En relación con tu cambio de domicilio, sabes si respetarán tu prima de riesgo de trabajo o cotizaras con la prima media de la clase que te corresponde?
Considero que NO debe cambiar la prima de RT por lo siguiente:
Racerf. Art. 28. II. En el caso de cambio de domicilio patronal, que no conlleve modificación de clase, la empresa continuará con la misma prima con que venía cubriendo sus cuotas en el Seguro de Riesgos de Trabajo;
Saludos
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.