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27/Sep/07 17:21
CONSTANCIA DE RESIDENCIA

UNA PERSONA QUE VIVE EN EL EXTRANJERO QUE DOCUMENTO ME DEBE PRESENTAR PARA VERIFICAR QUE ES RESIDENTE EN ESTADOS UNIDOS Y NO REALIZARLE LA RETENCION DE ISR
 
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kyko
Subteniente

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27/Sep/07 17:58
Re: CONSTANCIA DE RESIDENCIA

Probablemente:

Contar con acta de nacimiento mexicana, estar dado de alta en el padrón del RFC de la SHCP, o en su defecto contar con establecimiento permanente en México registrado en la SHCP....

y solo para ciertas situaciones dependiendo ¿qué es lo que se paga? y ¿quién pagaría? y ¿a quién se le pagaría?

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En caso contrario debe haber retención o absorverse el gasto de la retención que marcarían las leyes.

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Analiza por que se aplicaría la retención, tiene un ¿por qué?
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Sep/07 18:03
Re: CONSTANCIA DE RESIDENCIA

RISR

Artículo 6o. Para los efectos del artículo 5o. de la Ley, los contribuyentes que deseen acreditar su residencia fiscal en otro país con el que México tenga celebrado un tratado para evitar la doble tributación, podrán hacerlo mediante las certificaciones de residencia o de la presentación de la declaración del último ejercicio del impuesto.

En el caso de que al momento de acreditar su residencia no haya vencido el plazo para presentar la declaración del último ejercicio, se aceptará la certificación en la que conste que presentaron su declaración del impuesto por el penúltimo ejercicio.

Las certificaciones a que se refiere este artículo deberán estar expedidas por la autoridad fiscal del país de que se trate y tendrán vigencia durante el año de calendario en el que se expidan.
 
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BR1
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28/Sep/07 10:30
Re: CONSTANCIA DE RESIDENCIA

ojo el hecho de ser RF en EUA no significa que no haya retencion, ojo en todo caso aplicaria tasa preferencial conforme a tratado dependiendo de los ingresos , a menos que te refieras a ingresos por salarios y la estancia no sea mas de 183 dias no?
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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28/Sep/07 11:56

CJ de donde sacaste los 183 dias?
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
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28/Sep/07 12:28

Para la residencia: la constancia de residencia de 6 meses, en el periodo de un año.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
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