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01/Nov/13 13:16
53% deducible prestaciones a empleados

Buenas tardes colegas,

Estoy muy preocupada por el efecto fiscal de limitar la deducibilidad de las prestaciones, que opinan uds, creo que podemos ampararnos considerando ilegal la reforma ya que la obligación de entregar las prestaciones no se puede eliminar (está en los contratos) y que no se pueda deducir al 100% es muy oneroso. El IETU no se pagaba ( en nuestro caso) ya que el ISR es siempre superior al IETU y este efecto sí vaya que vamos a pagarlo.

Alguien podría orientarme para presentar el amparo, es necesario que lo lleve un abogado fiscalista??

Agradezco su orientación
 
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LAUMOC
Soldado

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01/Nov/13 17:14
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Buena Tarde

Los amparos se los van a pasar por el arco del triunfo, te recuerdo que solo sera deducible el 53% de las prestaciones exentas, es decir te estan obligando a gravar la mayoria para efectos de deducirlo, vas a tener que hacer tu analisis y ver que te conviene.
 
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fiscal13
Subteniente

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01/Nov/13 19:26
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Pudiese interponerse amparos, sin ir tan lejos, hasta en la misma ley antilavado se encuentran grandes vicios, solo que estos no son combatibles por la via directa del CFF,..es mas, ni en revocacion o nulidad...sino en otras latitudes.

Pero como buen mexicano todo es posible...

Saludos
 
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GOrnelas
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02/Nov/13 00:40
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Las condiciones de la relación laboral si se pueden modificar; pero vía negociación y que ambas partes les convenga. No unilateralmente si las quiere cambiar el patrón a su conveniencia.

Analiza bien la situación porque creo que hay alternativas para modificar esas prestaciones y que beneficien a ambas partes.


Saludos
 
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juancarm
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02/Nov/13 00:12
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Mil disculpas!
Se me cruzaron las disposiciones...
Para no confundir, decidí borrar mi comentario.

Salu2!!!


Editado: Noviembre 02, 2013 01:42:16
 
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memoli
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02/Nov/13 02:16
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Ahora si...

Parte de la siguiente fuente:

http://www.eluniversal.com.mx/finanzas-cartera/2013/reforma-hacendaria-afecta-mas-a-trabajadores-analistas-959627.html

'...Por su parte, el experto en derecho laboral Victor Madrid estimó que los cambios en el ISR afectarán la relación laboral entre muchos trabajadores y sus empresas, “varias de estas prestaciones están contenidas en sus contratos y éstas se encuentran a salvo, pero otras corresponden a condiciones generales de trabajo no escritas; si estas prestaciones se ven disminuidas o canceladas por el patrón, los trabajadores tendrán derecho a demandar a la empresa...”.


Salu2!!!
 
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memoli
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04/Nov/13 13:01
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

BUENAS TARDES, EL MOTIVO REAL POR EL CUAL DISMINUYEN LA DEDUCIBILIDAD DE LOS PAGOS REFERIDOS AL ARTÍCULO 109 DE LA LEY ISR VIGENTE EN ESTE MOMENTO, ES LA HOMOLOGACIÓN DE LA LISR CON RELACIÓN A LA LEY DEL IETU, YA QUE PARA IETU SON ACREDITABLES LOS SUELDOS SIEMPRE Y CUANDO SE PAGUE POR ELLOS ISR, LOS INGRESOS DEL ARTÍCULO 109 NO FORMAN EN NINGÚN MOMENTO PARTE DE LA BASE DE ISR POR LO QUE NUNCA FUERON ACREDITABLES EN IETU, POR TANTO, PARA SEGUIR TENIENDO ESE IMPACTO DE NO ACREDITAMIENTO, DISMINUYEN LA DEDUCIBILIDAD DE LOS MISMOS DE UN 100% A UN 53%, PARA ISR, ¿ES O NO JUSTO?, HABRÁ EMPRESAS QUE RESULTEN SEVERAMENTE AFECTADAS POR ESTAS MODIFICACIONES.
 
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EFCPALVAROORTIZ
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04/Nov/13 13:47
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Buen día...

No es novedad, el efecto se iba a dar en el ISR y establecer hasta un tope del 10%...

Saludos
 
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GOrnelas
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05/Nov/13 09:36
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Alguién sabe como sacaron nuestros legisladores ese porcentaje ?
 
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arturoherrera77
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23/Ene/14 17:51
Re: 53% deducible prestaciones a empleados

Buen día Compañeros

Vuelvo a traer este tema a la mesa de discusión

Como es posible que, por Ley te obliguen a exentar el Aguinaldo, la prima vacacional, la PTU, y Prima dominical

XIV. Las gratificaciones que reciban los trabajadores de sus patrones, durante un año de calendario, hasta el equivalente del salario mínimo general del área geográfica del trabajador elevado a 30 días, cuando dichas gratificaciones se otorguen en forma general; así como las primas vacacionales que otorguen los patrones durante el año de calendario a sus trabajadores en forma general y la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, hasta por el equivalente a 15 días de salario mínimo general del área geográfica del trabajador, por cada uno de los conceptos señalados. Tratándose de primas dominicales hasta por el equivalente de un salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada domingo que se labore.

Y te hagan pagar el 30% de ISR por hacer todas esas exenciones, cuando no tienes forma de hacer otra cosas, ni modo de que graves 100% al aguinaldo, a la PTU, la Prima Vacacional y a la Prima Dominical, ahora ni modo de que no las otorgues, por ley las tienes que pagar ( LFT ) y también por ley las tienes que exentar ( LISR Art. 93 Fracc. XIV)
Cuál es la competitividad para las empresas, estos son los números para ver el efecto

Total de Ingresos exentos por Sueldos y Salarios DIM 2013 3,000,000 3,000,000
% de Gasto no deducibles 53% 47%
Monto no deducible 1,590,000 1,410,000
Tasa de ISR empresarial 30% 30%
ISR A pagar 477,000 423,000

Si un empleado tenía mas ó menos en 2013 un costo de un 30% más de su sueldo bruto ( 3% ISN, 20% IMSS, 2%SAR, 5%INFONAVIT ), ahora hay que sumarle este otro costo mas, de a como queda la carga fiscal ahora, y no quiero ver cuanto hay que sumarle con la reforma a la ley del IMSS

Pega muy fuerte esta situación a ver si fiscalia saca un articulo de este tema

Ustedes que opinan, ya le hicieron cuantas a sus patrones.... mejor espérense al aumento de sueldos y luego le dicen
 
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arturoherrera77
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