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06/Nov/08 15:07
Re: QUE PROCEDE EN DICTAMEN ST-3 DE ACCIDENTE DE TRABAJO

actualmente tengo una situación parecida con un empleado, solo que aun no le resuelven el porcentaje de IP, según el medico responsable de salud en el trabajo será aprox. el 50% , mi duda es si el patrón indemnizo al trabajador, independientemente que tenga la postura de reubicarle en un trabajo acorde a sus posibilidades? Y si fue así en que porcentaje?

Pregunto esto por que en los arts. 492 al 495 de la LFT señalan criterios y montos de indemnización a cargo del patrón , y a su vez el art. 53 de la LSS dice que
“El patrón que haya asegurado a los trabajadores a su servicio contra riesgos de trabajo, quedará relevado en los términos que señala esta Ley, del cumplimiento de las obligaciones que sobre responsabilidad por esta clase de riesgos establece la Ley Federal del Trabajo.”

Les agradecería muchísimo si alguien puediera compartir su experiencia respecto a esta duda.

Lilyts
 
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sandoli
Soldado

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06/Nov/08 18:46
Re: QUE PROCEDE EN DICTAMEN ST-3 DE ACCIDENTE DE TRABAJO

:neutral: Buenas tardes. Hijoles Sandoli, no le entendi a su pregunta. Déjeme ver. Usted dice que el patrón ya indemnizó al trabajador...?? Más adelante usted correctamente nos refiere el ordenamiento legal para que el patrón quede relevado de dicha indemnización producto del riesgo de trabajo, entonces, deduzco que el patrón NO debió haber indemnizado al trabajador.... Qué hacer entonces?? Pues si el trabajador no puede ser reubicado, hablar con él y cambiarle/negociar el finiquito ya pagado, para dar x terminada la relacion laboral.

Comenta...??

El Lic.
Editado: Noviembre 07, 2008 21:43:41
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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07/Nov/08 10:07
Re: QUE PROCEDE EN DICTAMEN ST-3 DE ACCIDENTE DE TRABAJO

HOLA LILIANA BUENAS TARDES:

TE COMENTO QUE EL TRABAJADOR QUE SE ME HACERCO YA NO BOLVIO CON MIGO PARA VER EN QUE SITUACION QUEDO, LO QUE SI TE COMENTO ES QUE LO CANALISE CON CONSILIACION Y ADBITRAJE MEDICO, EN ESA DEPENDENCIA ESTA UN FAMILIAR Y ESTE LO AYUDO A UNA REVALORACION MEDICA, YA QUE EL IMSS SOLAMENTE LE CONTEMPLABA EL 20% DE INDEMNIZACION LO QUE SE BUSCO QUE FUERA POR LO MENOS EL 40% ESTA INDEMNIZACION FUE PARCIAL, A LO QUE TENGO INFORMACION NO CONFIRMADA ES QUE A EL TRABAJADOR SE LE REUBICO DE TRABAJO ESE FUE EL ARREGLO QUE SE TUVO POR PARTE PATRONAL, ASI MISMO DURANTE EL TIEMPO DE LA INCAPACIDAD EL PATRON LE ESTUBO PAGANDO SU INCAPACIDAD COMO SI ESTUBIERA TRABAJANDO.

DE ACUERDO A LO QUE TU COMENTAS DE LO QUE MARCA LA LFT, EN LOS ART. 492 Y 495 ES MUY CIERTO AQUI TAL VEZ ES CUESTION DE LLEGAR A COMUN ACUERDO CON EL TRABAJADOR Y TRATAR DE REUBICARLO EN EL TRABAJO, OBIO QUE REQUERIRA DE APOYO PSICOLOGICO PARA SUPERAR LAS CUESTIONES QUE SE LE DAÑARON.

TRATARE DE INVESTIGAR CON EL TRABAJADOR QUE FUE LO QUE CONVIENIERON Y A QUE ARREGLO LLEGARON CON LA PARTE PATRONAL.

ESPERO QUE EL SIGUIENTE COMENTARIO TE AYUDE, DE LO CONTRARIO ME COMENTAS Y TE INVESTIGO CON ALGUNAS PERSONAS QUE EXPERIENCIA HAN LLEGADO.

ESPERO COMENTARIOS, ACLARACIONES U OPINIONES AL RESPECTO
SALUDOS
 
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juanventuragutierrez
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