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11/Sep/08 08:05
Aviso de compensacion ISR vs IETU

Hola, buen dia;

Tengo el siguiente problema:

En el mes de Marzo presente mi pago provisional de IETU por $ 4,000,000, por lo que opte por compensarlo contra un saldo de ISR del 2006, presente el aviso de compensación y la autoridad me lo requirio debido a que por error los auditores no presentaron el cálculo del IMPAC en la declaración Anual, entonces me envían la complementaria donde se corrige este anexo y trato de presentar nuevamente el aviso de compensacion como complementario, solo que no me lo aceptan y me dicen que tengo que presentar un desistimiento del aviso original para presentar el aviso como normal, se presentan como me los solicitan, solo que ahora nuevamente me llega otro requerimiento donde me dicen que me desista nuevamente ya que las fechas no concuerdan , debido a que mi pago de IETU de Febrero tiene fecha de marzo y la Declaracion complementaria donde se origina el saldo que compenso de ISR de 2006 tiene fecha de junio de 2008, supuestamente porque aun no conocia el saldo cuando ya lo habia compensado, cabe aclarar que el saldo determinado es el mismo que el de la declaracion anual, entonces en hacienda me dicen que presente otra complementaria del IETU para cambiar las fechas y me desista del aviso anterior para presentarlo nuevamente y asi ya lo acepte su sistema, el problema esta en que en este mes me llego auditoria fiscal para revision de pagos provisionales de IETU e ISR por lo que no puedo hacer ningun desistimiento ni presentar complementarias.

Mi duda es en cuanto a la presentacion del aviso, si yo ya tenia mi saldo a favor en la declaracion anual y por una omision en uno de los anexos se tuvo que presentar complementaria y posteriormente presentar el aviso, hay algun fundamento legal que me prohiba presentar el aviso en la forma que lo hicimos, por lo de las fechas?
 
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contabilidad_bmc
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11/Sep/08 09:58
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Hola, por desgracia te está tocando lidiar con criterios absurdos de las autoridades, en mi opinión no hay nada que te obligue a presentar una complementaria de IETU para que las fechas coincidan, es más el hecho de que te hayan dicho que no te admiten la compensación por omitir datos del IMPAC en mi opinión no tiene nada que ver, pues lo que estás compensando es el saldo de ISR.

Creo que lo mejor es hacer dos cosas, 1.- Presentar tu trámite tal y como lo has plasmado acompañando un escrito de lo que se está haciendo y 2.- en caso de que la autoridad te objete dicho trámite interponer los medios legales correpondientes ya sea recurso y en dado caso demanda.

También creo conveniente que antes de que interpongas cualquier medio de defensa acudas con el Administrador de la Administración que te correponde a dialogar tu problematica, pues en algunas ocasiones se puede resolver de buena manera y en caso de negativa, pues ahora sí defenderte.

Saludos.
 
Javier Zambrano Guadalajara, Jalisco
 
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javsaid
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11/Sep/08 13:15
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Gracias, así es....el criterio de la administración es muy cerrado en este aspecto y segun la explicación que me dan es que ellos no pueden capturar el aviso porque no se los acepta el sistema por lo de las fechas.

Podría hacer las complementarias pero como tengo la auditoria me comentan que sería tanto como si no hubiese declarado el impuesto y las multas se me generarian por omitir el impuesto.
 
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contabilidad_bmc
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11/Sep/08 23:57
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Hola contabilidad_bmc:

Con el respeto que me mereces, consideraria POR MI PARTE, que la autoridad esta en lo correcto.

¿Como se puede argumentar que se tiene el derecho de un saldo a favor, si no se ha presentado, conforme a derecho. En tiempo y forma?

Se compensa primero... y luego se presenta la declaracion de manera equivocada MAS PIOR TODAVIA.

Y luego quieres que la autoridad adivine que es el saldo correcto, con los datos correctos, que los declarados correctos son distintos a los presentados, pues no se presenta las formas bien.... no la ...$(_¡¿?#

Y por ultimo, se le hecha la culpa a la autoridad por tener criterios tan cerrados u obtusos.

Amplia tus criterios a la razonabilidad y la logica comun, para facilitar la aplicacion de derechos en las leyes fiscales.


PD ¿Has jugado beisbol o algun deporte, donde exista un score?

Las anotaciones, puntos, goles, carreras, No se anotan primero como buenas, si no hasta que antes se realizarcen de manera efectiva con las acciones.

Que en ocasiones se intente pronosticar o desearían que se realicen... no quieren decir que ya serian buenas las anotaciones.



PRIMERO (1.-) Presenta BIEN esas declaraciones que concederian el derecho del saldo a favor. De no ser asi, NO EXISTERIA EL DERECHO, para luego aplicarse.

2.- (Despues) presenta el aviso de compensacion, si la declaracion donde se compenso se encuentra BIEN PRESENTADA, con sus recargos y actualizaciones correspondientes. No olvides que la compensacion NO HA SURTIDO EFECTOS.... NO HAY PAGO TODAVIA.... ese pago es improcedente hasta la fecha.

