Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3

Mensaje Autor

Arriba
20/Oct/14 17:56
Art. 31-A CFF Operaciones Relevantes??

Buena tarde a todos.

Espero conocer su opinión sobre el tema de 'operaciones relevantes', basadas en el Art. 31 CFF ¿cuáles son esas operaciones?

Artículo 31-A. Los contribuyentes deberán presentar la información de las operaciones que se señalen en la forma oficial que al efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquél en el que se celebraron.

Cuando los contribuyentes presenten la información de forma incompleta o con errores, tendrán un plazo de treinta días contado a partir de la notificación de la autoridad, para complementar o corregir la información presentada.

Se considerará incumplida la obligación fiscal señalada en el presente artículo, cuando los contribuyentes, una vez transcurrido el plazo señalado en el párrafo que antecede, no hayan presentado la información conducente o ésta se presente con errores.


La RMF que contiene el formato es:

I.2.8.1.14. Para los efectos del artículo 31-A del CFF, los contribuyentes tendrán por cumplida la obligación establecida en la citada disposición, cuando presenten de forma mensual en términos de lo dispuesto en la ficha de trámite 169/CFF, la información de las operaciones que se señalan en la forma oficial 76 'Información de operaciones relevantes (artículo 31-A del Código Fiscal de la Federación)' relacionado en el Anexo 1 de la RMF, que hubieren ocurrido a partir del 1 de enero de 2014, conforme a lo siguiente:
Operaciones realizadas en:

Fecha límite en que deberá presentarse la forma:

Enero, Febrero y Marzo 2014: 30 de Octubre de 2014
Abril, Mayo y Junio 2014: 30 de Noviembre de 2014
Julio, Agosto y Septiembre 2014: 30 de Diciembre de 2014
Octubre, Noviembre y Diciembre 2014: 30 de Enero de 2015


¿Dónse se señalan las operaciones relevantes, o mas claramente cuales son estas operaciones?

Gracias

Editado: Octubre 20, 2014 17:58:25

Editado: Octubre 20, 2014 17:59:40
 
 
Perfil

neonato
Mayor

Mensajes: 1145
Ingresó: Febrero 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Oct/14 23:23
Re: Art. 31-A CFF??

Buen día.

Miguel Ángel González

La presentación de esta información deberá de ser efectuada en. La aplicación de mi portal contenida en el portal del SAT, al día de hoy 21 de Octubre no se encuentra el formato ya que el mismo será un archivo de Excel en el cual se dará cumplimiento con la información, este formato se prevee que salga publicado el próximo 22 de Octubre, en efecto no se señala que son operaciones relevantes, sin embargo hay publicaciones que sí lo aclaran, al respecto debes confirmar en la publicación de exposición de motivos, comprendiéndose que la información será. A cargo de contribuyentes que estarán relevados de cumplir con la obligación del dictamen, derivado de la no obligatoriedad, ya que a partir de este ejercicio el dictamen es opcional, puesto que dejarán de dictaminar sus estados financieros, por ello deberá comprenderse que no todos los contribuyentes serán sujetos del cumplimiento de esta obligación, sino únicamente quienes dejan de dictaminar sus estados financieros.

DR_MIKE
AGSC3
 
Perfil

DR_MIKE
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Octubre 21, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Oct/14 09:49
Re: Art. 31-A CFF??

Buen día Mike.

Lo que encontré sobre la exposición de motivos del 31-A CFF, es lo siguiente:

http://es.slideshare.net/Temo_Galindo/proyecto-de-dictamen-de-cdigo-fiscal

13. Revelación de información Derivado de la propuesta del Ejecutivo Federal de eliminar del requisito de presentar el dictamen formulado por contador público, mediante el cual determinados contribuyentes proporcionan información sobre distintos rubros, se propone que esa información se obtenga a través de solicitudes que hagan las autoridades fiscales a los contribuyentes que dejarán de dictaminar sus estados financieros. XX

