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20/Mar/09 11:09
Re: Ingresos por pension del imss

Gracias como siempre,
CHAVALON puntualiza el fundamento legal

Saludos Cordiales
 
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vabdo
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20/Mar/09 11:10
Re: Ingresos por pension del imss

veronicanunez:
...se considera un ingreso acumulable para la persona fisica ya que aparte obtiene ingresos por arrendamiento,...


Si se considera Ingreso acumulable el excedente de 9 salarios mínimos tal como lo establece el Art. 109 Fracc. III LISR que cité en mi comentario anterior.

Esto es, el excedente de dicho monto, se acumulará solamente en la Declaración Anual con los Ingresos por Arrendamiento.

En los pagos Provisionales, solamente declaras lo percibido por Arrendamientos.


Saludos



Editado: Marzo 20, 2009 11:11:52
 
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CHAVALON
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20/Mar/09 10:20
Re: Ingresos por pension del imss

El mismo que para gravarla, no lo hay.


Ya te indique que el articulo 106 marca los ingresos por los que estan obligados a pagar el impuesto sobre la renta las personas fisicas, te vuelvo a preguntar, el ingreso por una pension del imss esta contenido dentro de este articulo???



¿Quién es el que debe efectuar la retención?, ¿El IMSS?


Por supuesto, la ley obliga a quien realize los pagos, retenga el impuesto correspondiente.


Como lo mencionan los compañeros estan exentos hasta 9 salarios minimos como lo indica el articulo 109; pero queria dejar clara la pregunta inicial si se tenian que considerar estos ingresos junto con los de arrendamiento y la respuesta es afirmativa, el retenedor informara si son exentos, gravados y cuanto se le retuvo de impuesto para ingresarlos en la declaracion anual.

Saludos
 
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juancarm
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20/Mar/09 12:13
Re: Ingresos por pension del imss

juancarm,

Para terminar de expresar mi punto de vista, el artículo 109 LISR en su fracción III, menciona específicamente a la otorgada en los términos de la Ley del Seguro Social o LISSSTE, leyes que no contemplan el sistema antiguo de pensiones, por lo que, si esta pensión la están cobrando en base al sistema antiguo de pensiones, no se encuentra previsto en la Ley del ISR esta situación, por lo que no sería objeto del ISR.

En mi opinión.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
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20/Mar/09 19:25
Re: Ingresos por pension del imss

LISR artículo 109
...
III. Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro… cuyo monto diario no exceda de nueve veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título
 
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Mem
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20/Mar/09 19:33
Re: Ingresos por pension del imss

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No coincido con tu punto de vista, no veo en que parte habla de la Ley nueva o antigua del Seguro Social... yo entiendo que incluye a todas las pensiones.
 
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Mem
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20/Mar/09 19:36
Re: Ingresos por pension del imss

...leyes que no contemplan el sistema antiguo de pensiones, por lo que, si esta pensión la están cobrando en base al sistema antiguo de pensiones, no se encuentra previsto en la Ley del ISR esta situación, por lo que no sería objeto del ISR.


Miguel Jurado

Vuelvo a citar tu opinión, no coincido con tu interpretación.
 
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Mem
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20/Mar/09 20:13
Re: Ingresos por pension del imss

Miguel Jurado
Juancarm

Estoy leyendo nuevamente el fundamento de la fracción III del artículo 109 de la LISR.

Me surge la siguiente duda, ¿por qué el IMSS no retiene ISR en pensiones de la Ley de 1973? según yo están cometiendo una omisión... y si el IMSS interpreta igual que ustedes que las pensiones de la Ley anterior no son objeto de retención.
 
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20/Mar/09 20:16
Re: Ingresos por pension del imss

Pues yo no veo con que fundamento puedan quedar fuera estos ingresos, lee el articulo 106 ahi te habla de los ingresos gravados y sin duda estan dentro.
Que en el 109 se encuentre en duda la exencion, entonces el total seria gravado.

Los funcionarios del imss a duras penas conocen la ley del imss, no les pidas que conozcan ISR porque no sabran ni de que les hablas.

Me inclino porque sea un error y que por lo mismo cueste tanto trabajo conseguir las constancias de retenciones.

Saludos
 
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juancarm
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20/Mar/09 21:27
Re: Ingresos por pension del imss

Hola migueljurado:

El objeto y sujeto a gravar el ISR, sólo en la LISR se determinarían. Sería inapropiado manifestarse en otra ley distinta. No habría congruencia legal y fácilmente se evaderían la forma de causar los impuestos.

El Art. 109 F-III no grava ISR. Al contrario, existe una desgravación. Así que el sujeto y objeto no es obligatorio que se exprese en el artículo citado. Indicas que no se presenta el objeto con respecto a pensiones. Es obvio que no vendria pues no es la disposicion apropiada para establecer ese objeto.

Resulta que Johnny, ya citó el Art .106 LISR. Ahí se marca, el sujeto y objeto de la LISR. Que también debe ser “ligado” con el Art. 1 LISR. En ambos, artículos se muestran los objetos y sujetos que se buscarían.

Tiene razón Mem, quien debe retener el ISR es el IMSS. Es quien remunera. Pero, si no se retiene conforme a la LISR, en el momento de realizar la declaración anual, ahí debiese salir el ISR causado. Si se determina apropiadamente este impuesto.



Editado: Marzo 21, 2009 18:51:16
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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