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16/Abr/11 13:49
cobro de cuotas por auditoria a patrones

:razz:Muy Buenas Tardes estimados foristas:
recibi la visita de personal del imss del area de Auditoria a Patrones por motivo de haber tramitado 2 Lic de Construccion, con fecha de 12 de Noviembre de 2010, para hacer un colado que hice en una semana y fueron 102.45 M2 , me requieren la alta patronal de la construccion,la cual no realice; acudi con la auditora que me toco y ademas de los 102.45 m2 de las 2 licencias me pretende incluir otra que tramito mi Papa en el año del 2006 (Abril-04-20069 por 23.25 m2), al momento de solicitarle el monto que me arrojaria a pagar no me dice, solo comenta que seria un importe grande y una multa porque me habian enviado un escrito y que la informacion que presente no correspondia al registro patronal de construccion, pues tengo un negocio de refacciones en ese domicilio del cual si estoy dado de alta como patron ante el imss, no obstante le comente que nunca me habia recibido respuesta a la documentacion presentada en su oportunidad.
¿ Me podrian orientar si procede la accion de cobro del Imss, ya termine el colado y hasta el mes de Abril de 2011me estan requiriendo; por otra parte, en donde me podria apoyar para ver el monto que estaria obligado a pagar, pues estos del Imss siempre hacen cuentas muy grandes y nunca dan detalle de su integracion.
no me han llevado otro escrito en donde me informen del monto.
Gracias por el apoyo y orientacion que me pudieran otorgar
 

 
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cruzalex
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16/Abr/11 15:19
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Hola buenas tardes:

Pues si resulta algo muy desconcertante, su situacion pero toda construccion debe darse de alta en el IMSS, y liquidarse las cuotas de seguridad social correspondiente de conformidad a la integracion de las nominas que Ustedes cubran. Asi que la integracion debe aplicarse de su parte. No siendo asi, las estimaciones de la autoridad por lo general serian de manera muy superior a las que el contribuyente aplicaria en su momento, aunado a esto le incluye sus actualizaciones, recargos y multas, practicamente sale demasiado costosas las desobligaciones. Donde hasta practicamente estuviese por caducar las facultades de la autoridad
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Abr/11 16:21
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Hola Alex, buenas tardes

Inician las vaquechons ,,,,,,,,,,, eso muy bien.

Ud no ,,,,,,,,,,, pues veo que ya son muchos años como buen activista en esta comunidad ,,,,,,, casi casi imperdonables sus errores

Espero no se me moleste ,,,,,,,, es sólo una pequeña reflexión:

'Al que no habla Dios no lo oye ,,,,,,,,,,,'

Pero no todo está perdido, he aquí lo bueno, lo malo y lo feo:

LO BUENO

Todo acto de autoridad debe estar debidamente fundado y motivado y uno de sus elementos es constar por escrito, en atención a ello exija se cumpla tal formalidad y es muy probable que al cumplirla el Instituto sea Ud liberado de lo que aconteció en 2006.

¿Razón? Lo que ya comentaba mi buen colega kike: prescripción

LO MALO (Para Ud)

¿Ha escuchado Ud de la estimativa de mano de obra? Por cierto avalada por una reciente tesis.
Con base en ello el Instituto le determinará un crédito fiscal que Ud deberá rebatir si cuenta con todos los elementos para hacerlo
Si quiere alguna guía sobre los montos le sugiero lea lo que el IMSS ha publicado o en su defecto espere a que le liquiden.

LO FEO

De una o de otra forma (impugnando o no el crédito determinado) el pago es inminente y la sanción también (multa)

Le envío un cordial saludo y si requiere mayor información estoy a sus órdenes

vcaspe
Para ello Ud debe exigir al Seguro Social (la auditora que comenta) cumpla
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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17/Abr/11 16:17
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Por mi parte, no seré muy positivista. Tan solo para rebatir la estimativa, se requiere comprobar la realidad de como se fueron erogando los gastos por la construccion, ya casi pasan 5 años, sino se hizo en su momento practicamente le expresaria que dificilmente se logre el cometido, me resultaria dificilmente creible que mantega toda la papeleria correspondiente e incluso nominas que en su momento se aplicaron. Y ahi radica la mayor parte del problema.

Con relacion al requerimiento de manera formal y legal, pudiese ser que no se de y hasta se gane momentaneamente, pero no de manera definitiva, debido a que la autoridad tendria la oportunidad de rehacer el procedimiento tantan veces hasta subsanar las irregularidad, antes de la fecha de prescripcion.

Pero seguramente debiese existir distintas fechas de prescripcion, no tan solo el de inicio de obra, y si por su parte no se ha pronunciado por la terminacion de obra, entonce practicamente aun no se ha terminado la obra, seria mucho mas dificil llegar a termino el plazo de la prescripcion por todos los periodos

El detalle es que la autoridad debe fiscalizar y lo hara de la forma en que logre aplicar algun procedimiento mas apropiado y sencillo
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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17/Abr/11 19:58
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

QUE TAL BUENA TARDE,

pues tengo un negocio de refacciones en ese domicilio del cual si estoy dado de alta como patron ante el imss,


No entiendo bien, ¿la construcción corresponde a su propio negocio del cual es Patrón?
De ser así, Compañeros Foristas ¿No aplicaría entonces el Artículo 15 penúltimo párrafo de la L.S.S.?

