Buenos dìas a todos, alguien sabra si una PF RIF si tiene saldo a favor de IVA (1 Bimestre), se lo puedo acreditar en la declaracion del 2 Bimestre? y dentro de la declaracion en que celda se tendria que poner este saldo a favor?
Si, si tienes derecho a acreditarlo, pero de identificar el IVA que te trasladaron y que corresponde al IVA que tu le trasladaste a tus clientes y por otro lado, identiificar éstos que corresponde a las ventas al público en general. De este ultimo tendrás derecho a 'no pagar' el IVA de conformidad con el artículo 7 transitorio del 'DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa' publicado el 26 de diciembre del 2013 en el DOF.
Y lo acreditas en el concepto IVA a favor de periodos anteriores.