parte de las prestaciones totales registradas; debe disminuirse esta parte no deducible de dichas prestaciones para el registro ?
gracis a quien pueda ayudarme
 
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surman
Sargento Primero

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31/Mar/15 19:08
Re: parte no deducible por ingresos exentos del trabajador

En la contabilidad debe hacer tu registro en cuentas de orden.
Para efectos de la declaración anual la parte no deducible formará parte de la conciliación contable fiscal, deducción contable no fiscal y manifiestas el importe de la nomina exenta no deducible

saludos
 
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marasacp
Capitán Segundo

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31/Mar/15 19:52
Re: parte no deducible por ingresos exentos del trabajador

Muchas Gracias por la ayuda, me quedó claro.
Gracias
 
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surman
Sargento Primero

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22/Ago/16 18:27
Re: parte no deducible por ingresos exentos del trabajador

Buenas tardes, respecto de este tema, los registros en cuentas de orden se deben realizar sin importar el tipo de régimen ? si es una immex por ejemplo? algún fundamento que me puedan proporcionar.


Saludos.
 
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VANESSAR
Soldado

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23/Ago/16 10:22
Re: parte no deducible por ingresos exentos del trabajador

Que tal buen día

Mi recomendación es la siguiente:

Al tratarse de ingresos que a su vez son exentos en su totalidad o parcialmente para el trabajador va dependiendo de la frecuencia en que estos se den ya que tendrías que realizar cálculos individuales por cada uno para realizar ese registro sobre los conceptos que tienen exención a fin de hacer la separación correcta al registrar todo lo que integra la nomina.

Tomando en cuenta que las deducciones son anuales si fueras persona moral en el titulo II
lo registres de manera normal como deducción contable y tomes de base el papel de trabajo de la declaración de salarios y una vez que conozcas los importes lo apliques en tu conciliación contable y fiscal.

Como sugerencia al final del día la decisión es tuya.

saludos
 
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FISCIVAN11
Sargento Primero

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