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26/Feb/09 17:22
Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Buenas tardes,

Tengo la duda si la aportación patronal al fondo de ahorro se debe reflejar en el recibo de nómina, la retención al trabajador si se debe incluir porque afecta al pago neto, pero como lo que aporta el patrón no se le entrega al trabajador, no me queda claro que se anote ahi, tal vez como dato informativo pero no dentro de las percepciones.

¿qué opinan?

Gracias de antemano por sus comentarios
 
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Lebiram
Sargento Segundo

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26/Feb/09 17:27
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Soy de la idea de que anotes la aportación patronal como ingreso y como deducción con fines informativos, finalmente el efecto neto es cero.
 
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CP_PACO
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26/Feb/09 17:59
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Un caso similar....


Un cliente nos comentó que no incluirá ese dato en los recibos d enomina (aunque por imss parezca que es una obligación e infonavit) por que podría malinterpretarse por lo siguiente:

Se constituye el fondo de ahorro, y puede darse el caso de que el trabajador pierde la aprotacion patronal, un supuesto es cuando él propio trabajador decida salirse de dicho fondo, en este caso solo se lleva lo que él aporto y no la otra parte. Esto es valido segun un bogado laborista..........incluso puede estipularse que se renuncia o lo despiden pierde el derecho al cobro de la parte patronal misma que se repartiria entre los trabajadores restantes que se queden en el fondo.


En resumen, para que l trabajador que se ubique en los supuestos anteriores no tenga armas para pelear esa parte patronal, no se mete en el recibo.

que opinan?

saludos.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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26/Feb/09 20:54
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

puede darse el caso de que el trabajador pierde la aprotacion patronal, un supuesto es cuando él propio trabajador decida salirse de dicho fondo, en este caso solo se lleva lo que él aporto y no la otra parte. Esto es valido segun un bogado laborista...

:eek: Buenas noches. Caracoles... de que hay abogados laboristas, los hay. El fondo de ahorro patronal DEBE aparecer en el recibo de nómina. NUNCA en las percepciones, NUNCA en las deducciones. Como es un mero dato informativo, puede anotarse en cualquier espacio que nos quede libre, pero nunca en las percepciones o deducciones. Y en cuanto a lo expresado x el abogado laborista conocido de CJ... caray... pos me dejó sin aliento...

El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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26/Feb/09 22:12
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

En mi experiencia he observado, que se anotan en los recibos de nominas en la siguiente forma:

Dentro de los ingresos o percepciones:

Ahorro al fondo aportado por el patron $ 100




Pero, dentro de las deducciones se incluiria lo siguiente:

Fondo de ahorro aportado por el patron $ 100

Fondo de ahorro aportado por el trabajador $ 100


Segun mi apreciacion los empleados que se retiren, debe conseguir los 200 pesos que le deducieron y no los $ 100. Pues se supone que seria una prestacion social GENERAL no para ciertas personas.

Considero que si el trabajador demanda en conciliacion debe ganar ese derecho. A eso se le llamaria discriminacion y segun la CPEUM y la LFT no esta permitida. (Leer el Art 1 de nuestra Carta Magna y Art 5 F-XI LFT) E incluso es una causal de despido imputable al patron, con lo cual resultaria mas caro el caldo que las albondigas. Y que bueno que no tengo ese tipo de 'abogaditos escalofriantes'...
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Feb/09 15:38
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Concuerdo en que no debe aparecer en percepciones porque corres riesgos innecesarioas a mi manera de ver (tanto una demanda laboral como en auditoria del imss o infonavit).

Para mi no es necesario, porque ya esta establecido en un contrato de trabajo en un plan de que por cada peso que el empleado aporte, el patrón aportara X pesos y si al empleado le deduces Y cantidad se da por entendido que el patrón aportará la cantidad correspondiente.

Si no lo tienes bien establecido y lo quieres reflejar en el recibo te recomiendo como dato informativo, te evitaras dolores de cabeza innecesarios.

Saludos
 
'Nuestro conocimiento es necesariamente finito, mientras que nuestra ignorancia es necesariamente infinita.'
 
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juancarm
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27/Feb/09 17:08
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Hola juancarm:

Indicas que sería una obligación establecida en el contrato de trabajo.

Pues, razón de más para incluirlo en los recibos de nóminas.

¿No has pensado, que pasaría si se da la combinación de los Arts 46, 106 y 132 F-II de la LFT?

¿Qué crees que pudiese pasarle al patrón y cuáles serían sus pruebas, para que no se le aplique su imputabilidad?

El detalle es que se obtenga la constacia de que la obligacion se cubrio, que patron cumple con sus obligaciones. Lo mismo pasaria con los bonos o vales de despensa, asi como cualquier partida salarial que se otorgue conforme al contrato.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Feb/09 10:14
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Hola juancarm:

Indicas que sería una obligación establecida en el contrato de trabajo.

