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14/Abr/09 16:52
Despido con Sustitucion Patronal

Buenas tardes, no sabia si ponerlo aqui o en fiscal por lo siguiente:


vamos a liquidar a un empleado conforme a la ley inicialmente el empezo en el 2003 con otra empresa y se realizo sustitucion patronal en el 2006 y a partir de ahi se realizo una carta interna donde se les reconocia su antiguedad a todos los empleados, al empleado se le va a liquidar con fecha retroactiva al 2003, pero para calcular el isr y la exencion segun el articulo 109 fracc X, debo tomar a partir del 2003 o del 2006 cuando se hizo la sustitucion patronal? si el contrato laboral que les hicimos es del 2006
 
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Luzecr72
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14/Abr/09 19:04
Re: Despido con Sustitucion Patronal

:neutral: Buenas tardes. Se toma la fecha con que ustedes reconocieron la antiguedad del trabajador, que es la del 2003, aunque el ultimo contrato tenga fecha del 2006.

Salutes,
El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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15/Abr/09 08:16
Re: Despido con Sustitucion Patronal

Se debe de tomar como fecha inicial el 2003 puesto que desde ahi iniciaron los derechos y obligaciones del trabajador.
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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15/Abr/09 11:50
Re: Despido con Sustitucion Patronal

Muchas gracias por su apoyo
 
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Luzecr72
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