11/Nov/11 16:11
Re: Aviso de Compensacion Extemporaneo - Espontaneo
Hola Puma, buenas tardes.
No aplica la multa, puesto que lo presentaste de manera espontánea.
Puedes meter un recurso de revocación para que te cancelen la multa, fundamentándote para ello en el Art. 73 CFF.
' Artículo 73.-
No se impondrán multas cuando se cumplan en forma espontánea las obligaciones fiscales fuera de los plazos señalados por las disposiciones fiscales o cuando se haya incurrido en infracción a causa de fuerza mayor o de caso fortuito. Se considerará que el cumplimiento no es espontáneo en el caso de que:
I. La omisión sea descubierta por las autoridades fiscales.
II. La omisión haya sido corregida por el contribuyente después de que las autoridades fiscales hubieren notificado una orden de visita domiciliaria, o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.
De acuerdo a lo que comentas, el aviso de compensación se presentó, antes de que:
'...o haya mediado requerimiento o cualquier otra gestión notificada por las mismas, tendientes a la comprobación del cumplimiento de disposiciones fiscales.'
No te dejes ni te confíes en lo que dicen algunas autoridades fiscales, a veces, dicen lo que a ellos les conviene.
Saludos y buena suerte.
Editado: Noviembre 11, 2011 16:12:29
'Confiamos en Dios; los demás están obligados a presentar documentos'****Anónimo