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15/Feb/08 13:46
Re: Acreditamiento de ISR retenido por instituciones banc. I

Lo que pasa es que ya cerre mes, calcule PP y los estados financieros... que si no ni meto la nariz en el tema.... :D
 
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BR1
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15/Feb/08 14:29
Re: Acreditamiento de ISR retenido por instituciones banc. I

Me queda claro que si puedo acreditarme el ISR retenido por Instituciones bancarias como lo señalan, la duda es la siguiente.

No tengo por pagar ISR ( por perdidas acumuladas ) por esta razón no he podido acreditarme los intereses retenidos de ejercicios anteriores ya que pagaba IMPAC,
Ahora tambien tengo que pagar IETU, puedo acreditarme el saldo acumulado de los intereses o solo del periodo?' esa es mi gran duda.

Gracias nuevamente.


Mike
 
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Mikeleyva
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15/Feb/08 16:13
Re: Acreditamiento de ISR retenido por instituciones banc. I

Primero habria que analizar el procedimiento o los procedimientos de acreditamiento.

En ocasione se procederia a realizarse el acreditamiento contra ISR, pero supongo que al manifestarse en ISR, habria que anotarse en los pagos provisionales del IETU, como lo especifica Br1.

De esa manera no se duplicarian los acreditamientos y de manera muy facil verificarlos.

Ahora respondiendo a la pregunta ultima de manera categorica:

Ahora tambien tengo que pagar IETU, puedo acreditarme el saldo acumulado de los intereses o solo del periodo?' esa es mi gran duda.

Pienso que las retenciones seria el equivalente a pagos provisionales, a llegar la declaracion anual... esa provisionalidad desaparece. Ya no se pueden acreditar posteriormente, serian anticipos por el año en que no se acreditaron.

¿Que caso habria de tener un ISR retenido de Nov y dic 2007?.... y estas no fueron manifestadas en la declaracion del 2007, como un acreditamiento.

Si no fueron aplicadas a esa declaracion anual, ya no podrian aplicarse a otro año distinto, pero si se podrian aplicarse al ejercicio en que corresponderia mediante una declaracion complementaria.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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15/Feb/08 16:33
Re: Acreditamiento de ISR retenido por instituciones banc. I

[quote:6cb4ba78cf="Mikeleyva"]Me queda claro que si puedo acreditarme el ISR retenido por Instituciones bancarias como lo señalan, la duda es la siguiente.

No tengo por pagar ISR ( por perdidas acumuladas ) por esta razón no he podido acreditarme los intereses retenidos de ejercicios anteriores ya que pagaba IMPAC,
Ahora tambien tengo que pagar IETU, puedo acreditarme el saldo acumulado de los intereses o solo del periodo?' esa es mi gran duda.

Gracias nuevamente.


Mike[/quote:6cb4ba78cf]

Las retenciones de ISR por intereses, en tu caso debieron manifestarse como ISR a favor en el ejercicio en que fueron retenidas (por que comentas que no tuviste ISR a cargo)....y por lo tanto seria un saldo a favor compensable contra IETU a cargo de PP o anual 2008

Son las retenciones de ISR apartir de Enero 2008 las que podras acreditar contra IETU......recuerda el ISR es ANUAL
 
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BR1
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15/Feb/08 16:38
Re: Acreditamiento de ISR retenido por instituciones banc. I

Muy bien BR1 mas claro ni el agua, gracias por tu valiosa ayuda.


Saludos.


MLeyva
 
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Mikeleyva
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