01/Jul/11 13:20
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
asi es como lo interpreto hugo de ahi el cuestionamiento que hice, porque LIVA esta hablando de enajenacion al vender, no al comprar.
ademas se entiende que si procede de una compra al publico en general por ser un no contribuyente de IVA, no lo podria trasladar en el caso de que estuviese grabado el bien enajenado.
saludos.
lo que comenta vabdo, estuve leyendo por ahi algo, que obliga a los centros cambiarios a tener un deposito a la vista del banco de mexico, creo que esto:
Ley del Banco de Mexico
ARTICULO 32.- Las instituciones de crédito, los intermediarios bursátiles, las casas de cambio, así como otros intermediarios cuando formen parte de grupos financieros, o sean filiales de las instituciones o intermediarios citados en primer término, ajustarán sus operaciones con divisas, oro y plata a las disposiciones que expida el Banco de México. Este, en igualdad de condiciones, tendrá preferencia sobre cualquier otra persona en operaciones de compraventa y otras que sean usuales en los mercados respectivos.
Los citados intermediarios estarán obligados, siempre que el Banco así lo disponga, a constituir depósitos de dinero a la vista a favor de éste y a cargo de entidades de primer orden del exterior, denominados en la moneda extranjera en la que el Banco usualmente haga su intervención en el mercado de cambios, por el monto en que los activos de aquéllos en divisas, oro y plata, exceda sus obligaciones en dichos efectos. El Banco abonará a los intermediarios el contravalor en moneda nacional de esos depósitos, calculado al tipo de cambio publicado por el propio Banco en el Diario Oficial de la
Federación en la fecha en que dicte el acuerdo respectivo. Las divisas distintas de la referida, así como el oro y la plata, se valuarán en los términos de las disposiciones que expida el Banco, las cuales no podrán establecer términos apartados de las condiciones del mercado en la fecha citada.
saludos
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01/Jul/11 14:02
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
estoy de acuerdo en que lo que se menciona pues mis compras son a la tasa 0%
y estoy en duda si podria aplicar esta resolucion a la que hacen mencion.
otro punto que a lo mejor no han tomado en cuenta es que el ejercicio que se me esta dictaminando es el 2010
gracias.
NO MI CHAGO...........NO HEMOS TOMADO EN CUENTA....ALGO QUE JAMAS MENCIONASTE
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lobozac
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01/Jul/11 14:10
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
COMPRA DE ORO Y PLATA..............Y SU POTENCIAL DEDUCCIÓN.........
ASI SE INTITULA EL TÓPICO........
SALUDOS
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01/Jul/11 17:38
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Definitivo, no aplica la reglita....
ojalá se aparezca el autor del tema........
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01/Jul/11 20:58
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
CUAL 'REGLITA' HUGO ?........HABEMOS DOS COMPAÑEROS QUE HEMOS MENCIONADO REGLAS........A QUIEN TE REFIERES ?.......Y SI NOS DIERAS TU FUNDAMENTO SÓLIDO DE PORQUE NO APLICA
SALUDOS
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01/Jul/11 23:30
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Que tal Lobozac.
Con gusto mi estimado, difiero completamente de QUIENES expusieron la regla miscelanea en este tema...si observas el tema sabras a que colegas me refiero en forma general.....[/color
]Respecto a mi opinión, ya la expuse el porque NO aplica, sin embargo [color=red]no veo a nadie que refute CORRECTAMENTE dicha aplicacion....
Por eso expuse que ojala el autor del tema de perdis se aparezca...
saludos
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02/Jul/11 10:54
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Mi estimado hugo, TE LO PONGO ASI.......algunos mencionamos reglas,.......... Y SI APLICAN......YA EXPUSIMOS PORQIE SI APLICAN......Y NO VEO A NADIE QUE REFUTE CORRECTAMENTE DICHA APLICACION
Verdad que estas afirmaciones REVISTEN CIERTA SOBERBIA, CIERTA NECEDAD ?
