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01/Ene/13 15:07
OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Disculpen la molestia, solicito orientación. Respecto a que estoy obligado a dictaminarme.
En el ejercicio 2012 mis ingresos o ventas rebazan los $ 34,803,950.00 ( Art. 32-A del C.F.F.).
Mi pregunta es:
Si el dictamen se debe llevar a cabo en el 2013 ó en el 2014, es decir, si los resultados del ejercicio 2012 se debe practicarse en el 2013 ó en el 2014
Saludos
 
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Roberto_8320
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02/Ene/13 09:04
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Para saber si por ejercicio 2012 estás obligado al dictamen, debes de ver cuanto ingreso tuviste en el ejercicio 2011,

Nota: no solo por los ingresos estás obligado,
 
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bandido07
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02/Ene/13 11:30
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

ROBERTOMTZTOLEDO: Disculpen la molestia, solicito orientación. Respecto a que estoy obligado a dictaminarme.
En el ejercicio 2012 mis ingresos o ventas rebazan los $ 34,803,950.00 ( Art. 32-A del C.F.F.).
Mi pregunta es:
Si el dictamen se debe llevar a cabo en el 2013 ó en el 2014, es decir, si los resultados del ejercicio 2012 se debe practicarse en el 2013 ó en el 2014
Mis ingresos en el 2011 fueron $ 31,701,626
Saludos
 
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Roberto_8320
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03/Ene/13 08:02
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Por tus ingresos en el ejercicio 2011, no estás obligado al dictamen del ejercicio 2012, pero para el 2013 es probable que estés obligado (verificar la actualizacion de los montos del 32-A CFF.

Si los montos continuan igual del 32-A, entonces, NO IMPORTA LOS INGRESOS QUE TENGAS EN EL 2013, será tu obligación el Dictamen
 
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bandido07
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03/Ene/13 08:47
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Hola, buen día.

No te olvides de considerar para efectos de la fracción I del artículo 32-A del CFF el artículo 7.1 del decreto del 30 de marzo de 2012 que señala:

Artículo 7.1. Los contribuyentes que de conformidad con el artículo 32-A, fracción I del Código Fiscal de la Federación se encuentren obligados a dictaminar sus estados financieros por contador público autorizado, que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables hasta por $40,000,000.00, podrán optar por no presentar el dictamen a que se refiere el artículo citado, siempre que el valor de sus activos o el número de trabajadores no excedan las cantidades a que se refiere la fracción citada. Tratándose de los contribuyentes a que se refieren los artículos 86, fracción VI, segundo párrafo y 175, primer párrafo, segunda oración de la Ley del Impuesto sobre la Renta, que ejerzan la opción a que se refiere este párrafo, deberán presentar la declaración del impuesto sobre la renta del ejercicio a que se refieren los artículos mencionados conforme a las reglas de carácter general que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria.
...


Obvio tienes que verificar como lo indica el mismo artículo, que el valor del activo y el número de trabajadores no excedan en el ejercicio inmediato anterior.

Saludos.
 
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vag
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03/Ene/13 12:18
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Muchas gracias por sus valiosos comentarios y apoyos
!!!!FELIZ AÑO 2013¡¡¡¡
Roberto Martínez Toledo
 
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Roberto_8320
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04/Ene/13 17:41
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Hay que separar dos situaciones en la que se ha estado manejando este topico.

1.- Existe obligacion SI o NO con respecto a 2012. No habria obligacion, el dictamen se entregaria en Junio de 2013 ok

2.- Existira obligacion para 2013? pues si no se actualiza el monto, como ya se señalo SI habria obligacion y el dictamen se presentaria en 2014. Pero siempre debe aplicarse la ley conforme a los ingresos del ejercicio anterior. Para el caso de 2013, serian los ingresos de 2012, aunque el dictamen por año 2013, se presente en 2014

hasta aqui estamos tocando el punto de obligacion. Quien la fija, la ley, el Art 32-A CFF

Pasamos a segundo punto.

Cada año el SAT emite FACILIDADES o reglas de resolucion miscelanea, mismas que unicamente tienen la duracion de 1 año y deben de ratificarse para un ejercicio fiscal subsecuente. Sin embargo, el hecho que exista la facilidad, no elimina la OBLIGACION de la dictaminacion. Para que esto suceda, el contribuyente debe comunicar TOMAR LA OPCION de la facilidad, con esto ahora quedaria libre del cumplimiento. Pero, si esta voluntad de indicarse por parte del contribuyente de ejercer la facilidad, no es llevada a cabo, la obligacion continuaria estando vigente. Ya que la autoridad no es una adivinadora, si el contribuyente para empezar tuviera la obligacion y segundo si optaria por tomarla. Debe quedar constacion de haberse tomado la opcion y ademas debe aplicarse en tiempo, no despues del vencimiento de la obligacion y bajo los requisitos completos que se dicten en la regla de la facilidad
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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04/Ene/13 18:18
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Hola

enrique9727
Cada año el SAT emite FACILIDADES o reglas de resolucion miscelanea, mismas que unicamente tienen la duracion de 1 año y deben de ratificarse para un ejercicio fiscal subsecuente. Sin embargo, el hecho que exista la facilidad, no elimina la OBLIGACION de la dictaminacion. Para que esto suceda, el contribuyente debe comunicar TOMAR LA OPCION de la facilidad, con esto ahora quedaria libre del cumplimiento


Colega, ando perdido... en miscelánea viene la facilidad de tomar opción de no dictaminar? me ayudaría mucho si abundara un poco al respecto.

Saludos y gracias
 
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vag
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04/Ene/13 18:44
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Una disculpa no seria en miscelanea de manera directa. Se trata de un decreto presidencial. El mismo decreto señala que se remita a las reglas de caracter general... es decir, luego habria que andar investigandose que dicen estas reglas para efectos del cumplimiento de una declaracion anual y respecto a la toma de la OPCION de no presentar el dictamen.

Es irrelevante la pregunta ya que el mentado decreto tambien se señala que la facilidad seria OPTATIVA.

Nota que se indica el contribuyente PODRA... No señala DEBERAN NO CUMPLIR.

Por que lo que ratifico que no existe ELIMINACION DE UNA OBLIGACION presupuestada en el CFF. Seguiria estando vigente la obigacion con todo y el decreto presidencial.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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05/Ene/13 09:54
Re: OBLIGADO A DICTAMINAR MIS ESTADOS FINANCIEROS

Hay una actualización de los montos obligados al dictamen, en el Anexo 5 publicado el 28/12/2012

I. Conforme a la fracción I de la regla I.2.1.7., se dan a conocer las cantidades actualizadas establecidas en el artículo que se precisa en dicha regla, que entrarán en vigor a partir del 1 de enero de 2013.
Artículo 32-A.
I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $39,140,520.00, que el valor de su activo determinado en los términos del artículo 9o-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta sea superior a $78,281,070.00 o que por lo menos trescientos de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior.
 
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bandido07
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