18/Ago/05 9:10
Re: Deducción de un automóvil
:) [/b]Hola:
Para IVA puedes pagar con bienes, en especie, etc. Pero la ley de ISR es omisa en estos casos, recordemos que un requisito para ser deducible es el pago con cheque si con deducciones mayores a $2,000.
Creo que los puntos medulares no son del IVA, sino de ISR que puede repercutir en IVA.
ISR:
1. El artículo 29 fracción IV establece las inversiones como una deduciión autorizada. No hay problema es claro y concreto.
1. El artículo 31 fracción III establece el requisito de documentación a nombre y con domicilio del adquiriente y si el pago es mayor a $ 2000 que sea con cheque. En este punto no excenta a las inversiones ni cualquier gasto de este requisito, por lo que se puede interpretar que si es pagado con otro bien que no sea un cheque, no cumpliriría un requisito de deducibilidad.
2. El artículo 37 no comtempla requisitos especificos en cuanto a documentación, aplicando el principio de derecho: "Norma espeficica deja sin efectos norma general", en este caso la norma general es la de los requisitos o sea artículo 31 y la especifica los artículos 37 al 45.
En resumen considero que si puede ser el pago con bienes o en especie, considero que la ley de ISR contemple expresamente las formas de pago contempladas en la ley del IVA. Para que el contribuyente tenga seguridad juridica y no este en idefensión .
Es mi humilde opinión, esperemos comentarios.
LOERA JIMENEZ Y ASOCIADOS