PERO NO TE CREAS.........NO SOY TAN SOBERBIO............ EL MENCIONAR LA REGLA DE MI PARTE, EN CONJUNCION CON LA EXPRESION DEL COMPAÑERO DONDE NOS MENCIONA QUE GENERA CHEQUES A ALGUIEN DE SU EMPRESA..........ES POR ELLO QUE SE ME OCURRIO,......PERO SOLO SE ME OCURRIO EHHHH........QUE PODRIA, QUIZA, EN UNA ULTIMA , PERO ULTIMA OPCION,......PODER UTILIZAR ESE MEDIO DE COMPROBACION Y SU POTENCIAL DEDUCCION......
Cuestion de que el interesado, --no el SUSCRITO-- porque no esta firmando nada.......EL INTERESADO, DECIDA SI ANALIZA LO COMENTADO POR MI.........Y QUIZÁ, ..........SOLO QUIZÁ, LE PUEDAS SERVIR ....Y APLICARLO.........
SI NO LO HACE, será porque aplico otro FUNDAMENTO MAS SÓLIDO
Compañero INICIADOR DEL TÓPICO, si te interesa ampliar mas lo comentado por tu servidor , le damos.........
Si te interesa dedidirte por otra vertiente, adelante..............los leo
Saludos
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02/Jul/11 11:36
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Que tal mi estimado Lobozac...
Es simplemente seguridad........la experiencia y el trabajo diario me lo da......
Siendo así, AHI TE VA DIRECTO....
Analiza la regla I.2.8.3.4 Quinto párrafo y F-I, ahí donde dice EROGACIONES...., ahí viene una tasa.............
Ahora bien..... a que tasa crees que la empresa COMPRE el producto......
checalo y platicamos...
saludos
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02/Jul/11 13:23
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Hugo:
'Por lo tanto, los contribuyentes que expidan comprobantes simplificados son los que enajenen,------okay---- no los que adquieran................y en base a ésto último.......NO sería deducible.....Okay, de acuerdo: Quien adquiera un comprobante simplificado para efecto de deducción...No sería deducible...Okay...En este caso, el autor del tópico se refiere a la compra propiamente...Okay...
'...Si compraste a repecos....y tienes las notas...es deducible, porque éstas cuentas con los requisitos fiscales correspondientes---- (¡¡¡????)----- .........de lo contrario..es NO deducible... (¿De lo contrario? O sea, ¿Que no le den comprobante o no comprarle a los repecos?)...........así con los elementos que das...
Hola, Hugo...Buen día!!! ¿No habrá un error en estos dos comentarios?...¿O en realidad habrá una 'facilidad' por ahí que nos indique que esta deducción si es procedente si proviene de un comprobante simplificado por repecos? No me lo tome a mal, sincéramente esto que comenta lo desconozco...Si así fuera, al autor del tópico se le estaría dando una excelente noticia para poderlo hacer deducible
Salu2!
Sorry...Edité el comentario...
Editado: Julio 02, 2011 13:32:30
Editado: Julio 02, 2011 13:33:38
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02/Jul/11 22:36
Re: COMPRA DE ORO Y PLATA
Hola, Hugo...Buen día!!! ¿No habrá un error en estos dos comentarios?...¿O en realidad habrá una 'facilidad' por ahí que nos indique que esta deducción si es procedente si proviene de un comprobante simplificado por repecos? No me lo tome a mal, sincéramente esto que comenta lo desconozco...Si así fuera, al autor del tópico se le estaría dando una excelente noticia para poderlo hacer deducible
Memoli
Bueno, a mi parecer no hay error alguno..
Si la empresa compra el Oro con contribuyentes que ni son repecos es NO DEDUCIBLE...
Si la empresa compra el Oro con contribuyentes quei son repecos es DEDUCIBLE., porque estos expiden notas con los REQUISITOS que le marca el CFF, aclarando que los comprobantes de los PECOS no deben tener TODOS los requisitos fiscales...si no...pues no serian repecos...no podrian tributar en ese regimen...
Pd-. no lo tomo a mal mi estimada Memoli....al contrario...gracias por dar seguimiento al tema..
saludos
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