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31/Jul/14 00:13
CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS

Buenas tardes.

Me gustaría preguntar las personas físicas en que fecha deben enviar el catalogo y la balanza de comprobación al Sat? Según lo que he leído se enviará en enero del 2015 lo de julio, agosto, etc... es correcto?

Saludos.
 
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juant1
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31/Jul/14 13:03
Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS

Buena tarde

Efectivamente, es correcto. Lo que mencionas esta en el Artículo Décimo Tercer transitorio de la 2ª Modificación a la RMF 2014.

Saludos.
 
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CALPIXQUI
Sargento Segundo

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31/Jul/14 14:23
Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS


¡Hola!!!

Ultimo párrafo del Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, publicado en D.O.F. el viernes, 04 de Julio de 2014, Dispone:

Ahora bien, a las balanzas de comprobación correspondientes a los meses del ejercicio de 2015, deberán ser enviados por las personas físicas y morales conforme a los plazos establecidos en la regla I.2.8.7.

La Regla I.2.8.7 en su fracción II, dispone: De forma mensual, en el mes inmediato posterior al que correspondan los datos, . . . ('Balanza de Comprobación XML')
El Tipo de Contribuyente: Persona Física, a más tardar el día 27 del mes inmediato posterior.

¡Saludos!!!


Silvestre®

 
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Silvestre
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31/Jul/14 15:58
Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS

Buenas tardes.

En el 2015 si me queda claro que tanto físicas como morales deberán enviar la balanza de comprobación al SAT.

Mi duda es la información del 2014, de julio a diciembre del 2014 si tengo que enviarla en enero del 2015?

Saludos.
 
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juant1
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01/Ago/14 01:01
Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS


¡Hola!!!

Mi duda es la información del 2014, de julio a diciembre del 2014 si tengo que enviarla en enero del 2015?


Si, te refieres a personas morales, la respuesta es positiva y es desde el mes de Octubre de 2014.

Si, te refieres a personas físicas, la respuesta es negativa.

¡Saludos!!!

Silvestre®


 
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Silvestre
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01/Ago/14 13:53
Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS

Gracias por responder.

En mi caso es persona física, la pregunta es nuevamente, la contabilidad de julio a diciembre del 2014 debo presentarla en enero del 2015? o no tengo nada que hacer?

En el SAT me dijeron que si, pero uno de esos asesores de los módulos.

Saludos.
 
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juant1
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01/Ago/14 17:09
Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS

¡Hola!!!

Ultimo párrafo del Artículo Décimo Tercero Transitorio de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2014, publicado en D.O.F. el viernes, 04 de Julio de 2014, Dispone:

Ahora bien, a las balanzas de comprobación correspondientes a los meses del ejercicio de 2015, deberán ser enviados por las personas físicas y morales conforme a los plazos establecidos en la regla I.2.8.7.

La Regla I.2.8.7 en su fracción II, dispone: De forma mensual, en el mes inmediato posterior al que correspondan los datos, . . . ('Balanza de Comprobación XML')
El Tipo de Contribuyente: Persona Física, a más tardar el día 27 del mes inmediato posterior.

¡Saludos!!!


Silvestre®
 
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Silvestre
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