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09/Feb/10 18:56
Formato 3241

Hola buenas tardes...

Saben si el F3241 lo pueden utilizar personas morales que no sean grandes contribuyentes?

Segun un asesor del SAT me indica que si, o que opte por 41 electronico con sus respectivos anexos mismos que no los ubico en la pagina del SAT.

Me podrán asesorar para saber como presentar el aviso de compensacion?

Gracias
 
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SABUMAFU
Sargento Segundo

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09/Feb/10 19:08
Re: Formato 3241

el f-3241 se usa tanto para las devoluciones de iva komo para las compensaciones........
yo lo uso en personas morales del regimen simplificado y personas fisicas....
 
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DINAFISC
Capitán Segundo

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10/Feb/10 13:57
Re: Formato 3241

revise esta pagina:


http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_14018.html
 
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DINAFISC
Capitán Segundo

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10/Feb/10 19:40
Re: Formato 3241

En el sat te piden el F3241 cuando seas grande contribuyente o te dictamines.

Si no te dictaminas con el simple formato 41 o 32 con sus anexos e informacion relativa te aceptan el tramite.
 
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Jos
Sargento Segundo

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11/Feb/10 14:28
Re: Formato 3241

Gracias por su ayuda...

Les paso la siguiente, según consulta al respecto con un asesor especializado del SAT, en donde me dice que el F3241 me sirve para compensación aún y que no estoy dictaminado:

Operador: especialista5 (Chat SAT)
Usuario Mensaje
Sistema (13:44): LLAMADA TRANSFERIDA. PUEDE CERRAR ESTA VENTANA.
Sistema (13:44): Llamada transferida
Usuario (13:44): /t2287380_Llamada transferida por fiscal35
especialista5 (13:44): Buenas Tardes, le sigue atendiendo, María Núñez
¿Me puede permitir un momento por favor? Estamos verificando su consulta.

Usuario (13:45): si gracias
especialista5 (13:47): Gracias por esperar
especialista5 (13:48): Debe de determinar el IVA que le corresponda en el mes, es decir IVA de ingresos menos IVA de gastos en donde incluye el IVA que paga por importación y si le resulta IVA a favor en ese mes, presenta declaración de IVA con saldo a favor y después podrá compensar ese saldo a favor.
especialista5 (13:48): ¿Tiene alguna duda respecto de la información que le proporcioné?
Usuario (13:49): si...
Usuario (13:49): el acreditamiento lo puedo hacer aun y que no estoy dictaminado?
Usuario (13:50): y el 23CFF dice que se pueden compensar a exepcion de importaciones...
especialista5 (13:50): Así es, si fue un gasto por importación y cuenta con el pedimento puede acreditar ese IVA.
especialista5 (13:51): Ese IVA acreditable por la importación lo aplica en su calculo mensual de IVA y de esa manera si tiene saldo a favor de IVA de acuerdo al procedimiento del calculo podrá compensarlo, pero no puede compensarlo directamente del pedimento.
especialista5 (13:51): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
Usuario (13:52): solo ya para terminar en que formato presento la compensacion?
Usuario (13:52): f3241?
especialista5 (13:53): Si el saldo favor es de IVA, debe de presentar los anexos A, 7 y 7-A que se generán en el programa F3241.
especialista5 (13:54): Y también debe de utilizar el programa DEM-IVA, en donde relaciona como mínimo al 80% de sus proveedores y el 100% de sus operaciones de comercio exterior.
especialista5 (13:54): ¿Tiene alguna otra duda respecto de la información que le proporcioné?
Usuario (13:54): ok eso si...
Usuario (13:54): pues no por el momento...
Usuario (13:55): muchas gracias...
 
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SABUMAFU
Sargento Segundo

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