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03/Mar/09 17:19
ALTA DE TRABAJADOR EN EL RFC POR SALARIOS

HOLA

HE LEIDO UN POCO DE COMO DAR DE ALTA A UN TRABAJADOR, Y HABLAN SOBRE UN DISCO PERO NO ENTIENDO QUE DEBE CONTENER ESE DISCO, ENTONCES ES MEJOR QUE EL TRABAJADOR VAYA DIRECTAMENTE AL SAT PARA DARSE DE ALTA Y OBTENER SU RFC. Y ESE MISMO RFC ES IGUAL SI TIENE OTROS INGRESOS POR REALIZAR OTRAS ACTIVIDADES.


SALUDOS
 
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SILVESTRE04
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03/Mar/09 17:30
Re: ALTA DE TRABAJADOR EN EL RFC POR SALARIOS

En efecto, si no se desea dar de alta al trabajador en el RFC, con solicitarle su constacia de su alta o de inscripción en el RFC, se quitaría la obligación el patrón.

El propio trabajador asistería al SAT, mediante una cita y presentaria su acta de nacimiento original, comprobante domicilio y credencial de elector o equivalente, asi como entregar copias de toda la documentación anterior. Ya no es requerido el formato de inscripción. Y se daría de alta en el régimen de salarios.

Si no se tiene la constancia, debe generarse un archivo de texto, llevar acta constitutiva y poder notariado del rep legal, un escrito y acreditar las personalidades de la compañia y del rep legal.

Me pareció ver en el área de descargas, un programa que genera, el archivo que comentas

Editado: Marzo 03, 2009 17:33:39
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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03/Mar/09 17:52
Re: ALTA DE TRABAJADOR EN EL RFC POR SALARIOS

SILVESTRE, LA OBLIGACION ES 'COMPARTIDA'.............




LISR..............OBLIGACIONES PARA TRABAJADORES

Artículo 117. Los contribuyentes que obtengan ingresos de los señalados en este Capítulo, además de efectuar los pagos de este impuesto, tendrán las siguientes obligaciones:

I. Proporcionar a las personas que les hagan los pagos a que se refiere este Capítulo, los datos necesarios, para que dichas personas los inscriban en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritos con anterioridad, proporcionarle su clave de registro al empleador.


OBLIGACIONES PARA EMPLEADORES

Artículo 118. Quienes hagan pagos por los conceptos a que se refiere este Capítulo, tendrán las siguientes obligaciones:

...


VI. Solicitar a las personas que contraten para prestar servicios subordinados, les proporcionen los datos necesarios a fin de inscribirlas en el Registro Federal de Contribuyentes, o bien cuando ya hubieran sido inscritas con anterioridad, les proporcionen su clave del citado registro.

COMO VES ......


SALUDOS
 
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lobozac
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03/Mar/09 17:53
Re: ALTA DE TRABAJADOR EN EL RFC POR SALARIOS

EL RFC, ES EL MISMO PARA TODA LA VIDA



SALUDOS
 
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04/Mar/09 19:58
Re: ALTA DE TRABAJADOR EN EL RFC POR SALARIOS

GRACIAS

ME AYUDO BASTANTE SU ORIENTACION.

SIEMPRE ES DE GRAN AYUDA CONTAR ON OTRAS OPINIONES.....


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SILVESTRE04
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04/Mar/09 20:09
Re: ALTA DE TRABAJADOR EN EL RFC POR SALARIOS

GRACIAS A TI POR DARLE SEGUIMIENTO AL TOPICO, .......


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lobozac
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