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08/Abr/10 18:41
complementaria anual compensacion ietu

buenas tardes

mande mi declaracion anual me salio isr a favor y ietu a cargo. aplique la opcion isr pagado en exceso aplicado contra el ietu pero no marque en datos complementarios la compensacion y aparte pedia devolucion de mi isr.

en el portal bancario no presente nada.

ahora voy a mandar de nuevo la declaracion complementaria aplicando ese isr pero aplicando la compensacion y marcando en el saldo a favor de isr compensacion y presentar el formato 41. tambien le puse pagos anteriores cero en la complementaria.

la duda que tengo es que si tengo que presentar el pago de la declaracion normal en el banco y la de la complementaria o solo presento la de la complementaria en el banco
y la presento como normal.

gracias
 
trs
 
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TRS
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08/Abr/10 19:15
Re: complementaria anual compensacion ietu

Si ya presentaste una declaracion, esa fue la normal.

Creo que tu pregunta sale sobrando de ¿Cual tipo de declaracion seria la siguiente?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Abr/10 19:40
Re: complementaria anual compensacion ietu

me refiero
a que presente mi declaracion normal (declarasat) pero en el banco no he presentado nada

ahora voy a presentar la complementaria.(declarasat) entonces

presento en el banco la normal y la complementaria o solo una

gracias
 
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TRS
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08/Abr/10 21:17
Re: complementaria anual compensacion ietu

te contradices, dices que presentas y que no presentas la declaracion

Sino se ha presentado. Es no hay normal.

Mas aún, no entiendo la pregunta
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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08/Abr/10 21:38
Re: complementaria anual compensacion ietu

TRS:

'mande mi declaracion anual me salio isr a favor y ietu a cargo. aplique la opcion isr pagado en exceso aplicado contra el ietu pero no marque en datos complementarios la compensacion y aparte pedia devolucion de mi isr.
en el portal bancario no presente nada.ahora voy a mandar de nuevo la declaracion complementaria aplicando ese isr pero aplicando la compensacion y marcando en el saldo a favor de isr compensacion y presentar el formato 41. tambien le puse pagos anteriores cero en la complementaria.
la duda que tengo es que si tengo que presentar el pago de la declaracion normal en el banco y la de la complementaria o solo presento la de la complementaria en el banco y la presento como normal.'


Hola:

1.- Envió declaración anual 'Normal'....Pero no presentó el 'pago' en el portal bancario...Que entiendo que con la 'compensación' que iba a efectuar, finalmente el pago sería 'cero'...

2.- Vuelve a presentar una complementaria de su declaración anual, indicando que en su declaración 'anterior' (Declaración Anual 'Normal'), su pago de impuestos fué 'cero'....Y

3.- Su duda radica en cómo presentar el pago que se hace en el portal bancario, puesto que en el punto No. 1, dicho pago no lo presentó y ahora quiere realizarlo, pero no sabe si marcar como 'Normal', 'complementario'...o presentar 'ambos'...

4.- En mi opinión, yo realizaría el pago en el portal bancario que 'está pendiente' como 'Normal'...Para que vaya armónico con mi declaración anual 'Normal' que ya presenté......Posteriormente, presentaría la 'segunda', es decir, mi pago 'complementario' para que, de igual manera, vaya acorde y anexa a la declaración anual complementaria que se presentó...Finalmente, presento mi aviso de compensación.

Salu2!!!!
 
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memoli
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09/Abr/10 08:35
Re: complementaria anual compensacion ietu

Buen día,

Si el pago en tu declaración normal es cero, porque presentar algo en el portal bancario??

Recordemos que en declaraciones anuales, cuando se presenta un saldo a favor, o cuando el impuesto a pagar es cero, el proceso termina cuando envio mi declaracion anual por internet a traves del programa publicado por el SAT ( DEM o DECLARASAT) y recibo el acuse de aceptación con la cadena y sello digital, eso es mi comprobante de que ya cumpli con mi declaración.

Ahora si vas a presentar una declaracion complementaria, en la cual si te resulta algun impuesto a pagar, despues de enviarla por internet, tendrias que ir al portal bancario y hacer referencia a que el tipo de declaracion o de pago es complementario, ya que en la declaracion normal fue cero y quedo presentada ante el SAT.

Por ultimo no entiendo el porque presentar una declaracion complementaria en el banco, si dices que compensaste el ISR a favor contra el IETU utilizando el campo de ISR pagado en exceso aplicado contra IETU, este procedimiento es correcto como lo marca la cuarta RMF del 31 de marzo y si lo hiciste atraves del portal bancario tambien es correcto, solo tendrias que presentar en ambos casos el aviso de compensacion durante el mes de mayo.

