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27/Mar/09 15:48
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

Mil gracias!!!
 
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erikaG
Subteniente

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27/Mar/09 19:56
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

Estoy de acuerdo con TAXISTA.

Lo que se puede acreditar es el ISR CAUSADO DEL EJERICICO. si no hay ISR causado en el ejercicio los pagos provisionales del ISR quedan a favor y se hace una compensación en el portal del banco y luego se presenta la forma de compensación.
 
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mluna
Capitán Primero

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27/Mar/09 20:33
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

Ya se estuvo analizando la compensación sin embargo tengo ciertas dudas en si se puede o no, ya que es una misma declaración, lo está analizando el abogado. ademas me comentaron de ciertos problemas tecnicos con el sistema de compensaciones en la cuestion de las fechas. (si ya alguien utilizó esta figura por favor comenten).

Y en relación si se pueden acreditar los pagos provisionales de ISR contra el IETU anual, continuo en lo mismo, si se puede, toda vez que el art. de la lay de IETU parrafo 3ro, menciona que se pueden acreditar los pagos provisionales conforme al art 10 del IETU contra el impuesto del ejercicio.

Y el art. 10 de IETU dice PAGO PROVISIONAL A CARGO DEL CONTRIBUYENTE:

será el pago provisional de IETU a cargo, el IETU conforme al art. 9 y los pagos provisionales de ISR, entonces aqui donde dice que puedo acreditar los de IETU e ISR.
 
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MEXTAX
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28/Mar/09 16:20
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

En mi opinión, se esta mal interpretando la Regla....hay que desmenuzar la regla y se darán cuenta que aclara en su caso el importe acreditable contra IETU, en su caso para la anual 'es el ISR del ejercicio' y para provisionales 'son los pagos prov. de ISR'....


Claro, en el caso que nos ocupa, que es el ISR 'cero', con PP de dicho impuesto realizados y con IETU a cargo, o sea la regla I.4.9.

Un saludo y feliz fin de semana...


Editado: Marzo 28, 2009 16:21:04Editado: Marzo 28, 2009 16:21:59
 
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Bruno
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28/Mar/09 18:17
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

He notado que se anda como medio desvariando en el tópico o podría caerse en esa situación.

En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?


El Art. 8 LIETU permite el acreditamiento que se señala. Por favor, ver o analizar, su contenido en el segundo párrafo.

Pero además, también permite acreditar los pp de ISR (En el 3er párrafo de 8 LIETU, se señala)
 
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enrique9727
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29/Mar/09 17:37
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

Hola MEXTAX

Coincido con tu interpretacion del Art.10.
SI se pueden acreditar los PP de ISR, contra el IETU anual.

En caso que lo cheques en el SAT, te encargo las respuestas.

Saludos
 
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vabdo
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30/Mar/09 11:17
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

En mi opinión se estan enrredando, la Ley desde mi punto de vista no da pie a acreditarse PP de ISR Vs el IETU anual....al parecer se estan confundiendo con la posibilidad de acreditar PP de ISR Vs PP de IETU.. recuerden el 8 y el 10 de IETU habla de 'periodos distintos'

¿pueden plasmar los fundamentos para ver si así se entiende lo que ven ustedes?

Un saludo y buen día.!!
 
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Bruno
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30/Mar/09 11:07
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

en mi opinion los pagos provisionales de isr no se puede acreditar contra el impuesto anual...tendrias primero que determinar el isr anual...y posteriormente enfrentarlo a ietu...pero si aplicaste los estimulos que mencionas...tus pagos provisionales se vuelven saldos a favor...y por lo tanto puedes o solicitarlo en devolucion o compensarlo contra ietu...pero no acreditarlos...pues el LIETU art. 8 y 10 mencioan que los pagos provisionales de isr se pueden aplicar a pagos provisionales de ietu...y el 10 se refiere a la declaracion anual...


saludos
 
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lcruizuscanga
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30/Mar/09 12:12
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

En efecto lcruiz...

Yo no entiendo donde ven el 'sí se puede', claro esta, es bueno ser optimista pero tampoco hay que ver cosas que no son....no me imagino 'cómo' acomodarán en el DEM el acreditamiento de entrada...

Respecto a la compensación.. habra que ver si no salen de talles al momento de manifestar ISR a favor e IETU a cargo de 2008.....en fin...esperemos ver que pasa para esta semana con los avisos correspondientes...
 
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Bruno
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30/Mar/09 12:16
Re: En el calculo de IETU anual puedo acreditar los p.p. de ISR ?

Sip tienes razon Bruno... Solo debe tomarse en cuenta el 8 LIETU para la declaracion anual del IETU.

El 10 ya no operaria, en la anual. Pero ahora que se tendria la anual en puerta, unicamente el 8 corresponderia atenderse.

Si ya me acredite PP ISR en PP IETU, ya no hay PP ISR... pues ya son PP IETU...

Los PP ISR no acreditados vs PP IETU, si podrian acreditarse en la anual


Pues PP IETU ya debe contenerse el PP ISR si fue acreditado.

¿Es a esto a que te refieres Bruno?
 
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enrique9727
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