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17/Ene/11 17:55
vales de despensa

buenas tardes, alguien me podria decir si los vales de despensa graban para efectos del ispt

Gracias
 
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torrefuerte
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17/Ene/11 18:08
Re: vales de despensa

El Ispt ya no existe.

Si te refieres al ISR de sueldos, los vales de despensa si estan gravados
 
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Emprendedorfiscal
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17/Ene/11 22:06
Re: vales de despensa

Hola buenas noches, torrefuerte:

Los vales de despensa (cupones para comprar despensa) pudiesen estar exentos hasta por el límite que se señalan en el Art 109 LISR.

Mientras que si se trata por bonos de despensa (efectivo para comprar despensa) no le aplicaría la exención, debido a que por lo general, sería casi imposible demostrar que con el dinero se compra al 100% partidas de despensa.

Mientras que en los vales de despensa en las tiendas donde se harían efectivos, se encontrarían restringidos a ser destinados al objeto para lo que se adquiriría.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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18/Ene/11 19:32
Re: vales de despensa

:neutral: Buenas noches. Normalmente, los vales de despensa se pueden encuadrar en el 109 fracc VI de la LIsr, o sea, que pueden ser exentos.

Salu2,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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19/Ene/11 17:37
Re: vales de despensa

Normalmente, los vales de despensa se pueden encuadrar en el 109 fracc VI de la LIsr, o sea, que pueden ser exentos.

¿y el IETU??????
 
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19/Ene/11 17:39
Re: vales de despensa

ups, perdòn. Estaba pensando en las consecuencias para el patròn
 
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20/Ene/11 03:50
Re: vales de despensa

Para el IETU la ley tiene contradiccion en su propia LIETU

1.- Se argumenta que que los salarios no son deducibles, pero seria una prestacion laboral
2.- En ISR la prestacion laboral es deducible, por lo que podria serlo para IETU

Finalmente el contribuyente debera decidir, si optaria por deducir o no. En caso de hacerlo podria sufrir consecuencias y a su vez intentara sortear la accion del fisco
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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20/Ene/11 11:17
Re: vales de despensa

torrefuerte:
…..los vales de despensa graban para efectos del ispt

Solamente por el excedente del límite señalado en el penúltimo párrafo del Art. 109 de LISR:


43/2010/ISR Vales de despensa. Son una erogación deducible para el
empleador.

El artículo 8o., último párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la
Renta, establece que para los efectos de dicha ley, se considera
previsión social, las erogaciones efectuadas por los patrones a
favor de sus trabajadores que tengan por objeto satisfacer
contingencias o necesidades presentes o futuras, así como el
otorgar beneficios a favor de dichos trabajadores, tendientes a su
superación física, social, económica o cultural, que les permitan el
mejoramiento de su calidad de vida y en la de su familia.

En este sentido, los vales de despensa son erogaciones patronales
a favor de los trabajadores que tienen por objeto satisfacer
contingencias o necesidades presentes o futuras, otorgando
beneficios al trabajador.

Así, de conformidad con lo previsto en el artículo 109, fracción VI
de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el importe de los vales de
despensa que las empresas entreguen a sus trabajadores será un
ingreso exento para el trabajador hasta el límite,
que para los
gastos de previsión social establece el último párrafo del citado
artículo,
y será un concepto deducible para el empleador en los
términos del artículo 31, fracción XII de la misma ley.



Saludos





Editado: Enero 20, 2011 11:19:23
 
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CHAVALON
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