10/Ago/10 13:10
Re: cambio de domicilio IMSS
BUENOS DIAS/TARDES
BATISTA
LA SIGUIENTE INFORMACION LA SAQUE DE LA PAGINA DEL IMSS ESPERO TE SIRVA Y SEA LO QUE NECESITAS
Cambio de domicilio
Tiempo de Respuesta:
La modificación en la inscripción patronal por Cambio de Domicilio es un aviso que presenta el patrón o sujeto obligado bajo protesta de decir verdad, que se recibe por el Instituto, otorgando copia sellada de recibido dentro de los dos días hábiles, para el Instituto, posteriores a la recepción del aviso en la Subdelegación.
Usuarios:
Patrón o representante legal.
Documentos y Formatos a presentar:
Tarjeta de identificación patronal.
Para los representantes legales, además, documento que compruebe el carácter del representante legal, a través del cual se señale la facultad para realizar trámites en entidades públicas, respecto de actos de administración o para pleitos y cobranzas en nombre del patrón o del sujeto obligado.
Aviso de inscripción patronal o de modificación en su registro (AFIL-01).
Aviso ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Constancia de domicilio (recibos de servicios públicos: agua, luz o predial del último bimestre, contrato o subcontrato de arrendamiento, etc.).
Lugar del trámite:
En la Subdelegación y Oficinas Administrativas en los Municipios que corresponda, de acuerdo con su domicilio.
Horario de atención:
De lunes a viernes de 08:00 a 15:30 hrs.
Fundamento jurídico del trámite:
Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización: Artículo 16.
Observaciones:
La modificación patronal por cambio de domicilio, deberá ser comunicada al Instituto en un plazo de cinco días hábiles.
La omisión en su presentación, se sancionará de acuerdo a lo previsto en la propia Ley del Seguro Social y el Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización. Si derivado de la modificación a la Inscripción Patronal Inicial por Cambio de Domicilio se llegare a afectar el registro de inscripción de los trabajadores o sujetos de aseguramiento, el patrón o sujeto obligado deberá presentar el 'Aviso de Inscripción del Trabajador' (Forma AFIL-02), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre de 1999 y, en su caso, el Formato 'Aviso de Baja del Trabajador o Asegurado' (Forma AFIL-04), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de noviembre de 1999.
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