21. En este sentido en la Iniciativa sujeta a dictamen, se propone adicionar un artículo 31-A al Código Fiscal de la Federación, para establecer que los contribuyentes deberán proporcionar la información que se señalen en las formas oficiales que para tal efecto aprueben las autoridades fiscales, dentro de los treinta días siguientes a aquél en que se celebraron las operaciones en ellas señaladas. De no cumplir con esta obligación, además de las sanciones que correspondan por no llevar la contabilidad conforme al Código Fiscal de la Federación, se propone que dichos contribuyentes se incluyan entre aquéllos que no pueden contratar adquisiciones, arrendamientos, servicios u obra pública con la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, así como con la Procuraduría General de la República. En ese sentido en la Iniciativa presentada por el Ejecutivo Federal se propone reformar el artículo 32-D del citado código tributario.


Es decir, estarán obligados aquellos contribuyentes que hasta el ejercicio anterior dictaminaron sus estados financieros???

Entonces, aquellos que no estuvieron obligados tampoco estarán obligados a presentar lo que señala el art. 31-A CFF??

¿Los que presentan dictamen igualmente no están obligados a cumplir lo señalado en el 31-A?

Gracias por tu opinión en el tema, igual a los demás que puedan externar algo que sepan sobre el tema, o mas dudas, porqué no.

Editado: Octubre 22, 2014 09:50:41

Editado: Octubre 22, 2014 09:54:43
 
 
Perfil

neonato
Mayor

Mensajes: 1145
Ingresó: Febrero 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Oct/14 12:35
Re: Art. 31-A CFF??

Buenos días

Coincido en que aparentemente es para los que antes estaban OBLIGADOS a dictaminarse, sin embargo la ficha de trámite 169/CFF señala como sujetos obligados a personas físicas y morales, y no hace señalamiento alguno respecto a ex dictaminados o no.

Además había varios que aunque no eran OBLIGADOS a dictamen lo hacían de manera optativa, también ellos serían sujetos a esta nueva informativa?

Creo que hay mas dudas que respuestas y que esta muy ambigua y falta de certeza esta nueva obligación.

Espero que como mencionan salga a la brevedad el formato y mas informacion al respecto, ya que ni la gente que 'asesora' en el chat me pudo ayudar en algo, sin embargo ya hice la consulta personal via mi portal y espero que ahi me aclaren mis dudas y no me dejen peor.

saludos y ojala alguien mas tenga mas información
 

 
Perfil

ALEXA24
Sargento Primero

Mensajes: 102
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Oct/14 17:02
Re: Art. 31-A CFF??

Hola encontré esto en la página del SAT.

ENTREGA DEL REPORTE DE OPERACIONES RELEVANTES



Transmisión Electrónica a través de la página WEB del SAT (Sistema para la Generación de los Reportes de Operaciones Inusuales, Preocupantes y Relevantes)



Fundamento legal: LGOyAAC 81-A y 95 Bis; Disposición Décimo Quinta de la Resolución por la que se expiden las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 Bis la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables las personas que realicen las operaciones a que se refiere el artículo 81-A del mismo ordenamiento. Disposición Décimo Séptima de la Resolución por la que se expiden las Disposiciones de carácter general a que se refiere el artículo 95 Bis la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito aplicables a los denominados transmisores de dinero por dicho ordenamiento Artículos 1 y 4, Anexos 1 y 2 de la Resolución por la que se expide el formato oficial para el reporte de operaciones relevantes, inusuales y preocupantes contemplado en las disposiciones de carácter general que se indican, así como el instructivo para su llenado.​

Salu2
 
Perfil

grupoimper
Capitán Primero

Mensajes: 809
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Oct/14 19:34
Re: Art. 31-A CFF??

