01/Ago/08 19:07
NO SE SI SEA PORQUE YA ES GRACIAS A DIOS VIERNES....Y DIA DE COBRO....PERO TENGO LA SIGUIENTE DUDA:
LOS BANCOS EN ALGUNOS CASOS ME CARGARON EL IDE EL DIA DE AYER 31 DE JULIO, PERO OTROS ME LO CARGARON HOY DIA 1 DE AGOSTO, CON LOS QUE LO CARGARON EL DIA 31 NO HAY PROBLEMA...PERO LOS DEL DIA 01...LO DIGO POR LO CUESTION DE COMO REGISTRARLO CONTABLEMENTE EN JULIO PARA PODERMELO ACREDITAR EN AGOSTO....YA QUE LA REGLA I.11.28 ME LO PERMITE
[code:1:9ca3c2c6e5]I.11.28. Para los efectos de los artículos 4, fracción V, 7 y 8 de la Ley del IDE, se podrá considerar que el IDE correspondiente al mes de que se trate fue efectivamente pagado en dicho mes, aún cuando hubiese sido recaudado el día hábil siguiente al último día del mismo mes.
LIDE 4, 7 y 8
[/code:1:9ca3c2c6e5]
[code:1:9ca3c2c6e5]ESTAS DUDAS SALIERON DESPUES DE FUMARMELA CON EL EXTINTO BR1[/code:1:9ca3c2c6e5]
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
------------------------------------
L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
|
lcruizuscanga
Coronel
Mensajes:
4709
Ingresó:
Marzo 16, 2005
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
02/Ago/08 0:00
Re: ASIENTO CONTABLE IDE
c/o IMPUESTOS POR RECUPERAR
IDE por recuperar 2,000
c/r BANCOS
Banco X 2,000
Registro de la retencion efectuada por el banco X
-----------------------------------------------------------------
IMPUESTOS POR PAGAR
c/o ISR por pagar 1,000
c/o IETU por pagar 1,000
c/r IMPUESTOS POR RECUPERAR
IDE por recuperar 2,000
Registro del acreditamiento del IDE para pagar varios impuestos por pagar
Esa regla permite el acreditamiento desde el dia siguiente, pero la LIDE, no limita el acreditamiento por lo que tambien la LEY prevee lo que esa regla seria un simple procedimiento aclaratorio de la LIDE
Mi conclusion con respecto a esa regla, es que es meramente explicativa y no otorgaria una facilidad que sea mayor provecho que lo que se presenta en el texto de la LIDE
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
|
enrique9727
General de División
Mensajes:
15565
Ingresó:
Julio 10, 2007
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
02/Ago/08 8:55
Re: ASIENTO CONTABLE IDE
Totalmente de acuerdo...pero la cuestion es la siguiente:
El banco me retiene el IDE el dia 01 del siguiente mes....por lo que pensando mi asiento podria quedar asi:
+=Cargos
-=Abonos
31/julio/2008
+IDE-------$1,000.00
-Imptos X Pagar-----$1,000.00
Aqui haria la provision reconciendo que debo el IDE, pero que fiscalmente lo puedo considerar en el mes siempre y cuando el banco me lo retenga al dia habil siguiente....aunque contablemente lo debo al 31 de julio, fiscalmente lo puedo considerar ya como pagado.
01/agosto/2008
+Imptos x Pagar-----$1,000.00
-Bancos--------------------------$1,000.00
Aqui reconozco que el banco ya me retuvo el IDE por lo tanto cancelo mi proision....
17/agosto/2008
+ISR Propio----------$1,500.00
+ISR Retenido---------$500.00
-Bancos--------------------------$ 500.00
-IDE------------------------------$1,000.00
Aqui aplicaria el IDE contra ISR propio y retenido a terceros...
Saludos.
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
------------------------------------
L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
|
lcruizuscanga
Coronel
Mensajes:
4709
Ingresó:
Marzo 16, 2005
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
04/Ago/08 8:21
Re: ASIENTO CONTABLE IDE
RuizUzcanga: Totalmente de acuerdo con el asiento de la provisión ya que con ello estás reflejando que tienes un impuesto x pagar al cierre de mes (mismo que de acuerdo a la disposición comentada, lo puedes utilizar para efectos fiscales en Julio siempre y cuando el banco te lo retenga el día hábil siguiente al último del mes) mismo que te será descontado de la cuenta al día hábil siguiente.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
|
CP_PACO
General Brigadier
Mensajes:
14518
Ingresó:
Marzo 10, 2005
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
04/Ago/08 9:42
CONTADORES
ENTONCES AUNQUE ME LO HAYAN RETENIDO EL 1 DE AGOSTO, ME LO PUEDO ACREDITAR EN EL MES DE JULIO?
MATTY
|
coptima
Teniente
Mensajes:
308
Ingresó:
Mayo 31, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
04/Ago/08 10:00
Re: ASIENTO CONTABLE IDE
ASI ES...DE ACUERDO A LA REGLA MIESCELANEA QUE PUSE EN EL TOPICO INICIAL....
PRECISAMENTE DE AHI ESTRIBA LA PREGUNTA DEL ASIENTO CONTABLE...
SALUDOS...
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
------------------------------------
L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
|
lcruizuscanga
Coronel
Mensajes:
4709
Ingresó:
Marzo 16, 2005
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
05/Ago/08 13:11
Re: ASIENTO CONTABLE IDE
Pero si por alguna razon el banco me lo carga despues del dia siguiente habil..en este caso el 2 de agosto...ya no me lo podre acreditar en el mes de julio....
saludos
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
------------------------------------
L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
|
lcruizuscanga
Coronel
Mensajes:
4709
Ingresó:
Marzo 16, 2005
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
05/Ago/08 13:15
muy buena pregunta,
me acaba de pasar en banamex
alguien nos podria ayudar
MATTY
|
coptima
Teniente
Mensajes:
308
Ingresó:
Mayo 31, 2004
Ubicación:
|
No Conectado |
Agregar como amigo
|
05/Ago/08 13:34
Re: ASIENTO CONTABLE IDE
Bueno no fue pregunta...es a la conclusion que llego...esto por la redaccion de la ya citada regla miscelanea....
[code:1:a718cfb9e2]I.11.28. Para los efectos de los artículos 4, fracción V, 7 y 8 de la Ley del IDE, se podrá considerar que el IDE correspondiente al mes de que se trate fue efectivamente pagado en dicho mes, aún cuando hubiese sido recaudado el día hábil siguiente al último día del mismo mes.
LIDE 4, 7 y 8 [/code:1:a718cfb9e2]
**ES MI MAS HUMILDE OPINION**
------------------------------------
L.C. RUIZ
**Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
|
lcruizuscanga
Coronel
Mensajes:
4709
Ingresó:
Marzo 16, 2005
Ubicación:
|
Conectado |
Agregar como amigo
|
|