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30/Jul/09 18:11
¿Es optativo el formato F3241?

En la página del SAT aparece el siguiente aviso para compensar:

Aviso de compensación

Ya puede presentar el Aviso de Compensación por Internet.

Si compensó saldos a favor o pago de lo indebido de cualquier contribución, puede presentar el aviso y enviar la documentación correspondiente por Internet.

Sólo realice lo siguiente:

Descargue el formato 41 electrónico. Versión vigente a partir del 26 de mayo de 2009.

¿Esto quiere decir que ya no es necesario utilizar el formato F3241 o es un complemento?
 
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ignaciorodriguez
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31/Jul/09 00:53
Re: ¿Es optativo el formato F3241?

ignaciorodriguez:

¡¡ Bienvenido !!

Descargue el formato 41 electrónico.........

...¿Esto quiere decir que ya no es necesario utilizar el formato F3241 o es un complemento? ...

No, el Software F3241 no es optativo, el que es optativo es el Formato 41 Electrónico

Son dos Softwares diferentes.

El Formato 41 Electrónico se utiliza exclusivamente en COMPENSACIONES y pueden presentarlo en forma optativa (puede presentar en 'papel')los Contribuyentes P. F. o Morales 'Normales', es decir que no sean Grandes Contribuyentes o Personas Morales que dictaminen.

Liga:.-Formato 41 Electrónico (Compensaciones por Internet para Contribuyentes “Normales”

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/noticias_boletines/33_14018.html



En cambio el Software F3241, se utiliza tanto en Compensaciones como en Devoluciones y deben presentarlo hasta ahora en forma obligatoria, los Grandes Contribuyentes y las P.M: que dictaminan.

Posteriormente deberán utilizarlo todos los Contribuyentes, una vez que el SAT lo haga obligatorio.

Descripción del programa electrónico F 3241

El programa F 3241 es la herramienta informática que permite capturar la información de los anexos electrónico A, 7, 7-A, 8, 8-A 9, 10, 10-A, 10-B, 10-C, 10-D, 10-D, 11, 11-A, 12, 12-A 13, 13-A 14 y 14-A de las formas oficiales 32 y 41, (Solicitud de devolución o aviso de compensación), en materia del ISR, IVA, IMPAC e IDE y generar con la misma los mencionados anexos en archivos electrónicos encriptados, los cuales, una vez grabados en un medio óptico (CD) están listos para ser presentados por los contribuyentes competencia de la Administración General de Grandes Contribuyentes y por aquellas personas morales que dictaminen estados financieros competencia de la Administración General de Auditoria.

Para saber más acerca de los requisitos para presentar los trámites de solicitud de devolución y aviso de compensación, consulte aquí el Catálogo de Servicios y Trámites, consulta por trámite fiscal:

Ligas:.-Programa Electrónico F3241

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_12113.html

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_12116.html

http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/informacion_fiscal/tramites_fiscales/registro_t/101_11878.html



Saludos




Editado: Julio 31, 2009 01:16:35
 
'El optimista piensa que el realista es pesimista. El pesimista dice que el realista es optimista. El realista sabe que el optimista es idealista.'
 
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CHAVALON
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31/Jul/09 02:28
Re: ¿Es optativo el formato F3241?

CONTADOR:

MIRA YA UN COLEGA TE ESTA EXPLICANDO QUE NO ES LO MISMO EN FORMATO 41 NORMAL DE HECHO ESTA EN EXCEL ESE ES PARA LOS QUE NO SON GRANDES CONTRIBUYENTES Y QUE NO DICTAMINEN, LO PUEDEN USAR TANTO PERSONAS FISICAS Y EMPRESAS QUE REUNEAN LOS REQUISITOS ANTES SEÑALADOS, PERO TE FALTARIAN LOS OTROS ANEXOS QUE EL A, 1A. 1B. ETC. QUE ESTAN O DICEN FORMA ' MANUAL' ESOS TAMBIEN LOS TIENES QUE DESCARGAR Y LOS LLENAS E IMPRIMES Y LOS ESCANAEAS Y LOS ARCHIVAS EN UNA CARPETA ZIP. AHI EN ALS LIGAS QUE TE ESTAN DANDO COLEGA, ES CUESTION QUE LAS LEAS, LAS ANALISIS Y HAGAS LAS PRUBAS.
LO QUE TE PUEDO COMENTAR QUE YO PRESENTE UNO Y SI FUNCIONA Y SI EM LO AUTORIZO LA AUTORIDAD EN 25 DIAS.
PARA ENVIAR EL ARCHVIO O CARPETA ZIP CON EL NOMBRE DE AVISO DE COMPENSACION ENTRAS A MI PORTAL Y HABRES UNA SOLCITUD Y LUEGO AVISO DE COMPENSACION SUBES EL ARCHIVO Y LO ENVIAS. AHI EN LA PAGINA ESTAN TODAS INSTRUCCIONES DE COMO HACERLO TODO ES CUESTION DE LEERLAS. SUERTE
 
APORTEMOS UN GRANITO DE ARENA, Y CREZCAMOS COMO SERES HUMANOS
 
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playense
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31/Jul/09 14:03
Re: ¿Es optativo el formato F3241?

A Chavalon y Playense, muchas gracias por sus muy valiosos comentarios. Estoy seguro que me serán de mucha utilidad. Asimismo, agradezco de antemano cualquier otro comentario que se vierta posteriormente.
Espero en alguna próxima ocasión retrubuirle a alguien haciendo una aportación que pudiera ser de utilidad ya que este es el objetivo del foro.
 
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ignaciorodriguez
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10/Ago/09 19:02
Re: ¿Es optativo el formato F3241?

hola

en la pagina del sat se ha venido manejando que el programa F3241 es obligatorio para todos los contribuyentes que soliciten compensacion o devolucion. sin embargo vemos que en la practica no es asi, puesto que solo lo estan solicitando para grandes contribuyentes. se supone que el programa f3241 en materia de iva viene a sustituir al anexo 1, esto con los anexos 7 y 7a. quisiera saber si alguien sabe en donde puedo encontrar fundamentado que no es obligatorio presentar nuestras solicitudes de devolucion y compensacion para personas fisicas a traves de dicho programa. esto debido a que en mi estado existen ciudades en las que no lo estan pidiendo y otras en donde si. incluso en los requisitos que da el sat ya esta pidiendo los anexos 7 y 7a para cualquier solicitud de esta indole.
 
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10/Ago/09 22:15
Re: ¿Es optativo el formato F3241?

Hola:

El formato 41 de excel electronico deben aplicarse siempre que exista algun remanente o cualquier otro caso excepto que sea saldo inicial que se dictamine o sea gran contribuyente o de los que consolidan.

El F3241 cuando sean grandes contribuyentes o se dictaminen o consoliden. Pero, si tienen remanentes se adjuntan los dos archivos de los progamas señalados. Por el saldo nuevo habria que llenar el F3241 y por el remanente el 41.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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