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30/Mar/06 18:45
PAGO DE SEPTIMO DIA EN CASO DE VACACIONES

:) [color=darkblue:6eb5731ce2]HOLA ! TENGO DUDA SOBRE SI SE PAGA EL SEPTIMO DIA CUANDO EL TRABAJADOR SALIO DE VACACIONES, YA SEA PROPORCIONAL EN CASO DE QUE LAS VACACIONES SEAN DE 4 DIAS O COMPLETO SI SALIO DE VACACIONES 6 DIAS.

EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO DICE QUE EL SEPTIMO DIA SE PAGA POR CADA 6 DIAS DE TRABAJO LABORADOS, PERO LAS VACACIONES COMO SE CONSIDERAN?

PUEDEN AYUDARME?[/color:6eb5731ce2]
 
LI ELIZABETH MIRAMONTES
 
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solarsoftware
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30/Mar/06 19:06
Re: PAGO DE SEPTIMO DIA EN CASO DE VACACIONES

LA LEY ES CLARA !!! POR CADA 6 DIAS DE TRABAJO...DISFRUTARA DE UN DIA DE DESCANSO (SEPTIMO DIA)

SI EL TRABAJADOR ESTÀ DE VACACIONES...NO TENDRA DERECHO AL COBRO DEL MISMO, YA QUE SE LE DA POR TRABAJAR...NO POR VACACIONAR!

SALUDOS :D
 
La humildad, mayor tesoro del Hombre!! lgmliu@hotmail.com
 
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LIU
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30/Mar/06 20:30

ME GUSTA TU INTERPRETACION LIU, MAS RECORDEMOS QUE LA LFT EN SU INTERPRETACION SIEMPRE SE INCLINA AL TRABAJADOR, Y CONSIDERO QUE SE TENDRIA QUE PAGAR EL SEPTIMO DIA EN FORMA PROPORCIONAL A LOS SEIS DIAS DE "SALARIO" Y EL CONCEPTO DE SALARIO EN EL ART 83 DEFINE QUE ES LA RETRIBUCION QUE DEBE PAGAR EL PATRON AL TRABAJADOR POR SU T R A B A J O; INDEPENDIENTEMENTE SI ES EN PERIODO VACACIONAL O DE LABORES.
 
TORREZ & ASOCIADOS
 
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TORREZ
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30/Mar/06 21:03
Re: PAGO DE SEPTIMO DIA EN CASO DE VACACIONES

:| Buenas noches. Y complementando lo que dice el amig@ Torres, la prima vacacional se paga unicamente sobre los dias de vacaciones. Numeritos, numeritos: Cobras en forma semanal. Te tocan 6 dias de vacaciones. Te pagan 6 dias de vac + 25% de prima + 7o dia. Numeritos, numeritos: Salario diario = $100.00, sustituyendo... 6 x 100 = 600.00 + 25% = 600 + 150.00 + 7o dia = 100.00 Gran total = 600 de vac + 150 de prima + 100 del 7o dia. Asi es, estes o no de vac, el 7o se paga, porque las vac = salario...

Saluetes,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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31/Mar/06 10:10
Re: PAGO DE SEPTIMO DIA EN CASO DE VACACIONES

MUCHAS GRACIAS A TODOS, YO OPINO IGUAL QUE EL LIC. YA QUE EL HECHO DE NO IR A TRBAJAR ES POR ESTAR EJERCIENDO UN DERECHO, QUE SON LAS VACACIONES Y SE LO GANA EL TRABAJADOR LUEGO DE UN AÑO DE TRABAJO.

PERO EN MI EMPRESA, ME PIDEN EL FUNDAMENTO LEGAL.

ALGUIEN SABRA EN DONDE LO PUEDO ENCONTRAR?
 
LI ELIZABETH MIRAMONTES
 
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solarsoftware
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31/Mar/06 12:32
Re: PAGO DE SEPTIMO DIA EN CASO DE VACACIONES

Yo difiero de lo que se dice en relacion al pago del septimo dia. mas bien, se consideran los dias que por ley estas obligado a pagar, mas la prima del 25% y el septimo dia es un dia de descanso. Es posible que sea costumbre que se haga como dice el Lic. Soto, mas en cuanto a lo legal, considero que no se esta obligado a pagar la parte proporcional. Por ejemplo, se trabaja de Lunes a Sabado y se descansa domingo. al trabajador se le paga sus vacaciones de lunes a sabado mas la prima, y el domingo es su descanso. En realidad descansa 7 dias.Pero se le pagan 6 mas la prima. Asi es como lo he hecho siempre.
El septimo dia es considerado en casos de ausentismo, en ese caso, se calcula la parte proporcional.
SALUDOS A TODOS LOS QUE DIFIERAN DE LO QUE ESCRIBI Y A LOS QUE ESTEN DE ACUERDO TAMBIEN. :)
 
Nosotros matamos el tiempo...pero el tiempo nos entierra. http://www.gifmania.com.mx/banderas/America_Central/Mexico/mexico_wf_mw.gif
 
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tijuana
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31/Mar/06 14:30
Re: PAGO DE SEPTIMO DIA EN CASO DE VACACIONES

Las vacaciones se consideran dias trabajados, al tener esa categoria se le aplican todos lo articulos relativos, por lo tanto si por cada 6 dias te corresponde el 7o dia, no importa si estas de vacaciones o no, lo unico adicional que el patron esta otorgando es el 25% de prima vacacional sobre el total de salarios, entonces el calculo debe de ser si el salario diario es de 100 pesos, por el primer año, le tocan 6 dias, serian 600 mas 100 del septimo dia y el 25% de 700 lo cual serian $175, acuerdense tambien que al ser dias trabajados, se les calcula el ISR de salarios, la retencion de IMSS, etc.
 
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teofiloperea
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31/Mar/06 15:00

HOLA....BUENAS TARDES..

ESTOY DE ACUERDO CON EL LIC.PEPESOTO..

TIJUANA...YO ANTES TENIA EL MISMO CONCEPTO TUYO..PERO ME METI EN PROBLEMAS CON CONCILIACION Y ARGUENDAJE....ASI ES QUE A PAGAR EL 7 DIA..Y LO TUVE QUE PAGAR A UN TRABAJADOR

SALE
 
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CPVICTORMANUEL
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01/Abr/06 10:04

Lo dicho, vacaciones sustitutas del salario, por ende gozan de su misma naturaleza.... Salario te da derecho a séptimo día, vacaciones idém...


Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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