PUEDE ESTAR EN EL CONTRATO O EN UN PLAN DE PREVISION COMO LO MENCIONE, ESTO ES LO MAS RECOMENDABLE MAS NO ES UNA OBLIGACION.

Pues, razón de más para incluirlo en los recibos de nóminas.

¿No has pensado, que pasaría si se da la combinación de los Arts 46, 106 y 132 F-II de la LFT?

NO HE PENSADO EN ESA POSIBILIDAD

¿Qué crees que pudiese pasarle al patrón y cuáles serían sus pruebas, para que no se le aplique su imputabilidad?

CON LOS ESTADOS DE CUENTA DEL FONDO DE AHORRO NO DEBE TENER NINGUN PROBLEMA MIENTRAS HAYA CUMPLIDO CON LO ESTABLECIDO

El detalle es que se obtenga la constacia de que la obligacion se cubrio, que patron cumple con sus obligaciones. Lo mismo pasaria con los bonos o vales de despensa, asi como cualquier partida salarial que se otorgue conforme al contrato.

POR ES INDIQUE SI LO DESEABA, APARECIERA SOLO COMO DATO INFORMATIVO. RECUERDA QUE LOS DEPOSITOS POR PAGO DE NOMINA SON ACEPTADOS COMO PRUEBA DE QUE EL PATRON HA CUMPLIDO CON EL PAGO DE SALARIOS.

SALUDOS
Editado: Febrero 28, 2009 10:14:57
 
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juancarm
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28/Feb/09 13:18
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Les transcribo la opinion del abogado laboral en el caso que comente:


'CP. Claudio:

Le envío un saludo.

Con relación a su pregunta en cuanto a que si se debe plasmar el fondo de ahorro que aporta la empresa a cada trabajador me permito sugerirle lo siguiente, no se debe plasmar dicho concepto toda vez que no se trata de una percepción que obtiene en trabajador, sino, de una participación social de carácter graciosa por parte del patrón para fomentar el ahorro que el mismo trabajador aporta a la caja de ahorro de sus percepciones por lo que el ahorro que aporta el patrón no debe ser refejado en el recibo de nómina.

Esto en virtud de que la Ley Federal del Trabajo obliga únicamente a reflejar en el recibo de nómnia las percepciones que reciba el trabajador por concepto de salario

Le sugiero que para los efectos de contabilidad y de fiscalización se elabore una provisión especial mediante la cual se refleje el fondo de ahorro que el patrón aporta y que este se lleve únicamente para efectos contables y no sea reflejado en un recibo.


Es importante precisar que se debe contar con un contrato de previsión social registrado ante la Secretaria de Trabajo y Previsión Social para que los conceptos que son como bonos de puntualidad, bonos de asistencia, aportaciones de fondo de ahorro por parte del patrón y otras aportaciones de seguridad social de forma graciosa que hace el patrón, deban estar contenidas en dicho contrato de previsión social, las cuales deberán de regular su aplicación en cuanto a su forma y tiempo, para que los efectos fiscales que resulten de estos sean benéficos para la empresa.

Quedo a sus órdenes para cualquier comentario.'

Que opinan? como ppsoto?
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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28/Feb/09 13:21
Re: Fondo de Ahorro en recibo de nómina

Esta es la respuesta a la cuestion de no entregar la parte patronal:

C.P.Claudio:


En relación a su petición a su asunto a que si existe un fundamento para no cubrir el fondo de ahorro que aporta la empresa a los trabajadores, no existe un fundamento tal, pues la Ley Federal del Tranbajo en su art.110 fracc. IV establece las formas y condiociones en que se deben de dar los descuentos a los salarios a los trabjadores para el caso de que se encuentren en cooperqtivas y cajas de ahorro simpre y cuando estos los trabajadores manifiesten libremente su conformidad a que se ls descuente de su salario, es decir este fundamento habla únicamente de la aportación que el trabjador realiza a la caja de ahorro de su salario.


En el caso de las aportaciones que realiza el patrón como se lo mencionaba estas son de forma graciosa es decir sin que exista la obligación al patrón de aportar dichas cantidades por lo que no existe fundamento ni pena en materia laboral el no pagar al trabjador que se retira por renuncia voluntaria o cualquier otro motivo de su separación el saldo de la aportacion que realiza el patrón.


Para los efectos fiscales y que este resulte deducible al 100% le sugiero que las cantidades que no son pagadas a los trabajadores que caen en el supuesto anterior se prorraté en partes proporcionales a trodos y cada uno de los trabajadores que integran la caja de ahorro y que se encuentran vigentes .


Quedo a sus órdenes para cualquier comentario.

PD Lo anterior se muestra solo para efectos de discusion, se pide discreción.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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