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19/Abr/12 11:50
IVA en Declarasat

Hola Buenos dias a todos !!

Mi duda es si en el Declarasat se debe presentar la información del IVA, ya que en el DIMM no se presenta o si sigue vigente el decreto del 30 de Junio de 2010, donde en el Art. segundo dice que se puede optar por no presentar la infromación del IVA si se presentan las DIOT mensualmente.

Agradezco todos sus valiosos comentarios.

Saludos!!
 
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ssalda
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19/Abr/12 12:57
Re: IVA en Declarasat

En el DIM anexo 8 no se presenta el IVA., pero en el declarasat si hay que llenar el IVA.


saludos
 
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CPhugoocejo
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19/Abr/12 13:25
Re: IVA en Declarasat

ssaida:

'Mi duda es si en el Declarasat se debe presentar la información del IVA, ya que en el DIMM no se presenta o si sigue vigente el decreto del 30 de Junio de 2010,


Hola.
¿Para el ejercicio 2011?... Que yo sepa, sigue vigente el decreto. Por tanto, si cumplió con las DIOTS, puede optar por no presentarla.


Decreto del 30-06-2010

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los contribuyentes del impuesto al valor agregado y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, podrán optar por no presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII de dicha Ley, en las declaraciones del impuesto sobre la renta, siempre que cumplan con la obligación de presentar mensualmente la información a que se refiere la fracción VIII del citado artículo 32.[/color]


Salu2!!!


Editado: Abril 19, 2012 13:27:50

Editado: Abril 19, 2012 13:28:19
 
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memoli
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19/Abr/12 13:53
Re: IVA en Declarasat

Buen día ssalda:
Mi duda es si en el Declarasat se debe presentar la información del IVA,

No es obligatoria presentarla tal como lo señala mi apreciable memoli (saludos afectuosos 'aparecida').

..sigue vigente el decreto del 30 de Junio de 2010

No, dicho Decreto fue sustituído por el Decreto publicado en el DOF el 30 de Marzo de 2012 y el contenido de ese tema, se estableció en el Artículo 3.3.

DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de simplificación administrativa.


Publicado en el DOF el 30 de Marzo de 2012.

Artículo 3.3. Los contribuyentes del impuesto al valor agregado y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, podrán optar por no presentar la información a que se refiere el artículo 32, fracción VII de dicha Ley, en las declaraciones del impuesto sobre la renta, siempre que cumplan en tiempo y forma con la obligación de presentar mensualmente la información a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la citada Ley.



Saludos
 
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CHAVALON
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19/Abr/12 14:01
Re: IVA en Declarasat

Muchisimas gracias a todos por sus respuestas.

Que tengan buena tarde y buen provecho.

Saludos !!
 
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ssalda
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19/Abr/12 14:06
Re: IVA en Declarasat

Chavalón:

'No, dicho Decreto fue sustituído por el Decreto publicado en el DOF el 30 de Marzo de 2012 y el contenido de ese tema, se estableció en el Artículo 3.3.'



Perfecto, Chavalón!!! Mi ángel de la guarda!!!! ... Mil gracias por su corrección.

Salu2!!!
 
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memoli
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19/Abr/12 17:04
Re: IVA en Declarasat

nunca se ha implementado en LIVA un formato de declaracion anual en leyes de ejercicios pasado.

Era un formato que el SAT siempre se saco de la manga. Y si bien el CFF, señala que se debe de presentarse los formatos, la ley especial, LIVA, no señalaba un vencimiento.

Ahora sacan resulta que son facilidades por algo que jamas se debio declarar.

En IVA siempre ha existido pagos definitivos MENSUALES, SEMESTRALES. Pero no ANUALES, desde 2002 en adelante, ni informativas.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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19/Abr/12 19:14
Re: IVA en Declarasat

Hola Enrique buen día, solamente para hacer una precisión:

En la Ley del IVA si obliga a los contribuyentes a proporcionar la información del IVA en las declaraciones de ISR.

LIVA

Artículo 32.- Los obligados al pago de este impuesto y las personas que realicen los actos o actividades a que se refiere el artículo 2o.-A tienen, además de las obligaciones señaladas en otros artículos de esta Ley, las siguientes:

VII.Proporcionar la información que del impuesto al valor agregado se les solicite en las declaraciones del impuesto sobre la renta.

