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10/Jun/04 16:28
dividendo ficto

Compañeros necesito su ayuda, me estan auditando y la persona encargada de la auditoria me dijo que las cantidades que mande a no deducibles me las va ha consierar como dividendo ficto. Estoy dada de alta como una S.A.
Por lo que me urge saber que es dividendo ficto y cual es el impuesto que esto causa. Gracias por su ayuda.
 

 
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Marycar
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10/Jun/04 16:41
Re: dividendo ficto

El art. 165 F III LISR señala que se consideraran dividendos" las erogaciones que [u:c031241b23]no sean deducibles conforme a esta ley [/u:c031241b23]y beneficien a los accionistas de personas morales"

Ahora bien, un argumento que puedes tener a tu favor es, si estos gastos son de los que señala el art. 32 de LISR, o solo se trata de gastos indispensables, que cumplen con los requisitos deducibilidad a exepcion de los requisitos de los comprobantes. Ya que los gastos que se consideran bajo de el titulo de "NO DEDUCIBLES" son estrictamente los señalados en el art. 32 LISR.
Los demas se deberian denominar, GASTOS SIN REQUISITOS FISCALES, a efecto que no se consideren dividendos.

El impuesto que les corresponde es señalado en el art. 10 (35%-33%) dependiendo del ejercicio, piramidado.
 
LCP Laura Guerrero
 
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lpgh2000
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10/Jun/04 16:42
Re: dividendo ficto

El art. 165 F III LISR señala que se consideraran dividendos" las erogaciones que [u:bb6aa10a72]no sean deducibles conforme a esta ley [/u:bb6aa10a72]y beneficien a los accionistas de personas morales"

Ahora bien, un argumento que puedes tener a tu favor es, si estos gastos son de los que señala el art. 32 de LISR, o solo se trata de gastos indispensables, que cumplen con los requisitos deducibilidad a exepcion de los requisitos de los comprobantes. Ya que los gastos que se consideran bajo de el titulo de "NO DEDUCIBLES" son estrictamente los señalados en el art. 32 LISR.
Los demas se deberian denominar, GASTOS SIN REQUISITOS FISCALES, a efecto que no se consideren dividendos.

El impuesto que les corresponde es señalado en el art. 10 (35%-33%) dependiendo del ejercicio, piramidado.
 
LCP Laura Guerrero
 
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lpgh2000
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10/Jun/04 17:46

[color=blue:7ce642903f]De acuerdo con el comentario de lpgh2000[/color:7ce642903f]
 
jhiguera Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
 
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JHiguera
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14/Jun/04 7:22
Re: dividendo ficto

Para que se consideren como dividendos fictos, yo lo veo de la siguiente manera:

Que ADEMÁS de ser conceptos de los mencionados en el art. 32 de LISR (no deducibles), dichas erogaciones deben BENEFICIAR A LOS ACCIONISTAS.

Es decir, tienen que concurrir AMBAS situaciones.

Saludos
 
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Miriam
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14/Jun/04 9:31
Re: dividendo ficto

hay que cuidar mucho este punto, ya que el criterio para que como auditor juzgues que un gasto beneficia a un accionista debe ser muy preciso (gastos por inscripción a un club, viajes al extranjero, hospedajes en hoteles de lujo sin evento alguno, casas de recreo, rentas de automovil, entre otras), cabe señalar que estos gastos casi siempre están castigados en el resultado fiscal, lo que hace el auditor y hacienda es castigarlos doblemente.

Por lo que es necesario un análisis a fondo de lo que literalmente se considera "BENEFICIO A ACCIONISTA" y esto es desde la interpretación fiscal hasta el diccionario.

habría que analizar muy bien los gastos antes de emitir un juicio certero.


saludos
 
¿Quién sabe si el vivir no es una muerte, y sí, por el contrario, lo que llamamos morir no es sino el comienzo de la vida? Dios ha muerto ¡Dicen que lo mataron los hombres!
 
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FCAUNAM
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14/Jun/04 10:24
Re: dividendo ficto

Saludos...!!

Hola "Marycar" quiza si nos dijeras que conceptos te quieren determinar como dividendos fictos te podríamos ayudar un poco más...!!!
 
:evil: ME GUSTARÍA SER TÚ... PARA TENER UN AMIGO COMO YO...!!! http://groups.msn.com/AportacionesFiscales
 
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Alucard
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