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28/Dic/10 17:01
Re: Baja del Asegurado por defunción cuando?

De que el IMSS preguntara el acta de defuncion. Apuestenlo que lo hará.
Al mostrarse el acta de defuncion, ahi debera acabar el asunto. Sino se tiene ese documento, es preferible poner una fecha reciente o en su defecto aplicar el art 33 LSS.

Puse el ejemplo de art 33 LSS mostrando que pudiese darse la baja con mas de 5 dias de cuando se debió haber tramitado ese movimiento. En LSS se muestra un ejemplo, no es posible poner todos los casos en LSS o cualquier otra ley. Mas sin embargo, la ley de tributar SS es por razones del pago de nomina, el castigo de seguir cubriendo las Cuotas de SS, es porque el patron no cumple, mas sin embargo pudiesen existir atenuantes, no en todos los casos, con relacion al art 33 LSS, si se señala expresamente, con relacion al acta de defuncion, de alguna manera pudiese equipararse de manera similar, por tenerse la certeza en ambos casos de que el trabajador se tendria la certeza de ya no labora.

Sino pregunta el IMSS, podria estar cayendo en desobligaciones de su parte, pudiedo ser sancionables.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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