El Decreto del 30 de Marzo 2012 y el de Junio 30 de 2011señalan como Opción, no como obligación el presentar o no la información señalada en el Artículo anteriormente mencionado.


Saludos
 
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CHAVALON
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19/Abr/12 23:29
Re: IVA en Declarasat

Buen día mi estimada memoli.
..Mil gracias por su corrección.

No fue corrección, fue un complemento a tu comentario.


Saludos afectuosos
 
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CHAVALON
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20/Abr/12 11:42
Re: IVA en Declarasat

Hola buen día:



Eso estaria de manera indiscutible, compañero chavalon. Hasta ahi todo va perfecto. No difiero ni un apice.

El problema es precisamente 'la precision', compañero CHAVALON. Y no me refiero a que tu no lo seas. En diversos topicos, he observado que lo eres y muy bueno por cierto.

Mi apreciacion que tan solo espero lo analisis y luego te agradeceria me diera tus comentarios al respecto. De antemano no espero, ni tampoco deseo que estemos del mismo lado, solamente comentarios sobre la observaciones que ya ambos hemos puesto sobre la mesa

Si esa fraccion VI del 32 LIVA señala que en declaracion de ISR, pues debiera estarse informandose dentro de la declaracion de ISR, y no en el DEM. ¿O donde se precisa que el DEM forma parte de la declaracion anual? O como la ley del IVA refiere DECLARACIONES DEL ISR. En el dem se declaran retenciones de IVA, ¿es informacion de declaraciones de ISR? ¿tambien de IESP? subsidio el empleo, a caray es de IVA ahora el ISR, ya me confundi... El DEM que tipo de declaracion anual es... todos sabemos que informativas y por todos los tipos que se refieren las leyes. Pero especificamente el anexo 8 es de IVA o de ISR, sonde se especifica.

Bueno, y luego cuando emiten los formularios el SAT como oficiales, ¿se argumento que el DEM seria un formato complementario de la anual de ISR en especial el anexo 8 del IVA o de ISR ya no se de que se trataria la declaracion?

Probablemente luego el SAT, emite una RMF y dicta la regla y asi parcha su error. Pero, al no establecerse con claridad desde la propia ley, no deberia hacerle caso a la RMF. ¿o por tu parte, si lo haria?

En algunas ocasiones he escuchado que no porque los formatos sean los oficiales debiera hacerle caso en declarar sobre la forma que se presenta en el formulario, que hasta se podria de declararse con el formulario pero dentro de otra manera que sea la prudente al contribuyente. ¿No podria ser este el caso? No declararo porque no se señala con claridad, y esperaria a que me lo requieran y entonces ya quedaria vigente cual es la claridad y la fecha vigente de la obligacion, es que la presento.

Sinceramente, mi postura siempre fue de presentar esa declaracion, nada se teme, mejor declararla, e incluso no cambio mi postura, concuerdo con tu apreciacion.

Pero, no estamos buscamos todos la legalidad y que acaso el SAT a veces no se equivoca, o nuestros diputados y no dan la claridad apropiada. No todo es para nuestro lado.

Ademas señalo lo que se pronuncia el CFF, que las cargas a los contribuyentes, deben aplicarse de manera estricta. No debo estar SUPONIENDO.

Y luego, otra precision adicional, ya establecida la obligacion, en que fecha habría de presentarse. La LIVA no señala cuando. ¿Donde se marca dia ultimo de x mes?

Pero, bueno esta situacion entonces quedaria subsanada con el propio CFF, donde si señala fecha y entonces aplicariamos la supletoriedad.

Por ejemplo en LINFONAVIT se señala una cierta obligacion de presentacion de los anexos del dictamen SIPRED, pero no dice cuando entregarse. Pues mientras no me diga cuando, y no hay supletoriedad en CFF, pues esperaria a que me lo requiera la autoridad. Y esta no podria multar, pues la obligacion todavia no habria vencido, a menos que no se le haga caso al requerimiento.

¿Con respecto a esa declaracion anual informativa por IVA dentro de ISR, en verdad ha quedado firme juridicamente su obligacion o solamente por costumbre ya se ha dejado como valida su vigencia?



Editado: Abril 20, 2012 11:47:55
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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