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17/Jun/09 11:11
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Es muy cierto que para las retenciones de iva no se permite la compensacion, pero que tal acreditarlas directamente contra tu saldo a favor de iva, no te parece mejor???

Claro que SI es lo mejor, eso es lo que me parece mas interesante.

Sin embargo, a la mejor no entiendo, o no estoy interpretando bien el Art. 5-D

Porque, en la miscelanea el punto 5.1 (IVA, dispociciones generales).
en el 5.1.4 habla de la devolucion inmediata.
Es decir de poder acreditar el iva retenido contra el IVA A FAVOR.
Pero se refiere al inciso b) Fracc.II Art.1-A (desperdicios industriales).


A la mejor estoy confundiendo, peras con manzanas.
(Por que cada vez que toco este tema, veo a mi jefe de esta empresa, cada vez mas molesto;..... y quiero darle una respueste, final y contundente........sin dejar lugar a dudas o posibles otras opciones ).



Nuevamente Gracias.


Saludos Cordiales
 
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vabdo
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17/Jun/09 13:16
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Lo del caso de la devolución inmediata aplicaría solamente para las retenciones de la fracción IV del 1-A LIVA., para desperdicios existe una regla pero esta limitada a que para aplicarte la devolución inmediata hayas retenido y te hayan retenido el IVA por concepto de compra o venta de desperdicios.

Para los demás casos: a pagar señores

slds
 
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fiscalcorp
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17/Jun/09 13:48
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Pues en mi opinion, no es procedente el caso que nos ocupa...

Codigo Civil Federal..

Artículo 2188.- Para que haya lugar a la compensación se requiere que las deudas sean igualmente líquidas y exigibles. Las que no lo fueren, sólo podrán compensarse por consentimiento expreso de los interesados.

Son sólo dos requisitos sencillos que sean líquidas y exigibles, pero aqui necesitamos definir liquidas y exigibles

Artículo 2189.- Se llama deuda líquida aquella cuya cuantía se haya determinado o puede determinarse dentro del plazo de nueve días.

Artículo 2190.- Se llama exigible aquella deuda cuyo pago no puede rehusarse conforme a derecho.

Creo que cuando el contribuyente y Hacienda tienen la calidad de deudor y acreedor se cumple con estos dos requisitos, pero lamentablemente el fisco no da armonia a las leyes.

Artículo 2192.- La compensación no tendrá lugar:

VIII. Si las deudas fuesen fiscales, excepto en los casos en que la ley lo autorice

por lo que termina con lo ya citado por el numeral 1A LIVA....que si bien existete una limitante para el crecimiento de una entidad, por lo que a mi ver falta cierta armonia con el 23 CFF.


y mientras el fisco no exprese lo contrario...no procede...


saludos
 
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Octavus
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17/Jun/09 15:28
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Porque, en la miscelanea el punto 5.1 (IVA, dispociciones generales).
en el 5.1.4 habla de la devolucion inmediata.


Y quien dio algun fundamento de miscelanea?? yo solamente aplico la Ley del iva y no veo ninguna limitante.

Saludos
 
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juancarm
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17/Jun/09 16:39
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Tengo una buena noticia Vabdo que es muy importante para el flujo de efectivo y que lleve a cabo cuando estuve en una situacion similar, aplique el siguiente parrafo:

Cuando en el cálculo del impuesto mensual previsto en el artículo 5o.-D de este ordenamiento resulte saldo a favor, los contribuyentes a que se refiere esta fracción podrán obtener la devolución inmediata de dicho saldo disminuyéndolo del monto del impuesto que hayan retenido por las operaciones mencionadas en el mismo periodo y hasta por dicho monto.

Es muy cierto que para las retenciones de iva no se permite la compensacion, pero que tal acreditarlas directamente contra tu saldo a favor de iva, no te parece mejor???


Buenas tardes... nunca había razonado que 'cualquier' contribuyente podría aplicar dicha regulación... es decir, conforme a lo que interpreto existe una condicionante:

los contribuyentes a que se refiere esta fracción

Y, conforme a dicha fracción se refiere a 'IV. Sean personas morales que cuenten con un programa autorizado conforme al Decreto que Establece Programas de Importación Temporal para Producir Artículos de Exportación o al Decreto para el Fomento y Operación de la Industria Maquiladora de Exportación, o tengan un régimen similar en los términos de la legislación aduanera, o sean empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte o de autopartes para su introducción a depósito fiscal, cuando adquieran bienes autorizados en sus programas de proveedores nacionales. '

En tu caso ¿te refieres a que lo aplicaste en un contribuyente así o indistintamente?
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
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18/Jun/09 12:28
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

vabdo,

A la mejor estoy confundiendo, peras con manzanas.
(Por que cada vez que toco este tema, veo a mi jefe de esta empresa, cada vez mas molesto;..... y quiero darle una respueste, final y contundente........sin dejar lugar a dudas o posibles otras opciones ).


Con todo respeto, tienes algo de información y si tienes el tiempo encima, lo único que puedes hacer es tomar una decisión y aferrarte, ya si esta es buena o mala solo el tiempo lo dirá, en impuestos por lo regular no hay una respuesta final y contundente, aunque para mí esta claro que no me conviene tratar de compensar el IVA retenido, para empezar porque el SAT no quiere y tendría que poner muchos argumentos y tal vez ir a juicio por lo mismo, no estoy de acuerdo tampoco en que puedo aplicar el acreditamiento de la fracción IV del 1-A. Yo buscaría la manera de solucionar el porque tengo IVA retenido, que es el origen del problema, es decir, para mí es un problema de flujo de efectivo y no tiene nada que ver la ley en cuanto a evitar la retención, porque el proveedor si te dice no me retengas, entonces le das el 100% del IVA y a final de cuentas sigue saliendo el mismo dinero.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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19/Jun/09 09:26
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

De acuerdo, fiscalcorp, asi tambien lo entiendo.


Gracias.


Saludos Cordiales
 
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vabdo
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19/Jun/09 09:33
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Pues en mi opinion, no es procedente el caso que nos ocupa...

Octavus, no es solo tu opinion,.... sino tambien la de todos.

Ahora, el Art. 2192 Fr.VIII, puntualiza, y define 'NO SE PUEDE COMPENSAR'


Gracias por tu comentario y fundamentacion.

Saludos Cordiales
 
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vabdo
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19/Jun/09 09:39
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Diculpa juancarm, me fui mas lejos.

Pero en este caso no son exportaciones.
Crees, que pudiera aplicar???

(ya abriste una posibilidad).


Saludos Cordiales
 
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vabdo
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19/Jun/09 09:41
Re: COMPENSAR IVA CONTRA ISR RETENIDO

Asi es BR2, le coemntaba a juancarm, que ya abrio una posibilidad.

La pregunta:
Se podra??


Saludos cordiales
 
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vabdo
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