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20/Abr/06 20:24
Dividendo de la CUFIN

Estoy confundido con relación a los dividendos provenientes de la CUFIN. La empresa manifesto en la informativa del mes de febrero, que los accionistas reccibieron dividendos de la CUFIN, y lo manifestaron como no acumulable.
Al hacer la declaración anual de algunos de los accionistas por tener otros ingresos, me encuentro con el capítulo de dividendos.
A mi entender este se refiere a aquellos dividendos no provenientes de la CUFIN, ya que al poner los datos el programa hace la piramidación y los datos no concuerdan con la informativa presentada en febrero, ya que la empresa no retuvo impuesto ni lo entero.
Los dividendos provenientes de la cufin, ¿en que parte de la declaración anual se informan ya que no son acumulables?
O bien no se anotan dentro de los renglones de la declaración.
????????????????

Auda an te la ignorancia.

Petrus
 
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Petrus
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21/Abr/06 9:09
Re: Dividendo de la CUFIN

En principio te comento que los dividendos SI son acumulables

Pero yo te pregunto en que te basas para decir que no son acumulables?

Dame tu fundamento por favor
 
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gerardoba
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21/Abr/06 11:49
Re: Dividendo de la CUFIN

El artículo 11 de la ley del impuesto sobre la renta, señala el procedimiento para el cáculo del impuesto cuando los dividendos no provienen de la cufin haciendo la piramidación correspondiente y la empresa hace la retención y el entero del impuesto. Esto relacionado con el artículo 89 de la ley ISR.
En el mismo artículo 11 señala en su cuarto que no se gravan los dividendos que provengan de la CUFIN.
Al llenar el formato del dimm de las informativas del mes de febrero, señala en el concepto de dividendos, si estos provienen de la CUFIN.
Ahora bien al momento de llenar la declaración anual de personas físicas, siguiendo como instructivo la revista PAF y confirmado con asistencia al contribuyente del SAT, la cantidad que se llena en el capìtulo de Dividendos, son aquellos que no provienen de la CUFIN.
La revista PAF, explica en el llenado de la declaraciión que únicamente se consideran los dividendos que no provienen de la CUFIN, ya que determina automaticamente la piramidación del impuesto.
Sin embargo el artículo 165 de la Ley ISR, señala claramente que los dividendos se deberán acumular a sus demás ingresos, cabe señalar que no hace la distinción si provienen o no de la CUFIN.
Con el fin de no perjudicar a la persona física, en concenso del equipo auditor, fiscalista y tú servidor, consideramos que los dividendos provenientes del la CUFIN, no son acumulables en virtud, de que NO SE SE ACUMULAN a los demás ingresos, ya que el formato de la declaración anual hasta donde lo examinado, no los señala y no da opción de como declararlos.
En conclusión se que no es muy apegada en sentido estricto a la LEY y el formato no deja opción y en consecuencia no hay que incluirlos en la declaración, ya que no hay opciones, por eso manifeste tal vez erroreamente que los dividendos de la CUFIN, no son acumulables.

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21/Abr/06 12:04
Re: Dividendo de la CUFIN

CAPÍTULO VIII
DE LOS INGRESOS POR DIVIDENDOS Y EN GENERAL POR LAS GANANCIAS DISTRIBUIDAS POR PERSONAS MORALES

Artículo 165. Las personas físicas deberán acumular a sus demás ingresos, los percibidos por dividendos o utilidades.Asimismo, dichas personas físicas podrán acreditar, contra el impuesto que se determine en su declaración anual, el impuesto sobre la renta pagado por la sociedad que distribuyó los dividendos o utilidades, siempre que quien efectúe el acreditamiento a que se refiere este párrafo considere como ingreso acumulable, además del dividendo o utilidad percibido, el monto del impuesto sobre la renta pagado por dicha sociedad correspondiente al dividendo o utilidad percibido y además cuenten con la constancia a que se refiere la fracción XIV del artículo 86 de esta Ley. Para estos efectos, el impuesto pagado por la sociedad se determinará aplicando la tasa del artículo 10 de esta Ley, al resultado de multiplicar el dividendo o utilidad por el factor de 1.3889.
Párrafo reformado DOF 01-12-2004

Se entiende que el ingreso lo percibe el propietario del título valor y, en el caso de partes sociales, la persona que aparezca como titular de las mismas.

Para los efectos de este artículo, también se consideran dividendos o utilidades distribuidos, los siguientes:

I. Los intereses a que se refiere el artículo 123 de la Ley General de Sociedades Mercantiles y las participaciones en la utilidad que se paguen a favor de obligacionistas u otros, por sociedades mercantiles residentes en México o por sociedades nacionales de crédito.

