Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
30/Ago/05 18:47
DESAPARECE EL ESTÍMULO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO AL ACTIVO PA

colegas me encontre este articulo en otra comunidad lo trascribo y espero nos sea de utilidad a todos :

aclaro los puntos son opinion del autor no necesariamente son los mios.

( crestomatia d.r. y/o c.w.)

DESAPARECE EL ESTÍMULO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO AL ACTIVO PARA EL EJERCICIO 2005.

C.P.C. Pedro Gaytán Ángeles



Desde el ejercicio de 1996, año con año aparecía publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto en el que se eximía del Impuesto al Activo a todos los contribuyentes, fueran personas físicas o morales, cuyos ingresos en el ejercicio anterior no hubieran excedido de cierto importe de ingresos para efectos del Impuesto sobre la Renta.

Baste para recordar el siguiente cuadro los ejercicios e importes de los ingresos para estar exentos de dicho tributo:



Ejercicio en el que aplica

la exención
Límite de ingresos en el ejercicio inmediato anterior, referidos al ISR (*)
Publicado en el DOF de fecha:

1996
7‘000,000.00
1º. de noviembre de 1995

1997
8’900,000.00
24 de diciembre de 1996

1998
10’000,000.00
29 de diciembre de 1997

1999
12’000,000.00
19 de marzo de 1999

2000
13’500,000.00
21 de febrero de 2000

2001
14’700,000.00
22 de marzo de 2001

2002
14’700,000.00
31 de mayo de 2002

2003
14’700,000.00
23 de abril de 2003

2004
14’700,000.00
5 de abril de 2004




(*) Siempre que el valor de sus activos en el ejercicio referido, calculado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo, no haya excedido de la cantidad señalada como límite de ingresos.

Como se puede observar, durante cuatro años, del 2001 al 2004, el límite de ingresos fue siempre la misma cantidad, $ 14’700,000.00, sin tomar en cuenta actualización alguna, ya que se trataba de un decreto presidencial con base en el artículo 39 fracción I del Código Fiscal de la Federación, que señala las facultades del ejecutivo mediante resoluciones de carácter general; no era un importe actualizable.

Durante tres años, 1996, 1997 y 1998, se publicó en forma anticipada la exención del impuesto en comento; durante los siguientes tres años, 1999 a 2001, las publicaciones se hicieron en fecha posterior al cierre del ejercicio pero antes de que terminara el primer trimestre del siguiente ejercicio, de manera que no era muy apremiante el problema de la presentación de los pagos provisionales; sin embargo, de 2002 a 2004 la publicación se volvió angustiante, ya que aparecía hasta abril o mayo, con el consiguiente problema de los pagos provisionales.

De manera que a estas alturas, agosto de 2005, no se ha hecho pública la exención con el inconveniente de que habrá contribuyentes que deben presentar en forma extemporánea los pagos provisionales del presente ejercicio. En este sentido, habrá que “echar mano” del artículo 5-A para minimizar el impacto del impuesto, previo el cálculo normal con el artículo 2. No debemos olvidar que, no obstante que el contribuyente estuvo exento del Impuesto al Activo, debió cumplir con las obligaciones formales de dicho impuesto, entre ellos su determinación, conforme al artículo 9 de la Ley del Impuesto al Activo, ya que había que manifestar los importes del valor de los activos y de las deudas en la declaración anual aunque el importe a pagar fuera cero.

No está por demás que mencionemos a la Ley de Ingresos de la Federación, en el sentido que exime del pago del Impuesto al Activo en el 2005 a las personas físicas que tributan en el régimen de pequeños contribuyentes, mas no así a los demás contribuyentes que antes, por el Decreto, se encontraban exentos.

Tal parece que el objetivo de la exención era estimular la inversión en las pequeñas y medianas empresas mas, como señalaba la iniciativa de ley de la inclusión del costo de lo vendido en la Ley del Impuesto sobre la Renta, el control de la inflación ha dado las condiciones favorables para suspender tal estímulo.

Se elucubraba en círculos de estudio de la Ley del Impuesto al Activo, en el sentido de que, al ser este impuesto el importe mínimo que se debe pagar en el Impuesto sobre la Renta, debía de incorporarse en la Ley del Impuesto al Activo la exención del multicitado decreto y así evitar su publicación. Sin comentarios.

