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06/Abr/11 13:03
FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

HOLA, TENGO UNA DUDA, NO SE SI LO LEI, ME LO DIJERON EN UN CURSO O DE PLANO SOÑE, QUE SI LAS DECLARACIONES SE PRESENTABAN DE MANERA ELECTRONICA, SE TENIA LA FACILIDAD DE NO PRESENTAR EL AVISO DE COMPENSACIÓN, ESTOY EN LO CIERTO, O DE PLANO SOÑE?

MUCHAS GRACIAS Y SALUDOS
 
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valdes
Cabo

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06/Abr/11 13:15
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

de manera electróncia se refiere a Declaración y Pagos,
 
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bandido07
Capitán Primero

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06/Abr/11 13:29
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

si, si las declaraciones y pagos se hacen de manera electronica
 
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valdes
Cabo

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06/Abr/11 14:32
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

Si el contribuyente esta obligado a dictaminar conforme el articulo 32-A del CFF debes presentar los anexos electronicos, el F3241 por el portal.

Ver regla miscelanea I.2.5.5
 
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JFHERCOR
Soldado

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06/Abr/11 14:37
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

Quizá no formulo bien su cuestionamiento? Le falto mencionar o poner más atención a esos comentarios o 'sueños'
PERSONA FISICA....

Saludos
 
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JOEGON
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06/Abr/11 14:51
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

Hola, de conformidad con la Regla I.2.5.5 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2010, los Grandes Contribuyentes están relevados de presentar el aviso de compensación SI Y SOLO SI, presentan sus declaraciones de pagos provisionales y definitivos por medio del Servicio de Declaraciones Y SIEMPRE Y CUANDO les resulte saldo a favor y opten por compensarlo contra pagos que realicen a través del mismo servicio,

Para ello únicamente enviaran los anexos del sistema Programa F 3241, con base en lo establecido en la regla II.2.3.6 de esta Resolución.

Como ves, ......hay 'sueños' que se cumplen

Saludos
 
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lobozac
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06/Abr/11 15:37
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

GRACIAS LOBOZAC, MUY BUENA RESPUESTA, JAJAJA, AUNQUE NO SE ME CUMPLE, PORQUE NO SOY GRANDE CONTRIBUYENTE.

SALUDOS
 
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valdes
Cabo

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06/Abr/11 15:45
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

GRACIAS A TI


SALUDOS
 
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lobozac
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08/Abr/11 00:09
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

Esta soñado compañero. Pongase una cachetada con guante blanco para que despierte.

Por el momento no existe tal facilidad.


Por otra parte, ya comenzara a partir de los pagos provs y definitivos del mes de abril mediante la plataforma integral dentro del modulo de mi portal en la pagina del SAT para los contribuyentes que dictaminan.

Siendo asi, ahi si se ha entregado DIOT y se lleva declarado en tiempo y forma las declaraciones del saldo a favor y luego se desea aplicar una compensacion y se tiene todo en regla. Ya no se presentara el aviso de compensacion. Bajo este esquema de declaracion de pagos referenciado y por toda la informacion que se presentaria ya no seria necesario el aviso de compensacion pues ya se estaria informandose todo por menor que requeriese la autoridad para autorizar el tramite de la compensacion. A menos que se dejen discrepancias que se han declarado de manera inapropiada bajo este esquema de presentacion de declaraciones, en cuyo caso debiesen aplicarse las complementarias correspondientes y de manera automatica se conseguiria declarar bien y aplicarse el aviso de compensacion dentro del mismo formato o herramienta de la solucion integral de pagos referenciados.

Pero, ojo en caso del IVA compensado debe manifestarse en tiempo y forma la DIOT correspondiente. Para que surta efecto la no presentacion del aviso.

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Esta facilidad solo existe para los grandes contribuyentes y los bancos, que han sido obligados con antelacion mediante los pagos referenciados.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Abr/11 15:48
Re: FACILIDAD DE NO PRESENTAR AVISO DE COMPENSACION

OK. MUCHAS GRACIAS
 
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valdes
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