II. Los préstamos a los socios o accionistas, a excepción de aquéllos que reúnan los siguientes requisitos:

a) Que sean consecuencia normal de las operaciones de la persona moral.

b) Que se pacte a plazo menor de un año.

c) Que el interés pactado sea igual o superior a la tasa que fije la Ley de Ingresos de la Federación para la prórroga de créditos fiscales.

d) Que efectivamente se cumplan estas condiciones pactadas.

III. Las erogaciones que no sean deducibles conforme a esta Ley y beneficien a los accionistas de personas morales.

IV. Las omisiones de ingresos o las compras no realizadas e indebidamente registradas.

V. La utilidad fiscal determinada, inclusive presuntivamente, por las autoridades fiscales.

VI. La modificación a la utilidad fiscal derivada de la determinación de los ingresos acumulables y de las deducciones, autorizadas en operaciones celebradas entre partes relacionadas, hecha por dichas autoridades.
 
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21/Abr/06 12:09
Re: Dividendo de la CUFIN

Como comentario adicional

El art 11 es para PM, si estas llenando declaracion de PF trata de ver los articulos de PF

Esperemos mas comentarios
 
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21/Abr/06 16:16
Re: Dividendo de la CUFIN

Gracias por su apoyo, sin embargo aclaro lo siguiente.
Me queda muy claro el artículo 165 de la ley, el problema es el formato de la declaración anual, ya que al poner el dato de los dividendos los piramida y solicita los datos de la empresa que hizo la retención y entero.
Cabe mencionar que como son dividendos de la CUFIN, la empresa al momento de repartirlos, ni los piramido, ni hay retención de impuesto porque no esta obligada hacerlo artículo 11 4rto parráfo.
Si la persona física que recibio los dividendos los declara en el renglon de dividendos y los piramida, se encuentra falseando la constancia que entrego la empresa ya que esta constancia claramente señalan que son dividendos de la CUFIN y que no hay retención de impuestos.
No creo que sea correcto, señalar los dividendos por una cantidad mayor, restarle el ISR, para que de el importe neto, y así acumular los dividendos, dejando a la empresa en sus informativas incorrectamente, ya que la empresa informo sin piramidación y la persona física los piramido y hace cálculos más allá de las constancias.
Y será muy aventurado hacer lo que dice el art 165 .....
[i:6151c26dc2]podrán acreditar contra el impuesto sobre la renta pagado por la sociedad que distribuyo dividendos, siempre que quién efectue el acreditamiento a que se refiere este parrafo considere como ingresos acumulable, además del dividendo el monto del impuesto sobre la renta pagado por dicha sociedad correspondiente al dividendo y además cuenten con la constancia de la fracción XIV del artículo 86.
Es muy aventurado jugarsela de esta manera, ya que se consideran datos que no estan en la constancia y es muy ambiguo pensar que el impuesto sobre la renta al que hace mención sean los impuestos pagados por la sociedad.
Mi posición es que no es clara la forma para declarar los ingresos por dividendos provenientes de la CUFIN, ya que implica soposiciones de la piramidación del impuesto, suponer un impuesto que pago la empresa, y no es clara la disposición si es a cuenta de los impuestos que ya pago la empresa o se refiere a una retención especifica.
La revista PAF, señala claramente que EL CAPITULO DE DIVIDENDOS, es únicamente para los dividendos que no provienen de la CUFIN.
Mi duda sigue en pie SE INCLUYE EN EL FORMATO LOS INGRESOS POR DIVIDENDOS??????
PETRUS[/i:6151c26dc2]
 
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Petrus
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22/Abr/06 6:46
Re: Dividendo de la CUFIN

Primero te prueba metiendo los datos del dividendos piramidado en la declaracion anual y compara el resultado del impuesto con y sin los dividendos

Segundo la empresa debio entragar contancia a los accionistas por el pago del dividendo

te mando un correo con mas datos y si puedo dame tu telefono para llamarte hoy mismo
 
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22/Abr/06 9:31
Re: Dividendo de la CUFIN

Gracias:

La empresa efectivamente entrego la constancia, pero esta unicamente hace referencia al importe entregado en el cheque, y una copia de la misma se adjunto a la poliza cheque y el importe del cheque coincide con la constancia.

mi celular, porque casi no estoy en la oficina es 777 (clave de cuenavaca)330-88-37.

GraciaS por el apoyo


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22/Abr/06 14:19
Re: Dividendo de la CUFIN

Buenas tardes Petrus, ya sali de mi oficina y me encuentro en mi casa, seguimos con el tema hasta el lunes, de la oficina sale mas barata la llamada ok?

Me mandaste tu correo?

Dime a que hora te puedo llamar?

El lunes salgo de la oficina a las 12:30 y me tardo en regresar 1 hora

Saludos y que pases un buen fin
 
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22/Abr/06 19:12
Re: Dividendo de la CUFIN

Los correos electronicos son ;

icsaconsultores @prodigy.net.mx
ppetrus2003@yahoo.com
einesta@hotmail.com

tel de oficina 777 312 66 64 despues de las 11.00

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