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16/Ene/15 17:36
CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?

Hola, buenas Tardes:

Tengo el siguiente duda, planeo darles las constancias a los trabajadores que les pague salarios (Que aplican) y asimilables, pero no se si todavía se pueden usar ya sea la Forma 37 o los Anexos de la DIM, me podrían confirmar si estos todavía tiene validez? ya que es escuche que también hay XML.

De antemano gracias

Saludos,
 
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JARL91
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18/Ene/15 03:18
Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?


¡Hola!!!

Conforme a la Regla 2.8.1.11 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2015 dispone que en los términos del Artículo Noveno, fracción X de las Disposiciones Transitorias de la Ley de ISR 2014; utilizarán, la impresión de los anexos 1 que emita el programa para la presentación de la DIM y que dicho anexo 1 deberá contener sello y firma del empleador(patrón) que lo imprime.


¡Saludos!!!

Silvestre®


Editado: Enero 18, 2015 06:53:04
 
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Silvestre
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19/Ene/15 16:20
Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?

Muchas Gracias Silvestre ,me ha servido de mucho tu información.

Saludos,
 
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JARL91
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27/Ene/15 16:35
Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?

Muchas gracias por la información.

Otra pregunta: En el caso de los pago por arrendamiento y honorarios que se presentan en el anexo 2 ¿también aplica la opción de generar la constancia con el DIM? Por aquí me hallé este artículo

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=Informacion&sop=viewArt&id=7495


Que dice que se considerará como constancia el mismo CFDI que la persona física expidió a la persona moral, puesto que ahí vienen detalladas las retenciones. Pero este artículo es del 10 de Diciembre ¿no ha cambiado esta disposición?


Saludos.
 
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28/Ene/15 12:55
Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?


¡Hola!!!

Otra pregunta: En el caso de los pago por arrendamiento y honorarios que se presentan en el anexo 2 ¿también aplica la opción de generar la constancia con el DIM?


Sí, puedes utilizar el anexo 2 como Constancia de Retenciones de manera anualizada por el ejercicio de 2014. En el 2015 hay que emitir esta constancia anualizada en formato XML en el mes de enero del año inmediato siguiente a aquél en que se realizó la retención o pago, conforme a la Regla 2.7.5.4 de la Resolución Miscelánea Fiscal de 2015.

Que dice que se considerará como constancia el mismo CFDI que la persona física expidió a la persona moral, puesto que ahí vienen detalladas las retenciones. Pero este artículo es del 10 de Diciembre ¿no ha cambiado esta disposición?


No ha cambiado, sigue vigente esta disposición. En el segundo párrafo de la Regla 2.7.5.4 de RMF2015 lo estipula:

'En los casos en donde se emita un comprobante fiscal por la realización de actos o actividades o por la percepción de ingresos, y se incluya en el mismo toda la información sobre las retenciones de impuestos efectuadas, los contribuyentes podrán optar por considerarlo, como el comprobante fiscal de las retenciones efectuadas.'

¡Saludos!!!

Silvestre®




Editado: Enero 28, 2015 12:57:36
 
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Silvestre
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29/Ene/15 10:06
Re: CONSTANCIA 37 O IMPRESION DE ANEXOS // VIGENTE PARA EL EJ 2014?

Muchas gracias por la información, Silvestre.
 
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