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04/Nov/13 22:05
Re: REGIMEN DE INCORPORACION

RESPECTO AL NUEVO REGIMEN DE INCORPORACION FISCAL, ME QUEDA UNA DUDA.

EL NUEVO ARTICULO 112, NUMERAL II. DICE:

Artículo 112. Los contribuyentes sujetos al régimen previsto......, tendrán las obligaciones siguientes:

I. .................

II.- Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.

III. ...................

LA VERDAD NO LE ENTIENDO.. ALGUIEN ME SACA DE LA DUDA????
 
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JMAU
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05/Nov/13 07:48
Re: REGIMEN DE INCORPORACION

Buen día EstudianteLCP :

Estos comentarios los efectué en un tópico similar, espero te sea de utilidad:

De acuerdo a las reformas al CFF, 'desaparecen' los comprobantes con CBB para el 2014.

Sin embargo, tal como lo comenté en mi anterior participación, el comunicado de la página del SAT menciona que en 2014, los contribuyentes que no excedan de $ 250,000.00 de ingresos en 2013, podrán seguir utilizando comprobantes en 'papel'.

Este es el enlace:

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/asistencia_contribuyente/principiantes/comprobantes_fiscales/default.asp

De no cambiar dicho comunicado, los contribuyentes, incluyendo a los hoy REPECOS, que excedan del monto señalado, deberán utilizar CFDI's.



Saludos
 
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CHAVALON
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05/Nov/13 10:26
Re: REGIMEN DE INCORPORACION

Buen día compañero Vicentino un gusto leerle; me permito comentarte que en el aun CFF ' vigente ' en su numeral 29-B F-I estipula los medios propios en forma impresa, son los llamados CBB, esto es que, la autoridad emitio dicha opcion, pero si esta aun contemplada en el CFF, tan asi que lo unico que algunos contribuyentes podran seguir emitiendo CBB son con ingresos a montos menores de 250,000, los demas a CFDI, que es la linea de la autoridad esta o establece para la emision de comprobantes fiscales.

Saludos
 
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GOrnelas
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05/Nov/13 14:11
Re: REGIMEN DE INCORPORACION

JMAU , estoy igual, ¿que quiere decir la autoridad?
¿alguien puede ser mas explícito?
 
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bandido07
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05/Nov/13 15:32
Re: REGIMEN DE INCORPORACION

Es correcto GORNELAS, mi error fue no exponer que me referia al CFF 2014.

jmau
bandido

II.- Conservar comprobantes que reúnan requisitos fiscales, únicamente cuando no se haya emitido un comprobante fiscal por la operación.

No se si la autoridad quiera decir 'coservar aun.. cuando no se pida un comprobante por parte del cliente'

Es decir realizar una factura al publico en general y conservarla.

Tambien es mi duda.. espero alguien nos asesore.
buen dia
 
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vicentino
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27/Dic/13 10:27
Re: REGIMEN DE INCORPORACION

Artículo 111. Los contribuyentes personas físicas que realicen únicamente actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, podrán optar por pagar el impuesto sobre la renta en los términos establecidos en esta Sección, siempre que los ingresos propios de su actividad empresarial obtenidos en el ejercicio inmediato anterior, no hubieran excedido de la cantidad de dos millones de pesos.

No podrán pagar el impuesto en los términos de esta Sección:
I. Los socios, accionistas o integrantes de personas morales o cuando sean partes relacionadas en los términos del artículo 90 de esta Ley, o cuando exista vinculación en términos del citado artículo con personas que hubieran tributado en los términos de esta Sección.

Aquí hay gente que ha indicado que solamente aplica si piensas poner un negocio en el interior de una empresa del cual seas socio. Sin embargo yo difiero debido a que como observaran la Ley solamente menciono o cuando sean partes relacionadas
, siento que la letra 'o' hace separaciones de supuestos.

¿Que opinan?.
 
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MANUEL79
Cabo

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