Foros


Inicio » Laboral

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
04/Jun/10 08:43
DESCUENTO POR FALTA

En una semana laboral de lunes a viernes un trabajador falta uno o dos dias; se le descuenta la parte proporcional de sabado y domingo?
Por ejemplo si faltó un un dia se le pagan 4 dias y 1.6 dias por sabado y domingo?
O sabado y domingo se pagan completos?
Gracias anticipadas
 
Perfil

ciego
Cabo

Mensajes: 28
Ingresó: Junio 17, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Jun/10 13:44
Re: DESCUENTO POR FALTA

Hola

Utilizas algun programa para calcular la nomina?

si es afirmativa tu respuesta

tus dudas son debido a que quieres confirmar que los calculos son correctos?


saludos
 
Perfil

diagnostico
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Noviembre 12, 2009
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Jun/10 16:29
Re: DESCUENTO POR FALTA

Primero hay que analizar que dice tu contrato de trabajo o tu reglamento interior, mencionan algo al respecto???

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
Perfil

juancarm
Teniente Coronel

Mensajes: 2838
Ingresó: Junio 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Jun/10 22:50
Re: DESCUENTO POR FALTA

:neutral: Buenas noches. Por cada 6 dias de labores, se tiene derecho a un dia de descanso con goce de salario integro. Si el trabajador faltó injustificadamente, el patron tiene el derecho a descontar del 7o. día la parte proporcional.

1 saludete,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/Jun/10 22:52
Re: DESCUENTO POR FALTA

:neutral: Fundamento de mi inmediato anterior decir: Art. 69 de la LFT.

Salu2,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
Perfil

pepesoto
General de Brigada

Mensajes: 7729
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
06/Jun/10 13:12
Re: DESCUENTO POR FALTA

Hola:

1.- Sugiero leer su contrato laboral correspondiente ahi debera estipularse como se logra cubrir el sabado y el domingo.

2.- De NO expresarse la forma en el contrato. Sugiero analizar cual es la costubre del patron para cubrir esta obligacion.

3.- No encuentra respuesta en lo anterior, consulte la LFT. Ya le indicaron los articulos. Pero, si los en dos puntos anteriores existe transgresion, solo tome en cuenta este punto 3



Editado: Junio 07, 2010 18:47:42
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
19/Jul/10 14:00
Re: DESCUENTO POR FALTA

En una semana laboral de lunes a viernes un trabajador falta uno o dos dias; se le descuenta la parte proporcional de sabado y domingo?
Por ejemplo si faltó un un dia se le pagan 4 dias y 1.6 dias por sabado y domingo?
O sabado y domingo se pagan completos?
Gracias anticipadas


Aplicar el criterio que marca a LFT de acuerdo a lo comentado por el Lic Pepe Soto, la duda es la siguiente:

¿Se trabaja semana inglesa?
¿Por cinco dias laborados les pagas dos de descanso?

Tendrias aque a usar una regla de 3 simple

5 ****** 7
4 ****** ??
resultado:
5 ***** 7
4******5.6 dias

ó ¿Es semana normal? ¿Se labora los 6 dias?

Regla de tres seria la siguiente:

6******7
4******??
resultado:
6 ****** 7
4*******4.66


Saludos a todos
 
'Si he llegado a ver más lejos que otros, es porque me subí a hombros de gigantes ' Sir ISAAC NEWTON
 
Perfil

jleeglz
Capitán Primero

Mensajes: 709
Ingresó: Abril 05, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Jul/10 01:42
Re: DESCUENTO POR FALTA

Artículo 69 LFT.- Por cada seis días de trabajo disfrutará el trabajador de un día de descanso, (1) por lo menos, con goce de salario íntegro.

Artículo 70 LFT.- En los trabajos que requieran una labor continua, los trabajadores y el patrón fijarán de común acuerdo (1) los días en que los trabajadores deban disfrutar de los de descanso semanal.




(1)

Es decir, minimo o por lo menos debe haber 1 dia de descanso a disfrutarse a la semana. Pero pudiese negociarse en un acuerdo de mas dias. Por ejemplo 2 como en este tópico.

Finalmente habría de pagarse de manera proporcional como se señala el Art 69 LFT o su equivalente analógica. ( 5-2 en lugar de 6-1 ó su proporcion que corresponda)




Editado: Julio 28, 2010 01:45:45
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Jul/10 02:00
Re: DESCUENTO POR FALTA

Por ejemplo si faltó un un dia se le pagan 4 dias y 1.6 dias por sabado y domingo?


Efectivamente, la proporcion equivalente para 4 dias laborados sería 1.6 dias de descanso a liquidarse en pesos (por el salario). Pero, se disfrutarian estos dos días de descanso completos.

Proporcion de correspondencia = Proporcion en quebrado = Proporcion decimal

5 dias laborados - 2 dias de descanso = 2/5 = 40% según contrato
4 dias laborados - ? dias de descanso = ?/4 = 40% segun los hechos o realidad
4 dias laborados - 1.6 dias de descanso = 1.6/4 = 40% segun realidad


Segun la regla de tres simple se determinaría como sigue:

(4X2)/5 = 1.6



Editado: Julio 28, 2010 02:12:20
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Jul/10 17:12
Re: DESCUENTO POR FALTA

A) Si el trabajador labora 5 días y descansa dos; los días a descontar los determinarás multiplicando las faltas en que incurrió por 1.4

B) Si el trabajador labora 6 días y descansa uno; los días a descontar los determinarás multiplicando las faltas en que incurrió por 1.16666667

Ejemplos:

A) Faltó 3 días: 3 x 1.4 = 4.2. Significa que debes descontarle 4.2 días de trabajo, 3 corresponden a las faltas incurridas y 1.2 a la proporción de los días de descanso.

B) Faltó 3 días: 3*1.16666667 = 3.5. Significa que debes descontarle 3.5 días de trabajo, 3 corresponden a las faltas incurridas y 0.5 a la proporción del día de descanso.

Lo anterior es así; ya que los días de DESCANSO se generan por cada día de TRABAJO, por tanto, en la medida que se deje de TRABAJAR se perderá el derecho PROPORCIONAL al día de DESCANSO.

O como coloquialmente se dice, mientras no se trabaje no se devenga el derecho al descanso.

- En el inciso A), si multiplicas el factor (0.4) por los dias de labor (5), obtienes los dias de descanso (2).

- En el inciso B), si multiplicas el factor (0.16666667) por los dias de labor (6), obtienes los dias de descanso (1).
 
Millones de personas vieron una manzana caer, pero Newton fué el único que preguntó ¿ porqué... ? ( b.m.b. )
 
Perfil

AlbertoFC
Capitán Segundo

Mensajes: 390
Ingresó: Abril 26, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1