Buena tarde:

13. Revelación de información Derivado de la propuesta del Ejecutivo Federal de eliminar del requisito de presentar el dictamen formulado por contador público, mediante el cual determinados contribuyentes proporcionan información sobre distintos rubros, se propone que esa información se obtenga a través de solicitudes que hagan las autoridades fiscales a los contribuyentes que dejarán de dictaminar sus estados financieros. XX


Por lo tanto, considero que no se tratará de Reportes de Operaciones Inusuales, Preocupantes y Relevantes... ni la autoridad ha establecido que información se le deberá reportar...

Saludos
 

 
Perfil

a_cano
Teniente Coronel

Mensajes: 2294
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Oct/14 22:40
Re: Art. 31-A CFF??

Buen día
Miguel Ángel González

Grupoimper. Es correcta tu apreciación sobre la definición de operaciones inusuales, relevantes y preocupantes, sin embargo no es aplicable al tema, ya que eso actualmente es para identificar actividades que llevan quien se ha constituido con la actividad de CENTRO CAMBIARIO ó TRANSMISORES DE DINERO, con anterioridad esa obligación se presentaba ante al SAT, actualmente es recabada por la CNBV.

Alexa24. No es una obligación que lo identifiques pero la gente que asesora del SAT se divide en dos niveles, lamentablemente el primer nivel no es personal del SAT, por ello cuando ingreses en los canales de teléfono o chat te sugiero confirmes te encuentres en segundo nivel, ya que éste personal si es de la institución y ellos brindan atención en base a las disposiciones fiscales (Leyes, RMF, Decreto, etc.), así como criterios internos y otras normas y siempre este segundo nivel te apoya a aclarar tu consulta con EXCELENCIA. Y si pretendieras hacer una consulta personal, te recomiendo que lo efectués de acuerdo al artículo 18 y 18A de CFF, ya que cuando se realiza de esa forma la autoridad te brinda una respuesta siempre con el carácter de una certeza jurídica, y optar por enviarlo en Mi portal, constituye como si lo hubieses realizado por otros canales como chat o teléfono, y si el personal no brinda atención mas alla de lo normado es por esa situación que no pueden informar de publicaciones que de momento no han sido publicadas.

Neonato. De momento debería comprenderse hasta en tanto no haya una publicación adicional que sí, todos los que dictaminaron estados financieros, incluyendo quienes optaron debería dar cumplimiento con ésta obligación.

Adicional se pretende que la ruta cambie para poder obtener el formato, ya que cuando se ingresa en Mi portal, aún no se encuentra. Así mismo habrá que verificar el portal del SAT, con la finalidad de observar una AMPLIACIÓN, PRÓRROGA para dar cumplimiento con esta obligación.

Finalmente que bueno que hay dudas y si hay mas las mismas se agradecen puesto que nos hace crecer profesionalmente. Espero sus valiosas aportaciones y su difusión para identificar preguntas adicionales.


DR_MIKE
AGSC3
 
Perfil

DR_MIKE
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Octubre 21, 2014
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Oct/14 09:34
Re: Art. 31-A CFF??

Buen día.

Solo queda, esperar aclaraciones por parte del SAT, y porqué no 'una prorroguita mas' a las que nos tiene mas que acostumbrados en este sexenio.
 
 
Perfil

neonato
Mayor

Mensajes: 1145
Ingresó: Febrero 04, 2010
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Oct/14 10:39
Re: Art. 31-A CFF??

Dia 23, a una semana de enviar Dios sabe que información,,,muy preocupada tengo 3 clientes que se dictaminaban optativamente

Ya revise de nuevo los formatos de la pagina y aún no veo el tan esperado formato en el cual enviaremos la información

Como que ya se está tardando la autoridad....y que no se supone que el formato lo deben publicar un mes antes de que estemos obligados a cumplir con ello?????
 

 
Perfil

ALEXA24
Sargento Primero

Mensajes: 102
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
23/Oct/14 11:29
Re: Art. 31-A CFF??

Buen día compañeros..

... Creo no han visto detenidamente que información es a la que se refiere en especie el SAT.......


Saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
Perfil

GOrnelas
Mayor

Mensajes: 1329
Ingresó: Febrero 02, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3