Si hubo algun error de forma en la declaracion normal, pero tu impuesto sigue siendo cero, presentas la complementaria en DEM o Declarasat y es todo.

Espero te sirvan mis comentarios

Saludos...!!!
 
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corning
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09/Abr/10 11:37
Re: complementaria anual compensacion ietu

gracias a todos duda aclarada.

memoli distes en el clavo.
 
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TRS
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09/Abr/10 22:15
Re: complementaria anual compensacion ietu

TRS:

'memoli distes en el clavo'.
....Gracias.

Ahora, haciendo una precisión que considero importante:

'mande mi declaracion anual me salio isr a favor y ietu a cargo. aplique la opcion isr pagado en exceso aplicado contra el ietu pero no marque en datos complementarios la compensacion y aparte pedia devolucion de mi isr....'


El SAT sin decir: 'Agua va', actualizó el declarasat....Cuándo? La verdad no lo sé...Lo que sí sé es que 'en la versión anterior', (Que creo que es la misma pero actualizada), cuando se presentaba el caso de: Un ISR a Favor y un IETU a cargo, al momento de irse uno al 'detalle de cálculo', le salía esa famosa leyenda de: 'Tiene un saldo de ISR pagado en exceso que puede acreditar vs el IETU a cargo, desea aplicar este acreditamiento?'....Si uno le daba el 'SI', entonces el sistema 'por defáult' en el 'detalle de cálculo' del IETU le 'insertaba' dicho renglón y hacía la disminución correspondiente....Por lo que ya no le 'aparecía' el recuadro de marcar en el caso del ISR a favor si lo iba a compensar o solicitar en devolución...Por lo que uno podría irse con la 'finta' de que no se esta en presencia de una 'compensación', sino de un 'acreditamiento por exceso', tal como lo señala del declarasat....Y con esa idea de 'acreditamiento'... Entonces, cuál compensación????...Y menos de que el sistema lo maneja como 'acreditamiento' y no como compensación....Ojo con esto.......
Peeeeeeeeeeeeerooooooooo, entonces sacan su reglita, la I.4.11 informando que si éste fué el caso, es decir: Se le dijo 'si' a la famosa leyenda, entonces nos 'aclaran' que este 'acreditamiento' es en sí una compensación.....Algo que ya sabemos desde antes, pero con estas 'confundidas' que nos da el SAT referente a que en el sistema lo maneja como 'acreditamiento' y no como 'compensación', pues si que uno se llega a 'lurear' con estas 'mareadas'....

Ahora, si a la leyenda uno le decía que 'NO', entonces en ese caso, el sistema le daba por 'default' el recuadro para marcar qué iba a ser con el Saldo a favor: si solicitarlo en compensación o en devolución....Cosa que esto no pasaba si le daba uno el 'SI'....

A donde quiero llegar es que, con la 'actualizada' que el SAT le dió al declarasat, ya no aparece esta leyenda, es decir, ya no le dice si quiere 'acreditarse ese saldo de ISR en exceso vs el IETU'....Y como ya no dice, entonces esa reglita que sacaron a mi gusto ya saldría sobrando con la nueva actualización, puesto que ya no va a 'existir' ese renglón....Salvo que se hayan presentado declaraciones con la versión anterior y se le haya dicho 'si' a la leyenda, pues obvio que tendrian que apegarse a la regla para la presentación de la compensación en Mayo....

Bien que saben los del SAT que esa leyenda traería confusión....Y vaya que sí!!!!!! Puesto que no es lo mismo 'Acreditamiento' que 'Compensación'.....Aunque ya lo aclaran con la reglita....Lo malo de esto, es que tampoco se toman la molestia de avisar que hubo una actualización....O si avisaron...Pido una disculpa....Pero, en lo personal, yo no me dí cuenta hasta el día de hoy....Estuve haciendo varias llamadas al SAT y en orientación fiscal me decían que sí estaba actualizado pero nunca me dieron fecha de cuándo fué....Y en soporte técnico siempre me dijeron lo contrario: Que desde que lo emtieron nunca ha sido actualizado....

Para salir de dudas de si o no...mejor lo desinstalé y lo volví a instalar...Y la famosa leyenda ya no me apareció!!!!!....Por lo que deduzco y asumo que efectívamente SI HUBO ACTUALIZACION del programa!!!!!

Saludos!!!!
 
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memoli
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