Foros


Inicio » Seguridad Social

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
26/Ago/14 20:49
¿A las trabajadoras domesticas se deben asegurarse en el IMSS?

Observe esta cuestion aludiendose que en la TV desinformaban a las personas argumentandose que si hay obligacion de inscribirse en el IMSS a toda trabajadora domestica.

El problema radica que cuando intentamos leer la ley, la que fuera, no nos fijamos en el contexto completo, solo apelamos a una pobretona disposicion, bueno mas bien a un criterio mas pobreton que el de la disposicion, pues no sabemos leer.

Algunos pensaran como en el rival mas debil, de mentes asi de debiles, que el articulo 13 LSS, da la oportunidad de ofrecer una opcion de inscripcion del IMSS. Y la realidad es que si ofrece la opcion, esto es innegable. Pero no la entienden, menos la comprenden. Terminan concluyendo erroneamente que como es opcion, ha, entonces no hay obligacion de inscripcion.

¿Es cierto este paradigma de que si el patron no opta por el 13 LSS, ya no debe inscribir a su trabajador domestico?

Por mi parte ya se la respuesta, incluyo este el topico, para ver que tan duchos seriamos para leer. Mi ejercicio es que no sabemos leer muy bien.

¿Cuales son las obligaciones que marca la LSS para inscripcion de este tipo de trabajadores, y donde se encuadrarian en la LSS? y nos agregan sus puntos de vista, con seguridad aprederemos todos los demas.

Al final dare mis apreciaciones sobre este experimento. Soy de la idea de Dr House, los profesionistas mentimos a nuestros clientes, no sabemos leer. Hay excepciones, pero esa es la regla general, no hay muchas excepciones, bueno es lo pienso, pudiera estar equivocado. A pero quien no lo ha estado alguna vez. Por eso los invito a participar. Gracias


Editado: Agosto 26, 2014 20:54:06
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Ago/14 10:22
Re: ¿Las trabajadoras domesticas debe asegurarse en el IMSS?

Interesante Enrique, pero dices:
Por mi parte ya se la respuesta

Porque no das tu respuesta.?


Gracias,
 
PARA CONSEGUIR UN CREDITO; DEBES DEMOSTRAR AL BANCO QUE NO LO NECESITAS.
 
Perfil

ALLENDE
Teniente Coronel

Mensajes: 2820
Ingresó: Julio 12, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/14 18:31
Re: ¿Las trabajadoras domesticas debe asegurarse en el IMSS?

Que tal buena tarde Enrique ... Cabe comentarle que, usted es de los pocos preparados en el foro, me extraña que a estas alturas no entienda que el 99% de los que participan ignoran ese tipo de conocimientos, por la sencilla razón de no esmerarse en estudiar... y en alusión a su tema, se lo envió por mp ...


Saludos
 
El mejor guerrero no es aquel que triunfa siempre, sino aquel que vuelve sin miedo a la batalla... (Experto en soluciones DEVyCOMP)
 
Perfil

GOrnelas
Mayor

Mensajes: 1329
Ingresó: Febrero 02, 2012
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/14 18:36
Re: ¿Las trabajadoras domesticas debe asegurarse en el IMSS?

Hola buenas tardes a todos:

La respuesta concreta existe de primer instancia es como sigue:

a) el Art 12 LSS
es un contrato laboral que cae perfectamente en este articulo.
REGIMEN OBLIGATORIO.

y en segunda instancia

b) el art 13 LSS REGIMEN VOLUNTARIO.
es una opcion para algunos de los contratos que puediera ejercer como opcion el cambio
del regimen de registro EL VOLUNTARIO, donde tan solo los mencionados en
esta disposicion indica cuales si PUDIERAN el patron dejar aqui. PERO, si no deciden
dejarlos aqui, entonces POR OBLIGACION sigue vigente el art 12 LSS.

Algunos solo lee el art 13, no se fijan en el 12, con mucha seguridad no lograrian
desarrollar y aplicar un criterio adecuada a lo descrito en ley.

Espero si ahora ya leyendo mas detenido y con el tip antes descrito, haber si
logran percibir este criterio antes manifestado. Se requiere de una lectura integral
completa, no por partes, para dilucidar el sentido correcto que marca la ley. No
es para nada sencillo, pero para esto se facilita con mucha preparacion personal
y profesional


Editado: Agosto 29, 2014 18:41:03
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
29/Ago/14 18:48
Re: ¿Las trabajadoras domesticas debe asegurarse en el IMSS?

Pero algunos ¿diran cual contrato? A las sirvientas no se les hace contrato.

Pero hay que tener presente dos cositas:

1.- La LFT fundamenta al contrato laboral con los arts 20 y 21

2.- Existe una subordinacion laboral, requisito indispensable para que exita un nexo laboral, por ende cae en LFT, que a su vez le aplica la LSS bajo el numeral 12


Artículo 20.- Se entiende por relación de trabajo, cualquiera que sea el acto que le dé origen, la prestación de un trabajo personal subordinado a una persona, mediante el pago de un salario.

Contrato individual de trabajo, cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado, mediante el pago de un salario.

La prestación de un trabajo a que se refiere el párrafo primero y el contrato celebrado producen los mismos efectos.

Artículo 21.- Se presumen la existencia del contrato y de la relación de trabajo entre el que presta un trabajo personal y el que lo recibe.


Artículo 26.- La falta del escrito (contrato) a que se refieren los artículos 24 y 25 no priva al trabajador de los derechos que deriven de las normas de trabajo y de los servicios prestados, pues se imputará el patrón la falta de esa formalidad.

Editado: Agosto 29, 2014 18:51:29
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1