Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
25/Oct/14 16:45
PAGOS PROVISIONALES DE UNA PM DE SEGURIDAD PRIVADA

Buenas tardes amigos del Foro, tengo una Persona Moral que se dedica a la Seguridad Privada y esta Constituida como una SOCIEDAD CIVIL, la duda es como se determinan los pagos de ISR ya que lei que en el caso de las Sociedades Civiles acumulan los ingresos hasta el momento en que los cobran, esto es cierto o no , y cual seria el fundamento.
 
Perfil

cpgvt
Subteniente

Mensajes: 142
Ingresó: Mayo 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Nov/14 18:51
Re: PAGOS PROVISIONALES DE UNA PM DE SEGURIDAD PRIVADA

Esto es correcto mi amigo.

En la SC los ingresos se acumulan al cobro. El fundamento es el Artículo 17, fracción I, segundo párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta 2014, el cual cito:

'Tratándose de los ingresos por la prestación de servicios personales independientes que obtengan las sociedades o asociaciones civiles y de ingresos por el servicio de suministro de agua potable para uso doméstico o de recolección de basura doméstica que obtengan los organismos descentralizados, los concesionarios, permisionarios o empresas autorizadas para proporcionar dichos servicios, se considera que los mismos se obtienen en el momento en que se cobre el precio o la contraprestación pactada.'

Salud,

Th.
 
Perfil

Thomper
Capitán Segundo

Mensajes: 373
Ingresó: Septiembre 21, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1