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29/Ago/05 14:52
bonos de puntualidad y asistencia ayuda

Estoy leyendo un material sobre prevision social y el autor maneja estos bonos como gravados para efectos del I.S.R., la duda es en el sentido de que yo siempre los valore como de prevision social y exentos para isr, alguien tiene alguna opinion al respecto que me pudiera servir para normar un criterio mas solido, saludos
 
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gherhardho
Soldado

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29/Ago/05 15:05
Re: bonos de puntualidad y asistencia ayuda

HOLA

MIRA ESTA BIEN LA PERSONA QUE TE DIO EL CURSO POR LO SIGUIETE

LA PREVISION SOCIAL ES CON INDEPENDENCIA AL SALARIO, Y LOS PREMIOS POR PUNTUALIDA Y ASISITENCIA SON CONFORME A LOS DIAS :cry: QUE ESTA LABORANDO EL TRABAJADOR

SALUDOS
 
Todo cambia, Nada es lo mismo de hoy para mañana.
 
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floreshuerta
Teniente

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29/Ago/05 15:31
Re: bonos de puntualidad y asistencia ayuda

Los premios por puntalidad y asistencia estàn gravados al 100% para isr y excentos al 100% para imss, claro respetando los topes.

Saludos.
 
"Milli Vanilli"
 
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candelario
Capitán Segundo

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29/Ago/05 15:36
Re: bonos de puntualidad y asistencia ayuda

Además la previsión social de otorga para el beneficio de los trabajadores por la sola existencia de la relación laboral, es decir, no está condicionada, como es el caso de los bonos de asistencia y puntualidad, por lo cual gravan para efectos de ISR.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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29/Ago/05 16:21
Re: bonos de puntualidad y asistencia ayuda

Coinsido con los colegas, los premios son gravados al 100% para ISR.
:(
 
Nadie es dueño de la verdad absoluta.
 
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Giny
Sargento Primero

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29/Ago/05 16:32
Re: bonos de puntualidad y asistencia ayuda

Los premios de puntualidad y asistencia no son un gasto de previsión social, así como tampoco pueden considerarse desde un punto de vista administrativo como una medida que ayude a promover la eficiencia, sino que representan una medida de organización de control. El que los trabajadores sean puntuales o no falten a su trabajo no garantiza su eficiencia, pero si, ayuda a mejorar el orden en el trabajo del personal. Al no ser un gasto de previsión social no es requisito que sean otorgados de manera general y sobre las mismas bases, en consecuencia el monto del premio ya sea de puntualidad o asistencia dependerá de lo que acuerde el patrón con el trabajador.

y para ver el criterio de la autoridad tienes el siguiente criterio normativo

Premios por asistencia y puntualidad. No son ingresos análogos a los 44
establecidos en el artículo 109 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
57/2004/ISR
 
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pivo750510
Cabo

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29/Ago/05 18:08
Re: bonos de puntualidad y asistencia ayuda

muchas gracias, y reitero lo apuntado dada la certeza y seguridad juridica que me proporcionan sus comentarios, saludos
 
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gherhardho
Soldado

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