' Las disposiciones contenidas en las fracciones I, II, III y VI no son aplicables en los casos de construcción, ampliación o reparación de inmuebles, cuando los trabajos se realicen en forma personal por el PROPIETARIO............

Espero sus comentarios, gracias
 
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WANDA
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17/Abr/11 21:14
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Pues primero Wanda, debio el contribuyente informarlo en la apertura del registro de construccion, para que se lo consideren para tales efectos e incluso durante todo el tiempo que estuviese vigente su registro.

Sino notificó esa situacion en su momento, no creo que se la valgan tan facilmente, por que la carga que siempre corre en contra o a favor del contribuyente. En una presuntiva, no es tan facil convencer a los del seguro social.
 
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enrique9727
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17/Abr/11 22:38
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Sino notificó esa situacion en su momento, no creo que se la valgan tan facilmente,

OK, Enrique, ya veo, gracias.
 
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WANDA
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18/Abr/11 22:00
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Compañero Cruzalex: Obviamente tu obligacion era la de registrarte como patrón en la acttividad de construccion, independientemente del registro patronal de tu negocio, dar de alta la obra, inscribir a los trababajadores de la construcción y pagar las cuotas obrero patronales. En tu planteamiento señalas que la visita del personal del IMSS se dió despues de haber obtenido las licencias de construccion; aunque no lo defines con claridad, lo mas probable es que esta primera visita no se trata de un acto formal de fiscalización, (es decir de una visita de auditoria, o de Art. 18 como la llama la Autoridad) sino de una invitación a la corrección patronal. Si se trata de la referida invitacion, puedes regularizarte y pagar las cuotas obrero patronales con actualizacion y recargos, y sin multa (verificalo con ellos, ya que el IMSS durante muchos años ha utilizado ese criterio). Procede la estimativa en base al volumen de construcción, si no cuentas con documentacion tal como: nóminas o listas de raya, y/o recibos de pago de salarios, facturasde los trabajos subcontratados, etc.
La autoconstruccion solo la consideran procedente con apoyo en un Acuerdo de Consejo Técnico muy antiguo, que contiene las reglas a seguir. Trabajé bastantes años en el area de Auditoría a Patrones del IMSS, y asi se manejaban estos casos. Si necesitas algo mas, avisame.
 
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EpiHC
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18/Abr/11 22:01
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

Compañero Cruzalex: Obviamente tu obligacion era la de registrarte como patrón en la acttividad de construccion, independientemente del registro patronal de tu negocio, dar de alta la obra, inscribir a los trababajadores de la construcción y pagar las cuotas obrero patronales. En tu planteamiento señalas que la visita del personal del IMSS se dió despues de haber obtenido las licencias de construccion; aunque no lo defines con claridad, lo mas probable es que esta primera visita no se trata de un acto formal de fiscalización, (es decir de una visita de auditoria, o de Art. 18 como la llama la Autoridad) sino de una invitación a la corrección patronal. Si se trata de la referida invitacion, puedes regularizarte y pagar las cuotas obrero patronales con actualizacion y recargos, y sin multa (verificalo con ellos, ya que el IMSS durante muchos años ha utilizado ese criterio). Procede la estimativa en base al volumen de construcción, si no cuentas con documentacion tal como: nóminas o listas de raya, y/o recibos de pago de salarios, facturasde los trabajos subcontratados, etc.
La autoconstruccion solo la consideran procedente con apoyo en un Acuerdo de Consejo Técnico muy antiguo, que contiene las reglas a seguir. Trabajé bastantes años en el area de Auditoría a Patrones del IMSS, y asi se manejaban estos casos. Si necesitas algo mas, avisame.
 
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EpiHC
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19/Abr/11 11:56
Re: cobro de cuotas por auditoria a patrones

:smile:Muy Buenos Dias a Todos los Foristas que me apoyaron y orientaron, algunas veces no manejamos con toda la precision la Ley y casos que nos vamos encontrando a lo largo de nuestro trabajo y aun cuando a algunos les parece muy simple, a otros se nos dificulta por razon de trabajar en otras areas muy distintas por la necesidad de trabajar y por ello me vi obligado a solicitar su consejo, pero Gracias de nuevo, porque me puse a investigar mas, incluso visite a la Auditora del Imss para ver el procedimiento a seguir y la determinacion del credito, considerando solo los m2 de las lic del 2010 y el dia miercoles veremos el monto a determinar.
un ultimo comentario, disculpen que no haya sido muy claro en el como se fueron dando las cosas, pero muchas veces, por razones de trabajar en otra parte y no estar muy al pendiente en el negocio familiar, no se nos informa en su oportunidad diversos tramites y solo nos comunican cuando ya 'estallo la bomba' y pues... a sacar el capote y a entrarle al toro.
asimismo, les informare posteriormente el resultado de esta situacion.
saludos a todos por su tiempo e invaluable asesoria.
 

 
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cruzalex
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