27/Sep/07 17:58
Re: CONSTANCIA DE RESIDENCIA
Probablemente:
Contar con acta de nacimiento mexicana, estar dado de alta en el padrón del RFC de la SHCP, o en su defecto contar con establecimiento permanente en México registrado en la SHCP....
y solo para ciertas situaciones dependiendo ¿qué es lo que se paga? y ¿quién pagaría? y ¿a quién se le pagaría?
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En caso contrario debe haber retención o absorverse el gasto de la retención que marcarían las leyes.
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Analiza por que se aplicaría la retención, tiene un ¿por qué?
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?