Un argumento que se manifiesta por algunos estudiosos de la materia respecto de la no publicación de la exención es que, al derogarse el segundo párrafo del artículo 5º. de la Ley del Impuesto al Activo, el que señalaba que “no son deducibles las deudas contratadas con el sistema financiero o con su intermediación”, a partir de este ejercicio las deudas contratadas con el sistema financiero o con su intermediación ya son deducibles. Argumento muy alejado de la realidad, ya que el sistema financiero tiene restringidos los créditos, y más a las pequeñas y medianas empresas.

En el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los contribuyentes que se indican, publicado en el DOF el 5 de abril de 2004, el artículo Octavo indicaba literalmente lo siguiente:

Artículo Octavo. Se exime totalmente del pago del impuesto al activo que se cause durante el ejercicio fiscal de 2004, a los contribuyentes del citado impuesto cuyos ingresos totales en el ejercicio de 2003 no hubieran excedido de $14’700,000.00 (catorce millones setecientos mil pesos 00/100 M.N.) y siempre que el valor de sus activos en el citado ejercicio de 2003, calculado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo, no haya excedido de la cantidad señalada en este artículo.

¿Redacción que pertenece al pasado?
 
Perfil

marioafv
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Ago/05 18:54

EFECTIVAMENTE ESE ARTICULO APARECE EN OTRA PAGINA..............PERO ES CRITERIO DE SU AUTOR.......NO MUY FUERA DE LO REAL, POR CIERTO..............PERO SEGUIMOS ESPERANDO QUE LO PUBLIQUEN, ...O QUE NO......

SI EL PRIMERO DE ENERO, NO EXISTE PUBLICACION ........MUCHOS VAN O VAMOS A COMENZAR A PAGAR, TODO 2005 ACTUALIZADO Y RECARGADO

SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Ago/05 19:01

LOBOZAC :o( YO YA PAGUE PUES POR UN COMENTARIO DE UN AMIGO VAN A EMPEZAR A LLEGAR EN SEPTIEMBRE UNAS CARTAS INVITACION SOBRE TODO PARA LAS EMPRESAS DICTAMINADAS QUE SE BENEFICIABAN CON ESTE DECRETO.

SALUDOS.
 
Perfil

marioafv
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Ago/05 19:04
Re: DESAPARECE EL ESTÍMULO DE EXENCIÓN DEL IMPUESTO AL ACTIV

Hola a todos:
Con la novedad que yo me fui a preguntar directamente a la presidencia de la República a travez de su página web y que creen el dia de ayer me llego la respuesta en correo certificado en donde me dicen que los pequeños contribuyentes estan exentos de este impuesto cosa que ya todos estamos enterados pero depues dice "Por otra parte, se le comunica que para los demás contribuyentes, próximamente se publicará en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto con los supuestos para eximir el pago del impuesto al activo para el ejercicio fiscal 2005.".
Como la ven asi que yo creo que si se publicará tarde pero sin sueño.
 

 
Perfil

ereluna
Sargento Segundo

Mensajes: 76
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Ago/05 19:08

PUES LA VERDAD LOS QUE PAGARON COMO ES TU CASO, MIS FELICITACIONES, YA SE VERA EL "POSIBLE SALDO A FAVOR" EN LA ANUAL......LOS QUE NO HAN PAGADO, QUE SUERTUDOS, ESTO PARA CUANDO SALGA EL DECRETO.............SI ES QUE SALE........TENGO MIS DUDAS, .........PERO YA VEN COMO SE LAS GASTAN NUESTRAS AUTORIDADES


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Ago/05 19:25

YO COMO SANTO TOMAS HASTA NO VER NO CREER...

ADEMAS TENGO CUATRO CRITERIOS DE ASISNET QUE LO AVALAN EN LOS QUE ME MANIFIESTAN QUE DEBO DE PAGAR EL IMPAC.

PERO BUENO " QUE SERIA EL MUNDO SIN SUEÑOS "

Y SIN SOÑADORES....

LLENOS DE PESISMISTAS COMO YO.

QUE TENGAN LINDA TARDE NOCHE.

( YO A FOX YA NO LE CREO NADA ES COMO EL CHAPULIN COLORADO AL RATITO DICE... ES QUE SE ME CHISPOTEO )
 
Perfil

marioafv
Sargento Primero

Mensajes: 99
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1