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17/Ene/07 12:38
Depreciación de Automoviles a partir de 2007

Buenas Tardes Compañero Foristas

De que manera se calcula la depreciacion de automoviles, consideranco que el tope maximo de deducción es de $175,000.00 a partir de este año:

MOI: $400,000.00
Tasa de Deprec: 25% anual

Fundamentos Art. 37 y Art. 42 Fracc. II

para 2007 $400,000.00 x .25 = $100,000 + Act.

Para 2008 $400,000.00 x .25 = $100,000, se ajusta a 75,000 +act

entonces tendria depreciado el tope autorizado en 2 años.

o sería

$175,000.00 x .25 = $43,750.00+ act. por 4 años

Cual de los 2 casos es el correcto????

El art. 37 en su primer parrafó menciona: "las inversiones únicamente se podrán deducir mediante la aplicación, en cada ejercicio, de los porcientos maximos autorizados por esta ley [color=blue:fb940292e0][u:fb940292e0](en automoviles el 25%)[/u:fb940292e0][/color:fb940292e0][size=18:fb940292e0],[/size:fb940292e0][/b:fb940292e0] SOBRE EL MONTO ORIGINAL DE LA INVERSIÓN[b:fb940292e0][size=18:fb940292e0],[/size:fb940292e0] con las limitaciones en deducciones que, en su caso, establezca esta ley............."

De acuerdo al texto del art. 37, el calcul en el primer en mi opinión sería correcto.

Que opinan al respecto?

Espero sus comentarios.
 
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jancona
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17/Ene/07 16:28

Yo también, anteriormente lo leía asi... se lo comente a mi jefe ( quien era demasiado conservador) y claro que me hecho para atrás esa interpretación pero apoyo tu comentario.

Saludos!
 
Saludos!
 
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doqu
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17/Ene/07 17:07

Es la segunda opción considerando que el automovil lo adquieres a partir de 2007.
 
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Mem
Teniente Coronel

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17/Ene/07 18:00

Pero el párrafo de te habla de "las inversiones serán deducibles ...." y claro que las inversiones se deducen por ejercicio si se lee así, se podría pensar que el límite se establece por año ($175) y no habla del MOI, lo que pasa es que antes de la reforma a la LISR en 2002, esta definición si estaba aclarada en ley, que se refería al límite en el MOI para que pudiera procederse a la deducción de la inversión, sin embargo en la reforma de 2002 este párrafo no se transcribió, se les paso o no lo quisieron poner y como todos estabamos acostumbrados a leer toda la explicación, quiza en un principio no nos detuvimos a ver que la ley no explica si se refiere al monto de deducción por ejercicio o al límite del MOI.

Y a la fecha desde 2002 continua sin explicarlo.


Saludos!
 
Saludos!
 
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doqu
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17/Ene/07 22:56
Re: Depreciación de Automoviles a partir de 2007

Yo pienso que se aplica el 25% sobre $175,000.00 ya que este es el tope a deducir autorizado y no sobre $400,000.00.
 
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jjre17
Cabo

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18/Ene/07 9:12

Hola jancona, considero que la segunda opción es la correcta.

Saludos
 
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lc_psantos
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18/Ene/07 9:23

Quieres evitarte complicaciones, toma la opción uno que mencionas.

Quieres "jugar" a pasarte de listo, toma la segunda opción.

Finalmente sólo resta evaluar el costo beneficio.
 
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Mem
Teniente Coronel

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18/Ene/07 10:15
Re: Depreciación de Automoviles a partir de 2007

Estimado Mem, no es que este "jugando", simplemente es cuestion de interpretación de la ley, que en mi opinión es correcto el primer caso que presento. Pero en todo caso Tu como aplicas la depreciación, en tu comentario anterior dijiste que el segundo caso es el correcto en tu último comentario me dices que tome la opción uno y me terminas diciendo que si quiero pasarme de listo tome la segunda opción, ¿¿entonces quien esta jugando??, esto es sin el animo de ofender ni de armar una discusión, solo quiero que me aclares que caso aplicas.

Ahora como menciono el compañero doqu, siendo coservadores (como su jefe), aplican la depreciacion como en el segundo caso.


saludos

jancona
 
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jancona
Sargento Primero

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18/Ene/07 12:16

Sera que soy conservador, pero la opcion es la segunda.
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
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vabdo
General de Brigada

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18/Ene/07 13:10

Estimados:

La verdad yo estoy de acuerdo con Doqu y Jancona, el articulo 37 menciona que aplicaras el porcentaje de deduccion directamente sobre el MOI, el mismo articulo define lo que es MOI.

El articulo 42 fraccion II establece hasta donde lo puedes deducir.

En mi apreciacion seria la primera opcion. Seria bueno que nuestros colegas que estan manejando una interpretacion contraria utilicen el texto de los articulos en comento para fundamentar su posicion.

Saludos cordiales.
 
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ezuniga
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