Siempre va primero el numero 1, (el paso numero 1) A menos que desees ponerte los calzoncillos arriba de los pantalones como SUPERMAN
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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12/Sep/08 09:04
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Mi estimado Enrique, disculpame pero difiero de tu opinión, por ningún motivo la autoridad puede estar bien, si lees con detenimiento lo que el compañero dice, el saldo a favor de ISR por ningún motivo varió, es más, la complementaria sólo afectó al IMPAC, en ese tenor de ideas su saldo a favor siempre ha provenido de una declaración normal y son los datos de ésta los que se deben reflejar en el aviso de compensación, pues en caso contrario, es decir, si reflejamos los datos de la declaración complementaria, se va a decir que el saldo a favor de ISR proviene de la misma? y que pasa con la actualización?

Por ello mi comentario en el sentido de que la autoridad está en un error, pues al parecer para ella, el saldo a favor proviene de la declaración complementaria, siendo que lo único que se movió fue el IMPAC, por lo que en mi opinión en el aviso de compensación se tienen que plasmar los datos de la normal, pues el saldo a favor de ISR, insisto no se ha movido para nada, de hecho el formato de compensación te pregunta en que declaración se manifesto el saldo a favor y la respuesta deberá ser en la normal y por ningún motivo la complementaria.

A fin de soportar mi dicho, basta remitirnos al artículo 32, cuarto párrafo del CFF, que indica que la modificación de las declaraciones, se efectuará mediante declaración complementaria que modifique los datos de la original. Por otro lado, el artículo 67, fracción I, en su última parte indica por lo que hace a la caducidad de las facultades, indica que cuando se presenten declaraciones complementarias, el computo del plazo para la caducidad se computara a partir del día siguiente a aquel en el que se presenten, por lo que hace a los conceptos modificados.


La pregunta es, la declaración complementaria modifico en forma alguna los datos de la declaración de la original respecto al saldo a favor de ISR?

En mi opinión no, tan es así que la caducidad sigue contando, respecto a los datos de ISR, conforme a la fecha de presentación de la declaración normal.

Ahora bien, cualquier afirmación de la autoridad en el sentido de que debe mostrarse todo conforme a una complementaria, tiene que estar debidamente fundado y motivado, y en ese sentido no existe norma legal que la pueda apoyar.


Saludos.
 
Javier Zambrano Guadalajara, Jalisco
 
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javsaid
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12/Sep/08 11:38
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

A todos nos pasa Enrique,

POR NO LEER BIEN..........
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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12/Sep/08 12:38
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Gracias, por sus atinados comentarios....

La verdad si estoy un poco confundida con este caso, ya que por un lado si tengo mi aviso de compensacion presentado solo que en el aviso dice que el saldo proviene de la ultima declaracion complementaria presentada en junio, ahora bien en el requerimiento me dicen que me desista de mi aviso y que reinicie el tramite ya que si no lo hago el aviso se tendra por no presentado. Por otro lado a la semana me llega la auditoria de pagos provisionales de IETU e ISR por lo que se inician las facultades de comprobacion, entonces yo creo que por ahora no puedo hacer ningun movimiento es decir presentar una complementaria de IETU para cambiar la fecha a Septiembre y que la ultima declaracion presentada tenga fecha de junio como me lo solicitan.

Si presentara estas complementarias los auditores tendrian algun fundamento para decirme que omiti los impuestos si no me autorizan el aviso.?

Seria mejor presentar el escrito con base en el Art. 23 y 9 del Reglamento del CFF y que dado caso me cobraran recargos y actualizaciones?

O en su defecto presentar las complementarias, pero no se si el pago provisional y el aviso actual me lo tendrian por valido y el presentar las complementarias no me afectaria en cuanto a las multas?, o tomarian el impuesto como omitido y sobre este calcularían las multas?

Porque ya me dijeron en hacienda que no me van a aceptar el aviso si no lo modifico, entonces la otra opcion seria presentar un recurso/

Como ven?....
 
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contabilidad_bmc
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12/Sep/08 16:22
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Pues tal y como lo he venido comentando, tu aviso de compensación, el primero, estuvo bien presentado, no tenías porque presentar un complementario, entiendo que el segundo aviso, el complementario no te lo han recibido porque no concuerdan las fechas, en ese sentido sigue vigente el primer aviso, obviamente en la medida que no te hayas desistido como te indicaron.

Lo interesante sería ver el requerimiento que te hicieron, ver como lo contestaste, asi como también ver si ya hubo un rechazo expreso a fin de que se interponga el recurso de revocación correspondiente, si gustas y puedes, enviame a mi correo copia de los documentos escaneados y te los reviso, para darte mi opinión y orientarte que puedes hacer, porque así estamos un poco a ciegas.

Saludos.
 
Javier Zambrano Guadalajara, Jalisco
 
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javsaid
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12/Sep/08 19:11
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Hola Javier;

Si me gustaria enviarte la información porque ya he estado checando con otros contadores y la verdad que no se que me convenga mas hacer, tu opinion me sería de mucha ayuda ya que la proxima semana tendria que estar solventando mi requerimiento.

Estuve buscando tu correo en la ficha pero no lo encuentro, si me lo puedes enviar te escribo, ya tengo escaneados los documentos y algunos articulos que estuve checando, solo seria cuestion de enviarlos.

Mil Gracias por tu atención....
 
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contabilidad_bmc
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12/Sep/08 19:24
Re: Aviso de compensacion ISR vs IETU

Ok, mira enviame un correo a javsaid@hotmail.com, enviame un hola o algo por el estilo para tener tu correo y en mi contestación te envio el correo al que deseo me envies los documentos.



Saludos.
 
Javier Zambrano Guadalajara, Jalisco
 
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javsaid
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