Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
22/Sep/05 11:19
procedimiento de como se llenan recibos de arrendamiento

Tiene de casualidad alguien o conoce la liga para ver las diversas formas en que se llenan los recibos de arrendamiento, lo que pasa es que a veces veo que les ponen iva, a veces solo el monto, otros el ISR dependiendo de a que tipo de persona se le entregan?
 
Perfil

aorellan
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Septiembre 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 11:26
Re: procedimiento de como se llenan recibos de arrendamiento

SE LE PONE EL IVA CUANDO ES INMUEBLE COMERCIAL O CUANDO ES ARRENDAMIENTO DE LA CASA HABITACION ES CON MUEBLES. Y CUANDO EL ARRENDATARIO ES PERSONA MORAL SE LE RETIENE 2/3 PARTES DE IVA

SE RETIENE EL ISR CUANDO SE LE ARRENDA A UNA PERSONA MORAL Y EL ARRENDADOR ES PERSONA FISICA.
CUALQUIER DUDA ESTAMOS PARA AYUDAR
 
c.p. josé antonio mendoza pesquera
 
Perfil

jamendoz
Capitán Segundo

Mensajes: 431
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 11:32

Muy bien la aportacion de jamendoz solo quiero agregar, que si el arrendamiento es para alguna dependencia del gobierno NO le retiene IVA
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 11:33
Re: procedimiento de como se llenan recibos de arrendamiento

De conformidad con el Capítulo II de la LISR y Resolución Miscelánea Fiscal, las personas morales tienen la obligación de retenerte el 10 % de impuesto sobre la renta aplicado sobre el monto de la contraprestación cuando les rentes a dicha persona y tú seas persona física. Cuando eres persona moral arrendadora no tienes la obligación. O sea que lo anterior no aplica entre Persona Física y Persona Física y Persona Moral y Persona Moral. EL mismo caso es para la retención de IVA, solo que en este caso la retención es de las dos terceras partes del iva trasladado. Para el caso del IVA, a fuerza tienes que desglosarlo en tus comprobantes porque asi lo establece la LIVA, que cuando seas causante del impuesto debes de desglosarlo en tus comprobantes conforme al artículo 32 de la citada Ley. Claro que debes de tener en cuenta que la renta de casa habitación esta exenta de conformidad con el artículo 20 de la LIVA.
Espero que alguien me avale o me corrija. Ok?
 
Perfil

ferchinando
Cabo

Mensajes: 25
Ingresó: Agosto 21, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 11:34
Re: procedimiento de como se llenan recibos de arrendamiento

Muchas gracias a jamendoz
y tambien a Sargento segundo por la información
 
Perfil

aorellan
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Septiembre 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 11:39

Estas en lo correcto ferchinando
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 11:44

vabdo
Sargento Segundo



Ingresó: Aug 22, 2005
Mensajes: 45
Ubicación: Nuevo León
Enviado: Sep 22, 2005 10:32 am

--------------------------------------------------------------------------------
Muy bien la aportacion de jamendoz solo quiero agregar, que si el arrendamiento es para alguna dependencia del gobierno NO le retiene IVA
Disculpa cual es el fundamento?
 
MIENTRAS OTROS CREAN EL PROBLEMA OTROS LO SUFREN
 
Perfil

chino42
Soldado

Mensajes: 10
Ingresó: Junio 07, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Sep/05 12:09

[quote:8b27d3f5f5="vabdo"]Muy bien la aportacion de jamendoz solo quiero agregar, que si el arrendamiento es para alguna dependencia del gobierno NO le retiene IVA [color=red:8b27d3f5f5]Artículo 3o.- La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, los organismos descentralizados, las instituciones y asociaciones de beneficencia privada, las sociedades cooperativas o cualquiera otra persona, aunque conforme a otras leyes o decretos no causen impuestos federales o estén exentos de ellos, deberán aceptar la traslación a que se refiere el artículo primero y, en su caso, pagar el impuesto al valor agregado y trasladarlo, de acuerdo con los preceptos de esta Ley.

La Federación, el Distrito Federal, los Estados, los Municipios, así como sus organismos descentralizados y las instituciones públicas de seguridad social, tendrán la obligación de pagar el impuesto únicamente por los actos que realicen que no den lugar al pago de derechos o aprovechamientos, y sólo podrán acreditar el impuesto al valor agregado que les haya sido trasladado en las erogaciones o el pagado en la importación, que se identifique exclusivamente con las actividades por las que estén obligados al pago del impuesto establecido en esta Ley o les sea aplicable la tasa del 0%. Para el acreditamiento de referencia se deberán cumplir con los requisitos previstos en el artículo 4o. de esta Ley.

La Federación y sus organismos descentralizados efectuarán igualmente la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley cuando adquieran bienes, los usen o gocen temporalmente o reciban servicios, de personas físicas, o de residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en el país en el supuesto previsto en la fracción III del mismo artículo. También se efectuará la retención en los términos del artículo 1o.-A de esta Ley, en los casos en los que la Federación y sus organismos descentralizados reciban servicios de autotransporte terrestre de bienes prestados por personas morales. Los Estados, el Distrito Federal y los Municipios, así como sus organismos descentralizados no efectuarán la retención a que se refiere este párrafo.

Para los efectos de este impuesto, se consideran residentes en territorio nacional, además de los señalados en el Código Fiscal de la Federación, las personas físicas o las morales residentes en el extranjero que tengan uno o varios establecimientos en el país, por todos los actos o actividades que en los mismos realicen.[/color:8b27d3f5f5]
[/quote:8b27d3f5f5]
 
**ES MI MAS HUMILDE OPINION** ------------------------------------ L.C. RUIZ **Si ganas el éxito, disfrútalo. Si te toca la derrota, afróntala**
 
Perfil

lcruizuscanga
Coronel

Mensajes: 4709
Ingresó: Marzo 16, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo


Página: 1