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01/Mar/11 15:25
Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Buenas tardes:

Tengo la siguiente duda, spy una persona moral y al momentod e llenar mi declaracion anual me sale a pagar ISR por 300,000, y asu vez en el calculo del ietu anual traigo a favor 600,000 derivado en gran parte por los pagos de ietu efectuados.

por lo que mi pregunta es¿cual seria el mecanismo en la declaracion anual para aplicar el saldo a favor de IETU vs el ISR a cargo?

De antemano gracias
 
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tonito_diaz
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01/Mar/11 15:35
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Es una cantidad considerable

no deberia buscar asesoria profesional?

¿usted ya aplico el art 8 LIETU?

ISR propio efectivamente pagado [5]

El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación
.


¿
cual seria el mecanismo en la declaracion anual para aplicar el saldo a favor de IETU vs el ISR a cargo?



ART 23 CFF



Editado: Marzo 01, 2011 15:38:07
 
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LC.GONZALEZ
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01/Mar/11 15:44
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

El ISR que acredito contra IETU es el que efectivamente pague en el ejercicio, nadamas que como realize pago provisionales de ietu en un monto considerable, pues me genera saldo a favor de ietu.

Y la verdad quiero evitar un desembolso de flujo si se que que tengo saldo a favir en ietu, pero en la declaracion anual no me lo permite, o al menos no se como aplicarlo.

Me comentaban que presentara declaracion anual y posteriormente la cantidad a pagar de isr la cubriera mediante compensacion de saldo a favor de IETU del ejercicio, pero desconozco si la mecanica es la correcta.
 
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tonito_diaz
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01/Mar/11 15:48
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Me comentaban que presentara declaracion anual y posteriormente la cantidad a pagar de isr la cubriera mediante compensacion de saldo a favor de IETU del ejercicio, pero desconozco si la mecanica es la correcta.


en realidad es la unica mecanica

salu2
 
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LC.GONZALEZ
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01/Mar/11 15:56
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

tonito_diaz:
..¿cual seria el mecanismo en la declaracion anual para aplicar el saldo a favor de IETU vs el ISR a cargo?

El 'mecanismo' debe realizarse en papeles de trabajo, siguiendo el procedimiento que establece el Art. 8 de LIETU:


LIETU

Artículo 8…..
….
Contra la diferencia que se obtenga conforme al párrafo anterior, se podrá acreditar la cantidad que se determine en los términos del penúltimo párrafo de este artículo y una cantidad equivalente al impuesto sobre la renta propio del ejercicio, del mismo ejercicio, hasta por el monto de dicha diferencia. El resultado obtenido será el monto del impuesto empresarial a tasa única del ejercicio a cargo del contribuyente conforme a esta Ley.

Contra el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio a cargo, se podrán acreditar los pagos provisionales a que se refiere el artículo 10 de esta Ley efectivamente pagados correspondientes al mismo ejercicio.
…….

Cuando no sea posible acreditar, en los términos del párrafo anterior, total o parcialmente los pagos provisionales efectivamente pagados del impuesto empresarial a tasa única, los contribuyentes podrán compensar la cantidad no acreditada contra el impuesto sobre la renta propio del mismo ejercicio. En caso de existir un remanente a favor del contribuyente después de efectuar la compensación a que se refiere este párrafo, se podrá solicitar su devolución.

En la Declaración Anual de las Personas Morales, el Anexo del IETU, te 'va llevando de la mano' para acreditar y/o disminuir el ISR, entre otros conceptos.


Saludos
 
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CHAVALON
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01/Mar/11 16:10
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Gracias por su aportacion y en relacion al penultimo parrafo de la respuesta de chavalon creo que seria el caso en el que me encuetro.

Cuando no sea posible acreditar, en los términos del párrafo anterior, total o parcialmente los pagos provisionales efectivamente pagados del impuesto empresarial a tasa única, los contribuyentes podrán compensar la cantidad no acreditada contra el impuesto sobre la renta propio del mismo ejercicio. En caso de existir un remanente a favor del contribuyente después de efectuar la compensación a que se refiere este párrafo, se podrá solicitar su devolución.

Ya que en mi calculo de ISR / IETU respectivamente estaba en el siguiente supuesto

ISR
Impuesto causado 1,000,000
Pagos provisionales efectuados 700.000
ISR a pagar 300,000


IETU
Impuesto a cargo 1a diferencia 1,800,000
ISR porpio del ejercicio 700,000
Impuesto a ccargo 2a diferencia 1,100,000
Pagos provisionales IETU efect 1,600,000
Impuesto a favor del ejercicio 500,000


y era aqui mi duda en relacion a los 500 a favor contra los 300 a cargo de ISR en la declaracion anual no tendria que hacer ya nada solo al momento de presentar mi pago de isr lo cubriria mediante compensacion vs el saldo de IETU a favor del ejercicio.

Gracias inmensas por el apoyo
 
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tonito_diaz
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01/Mar/11 16:22
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

ya nada solo al momento de presentar mi pago de isr lo cubriria mediante compensacion vs el saldo de IETU a favor del ejercicio.[/i]



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LC.GONZALEZ
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01/Mar/11 16:47
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Gracias a todos por sus opiniones y comentarios
 
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tonito_diaz
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05/Mar/11 13:57
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

como complemento : vien en la RM 2010

Compensación de pagos provisionales de IETU contra ISR del ejercicio a pagar
I.4.3.3. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del IETU, los contribuyentes antes de efectuar el acreditamiento a que se refiere el tercer párrafo del artículo citado, podrán compensar los pagos provisionales del IETU efectivamente pagados correspondientes al ejercicio fiscal de que se trate, contra el ISR propio que efectivamente se vaya a pagar correspondiente al mismo ejercicio, hasta por el monto de este último impuesto. En este caso, la compensación efectuada se considerará ISR propio efectivamente pagado.
Los contribuyentes que apliquen la opción a que se refiere el párrafo anterior, no podrán acreditar en los términos del artículo 8, tercer párrafo de la Ley del IETU, los pagos provisionales de dicho impuesto que hubieran compensado en los términos de esta regla ni solicitar su devolución.
LIETU 8

de lo anterior

ISR causado 1,000.000
pagos provisionales son los 700,000 + 300,00 de PPde ietu total 1,000,000
ISR a pagar 00


IETU
impuesto a cargo 1a diferencia 1,800,000
ISR propio 700,000
Impto 2da diferencia 1,100,000,00
PP de IETU iagual a 1,600,000 menos los 300,000 que se pusieron como PP de isr iagual a 1,300,000
impto a favor $ 200,000.00

así es como va en la declaración anual y ya no tendrás que hacer compensación directamente en el SAT
 
MLUNA. Comparte tus conocimientos. Es una manera de lograr la inmortalidad.
 
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mluna
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05/Mar/11 14:06
Re: Se puede compensar en declaracion anual el saldo a favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Hola mluna, solamente deseo hacer una precisión.

tonito_diaz, pregunta lo siguiente:
Se puede compensar en declaracion anual el Saldo a Favor de IETU contra el ISR del ejercicio?

Es decir la pregunta es sobre si se puede compensar el Saldo a Favor de IETU Vs el ISR del Ejercicio, no los Pagos Prov.de IETU.

La Regla que mencionas versa sobre la Compensación de Pagos Prov. de IETU, no sobre el saldo a favor de IETU en la Declaración Anual.



Saludos






Editado: Marzo 05, 2011 14:08:06
 
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CHAVALON
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