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21/Nov/13 23:22
regimen de incorporacion

El articulo 111 de la nueva ley del isr dice que los contribuyentes personas fisicas que realicen unicamente actividades empresariales ..... podran optar por el regimen de incorporacion fiscal, si un contribuyente tiene ademas ingresos por arrendamiento quiere decir que no puede optar por este regimen ?
 
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luispuga
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24/Nov/13 21:56
Re: regimen de incorporacion

como es el único régimen para pequeños comerciantes vale la pena estar al tanto, porque según la publicidad de hacienda dice que el primer año no se pagan impuestos, pero a cuales se refiere, isr?, iva?, ieps(1 peso por litro y 8% en productos de contenido calórico de mas de 270 kcalorias por cada 100 grs. quien tendrá la información correcta...
 
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corneliorojas
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25/Nov/13 11:53
Re: regimen de incorporacion

Se Refiere a ISR. el IVA y IEPS tampoco pagaran pq no es de ellos, solamente lo enteran, y el IETU desaparece asi que los dos estan correctos porque no pagara impuestos el primer año.

Saludos
 
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lgbeltran
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25/Nov/13 13:13
Re: regimen de incorporacion

Compañero luispuga, el hecho de que exista un regimen de arrendamiento el cual casi no tuvo cambios a excepcion de presentar trimestralmente el pago, te indica que si tu das en arrendamiento un casa, local comercial o algo que se le asemeje entras directamente al regimen de arrendamiento y no al de incorporacion a menos que tengas otras actividades que a lo mejor en su caso si se podria pero estarias en dos regimenes, por arrendamiento y por el de incorporacion como sucedia anteriormente antes de la publicacion de la nueva ley, aunque en este caso tendria mis dudas. espero compartan mas opiniones al respecto.
 
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GEORGERUNJ
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25/Nov/13 21:33
Re: regimen de incorporacion

Como que la actividad de arrendamiento ahora sus declaraciones van a ser TRIMESTRALE?
 
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JUANAPEREZ
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26/Nov/13 17:06
Re: regimen de incorporacion

asi es aunque solo aplica para aquellas personas fisicas que cuyos ingresos no excedan de diez salarios minimos generales elevados al mes aproximadamente 19,428.00 y esta forma de presentacion trimestral sera opcional, aunque recomiendo hacerla mensual para un mejor control. espero no haber confundido mas saludos coordiales.
 
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GEORGERUNJ
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