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06/Ene/09 12:27
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS

RECORDANDO POR AHI, ...EXISTE UN PRINCIPIO QUE DICE, 'DONDE LA LEY NO DISTINGUE, NO DEBEMOS DISTINGUIR'..............SI, SE DEBERIA 'SEMANTIZAR' QUE SIGNIFICA EFECTIVO............SE PODRIA SOLICITAR ASESORIA DEL SAT **FUNDAMENTADA** DE QUE ES PARA ELLOS EFECTIVO, Y SI LA RESPUESTA ES QUE ES DINERO, BILLETES, MONEDAS DE CURSO LEGAL, DE LAS QUE SE UTILIZAN COMUN Y CORRIENTE, ENTONCES ESTARIAMOS EN EL MISMO CANAL


SI DESEO INVESTIGAR MAS A FONDO, ENTONCES TENDRE, DISTINTAS ACEPCIONES DE LO QUE SIGNIFICA LA PALABRA EFECTIVO.......

PERO COMO LA LEY NO DISTINGUE........



efectivo, va.

(Del lat. effectīvus).


...

4. adj. Dicho del dinero: En monedas o billetes.

5. m. numerario (‖ moneda acuñada).

...

en efectivo.

1. loc. adv. Con monedas o billetes.

...





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CONCLUSION PERSONAL, SI LA LANA NO SE RECIBIO EN 'color=red]en efectivo[/color].

1. loc. adv. Con monedas o billetes.......

YO NO DECLARARIA.....


LA MEJOR DESICION LA TIENES TU, CREADOR DEL TOPICO

SALUDOS Y ESPLENDIDO 2009
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
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lobozac
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06/Ene/09 12:50
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS

De hecho en el link que dejo chavalon ahi tambien en su momento se debatio sobre que era EFECTIVO....cuestion de volverlo a leer para reafirmar o rectificar el criterio de cada quien...


Saludos
 
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lcruizuscanga
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11/Ene/09 21:28
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS

Bueno el concepto de EFECTIVO puede variar desde un simple definicion en un diccionario común y corriente, del criterio del SAT o al de cualquier otra persona o contribuyente.

La mera verdad, no se sabe, si el criterio del concepto del SAT, que en alguna ocasión observé sea aplicable para artículo 86-A LISR. Los criterios del SAT, por lo general los expresan para una disposición en particular, no los generales, no los extiende para todas las disposiciones, como sucede en las leyes fiscales.

El Art 5 CFF, indica que por esta norma del 86-A LISR, debe aplicarse una intepretación de manera estricta. Pues su mala apreciación en su intepretación, le generaría una carga al contribuyente.

Les adjunto el concepto de EFECTIVO desde el punto de vista del Colegio de Contadores más grande del país.

[b]El Boletín C-1 “EFECTIVO”[/b] que data desde el 2001 y que a su vez forma parte de las NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA (NIF), que a su vez fue ratificada su emisión por el CENIF, en su párrafo 2, indica como definición de EFECTIVO, lo siguiente:

El renglón de efectivo debe estar constituido por moneda de curso legal o sus equivalentes, propiedad de una entidad y disponibles para la operación, tales como: caja, billetes y monedas, depósitos bancarios en cuentas de cheques, giros bancarios, telegráficos o postales, remesas en tránsito, monedas extranjeras y metales preciosos amonedados.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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16/Ene/09 09:44
Re: INFORMATIVA DE PRESTAMOS

Que tal compañeros,

Realizamos la consulta via Chat al SAT, la cual comparto, se que no es una jurisprudencia, pero bueno al menos, nos ayudara a tomar una decisión, en mi caso no informare ya que los movimientos que se realizaron fueron transferencias y cheques.
Saludos

Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT.

17:23 buenas tardes
17:24 Orientación fiscal. Buenas tardes, le atiende la Lic. Lucero Gámez, ¿En qué puedo ayudarle?
17:25 ¿Bajo qué régimen tributa?
17:23 tengo una duda con respecto a lo del articulo 86-A de la LISR
17:23 regimen general
17:25 si yo efectuo un aumento de capital pero a traves de una transferencia bancaria o cheque por 650,000
17:25 entiendo que no tengo que presentar la declaracion que menciona ese articulo
17:25 ya que ahi hable de los movimientos mayores a 650,000 pero en EFECTIVO
17:25 es correcta mi apreciacion
17:29 ¿Puede permitirme un momento por favor?
17:28 ok
17:33 Gracias por esperar en la línea, para brindarle la información que necesita, lo voy a transferir con otro asesor que le brindará la información, por favor me podria permitir un momento, gracias.
La llamada se está transfiriendo al operador especialista12 ...
17:33 Buenas Tardes, le sigue atendiendo, María Núñez
¿Me puede permitir un momento por favor? Estamos verificando su consulta.
17:33 ok
17:34 Gracias por esperar
17:34 Es correcto lo que nos indica, la obligación solo es cuando sea en efectivo
17:34 y otra duda
17:35 yo puedo realizar entonces varias aportaciones menores a los 650,000 y con eso me libera de presentar tambien la declaracion, es correcto?
17:37 La obligación es cuando la aportación sea mayor a $600,000 en efectivo, es decir no tiene que sumar las aportaciones es por una sola aportación
17:36 ok muchas gracias por su ayuda
17:37 seria todo
17:37 gracias
 
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lerin
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