Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
27/Jun/05 16:20
los recargos y actualizacion son deducibles

:!: buenas tardes:

acabo de presentar mi declaracion de impuestos en forma extemporanea por un monto de $ 358.00; motivo por el cual se tuvieron que pagar actualizacion $ 62.00y recargos$ 18.00, me podrian decir el asiento contable de los impuestos, actualizacion y recargos para registrarlos en la contabilidad.
asi mismo, me pueden informar si la actualizacion y recargos, son deducibles, y el fundamento legal.

gracias

alonso.armeria@condorair.com
 
Perfil

kalma
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Junio 20, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/Jun/05 16:25
Re: los recargos y actualizacion son deducibles

[quote:81cd453f6c="kalma"] :!: buenas tardes:

acabo de presentar mi declaracion de impuestos en forma extemporanea por un monto de $ 358.00; motivo por el cual se tuvieron que pagar actualizacion $ 62.00y recargos$ 18.00, me podrian decir el asiento contable de los impuestos, actualizacion y recargos para registrarlos en la contabilidad.
asi mismo, me pueden informar si la actualizacion y recargos, son deducibles, y el fundamento legal.

gracias

alonso.armeria@condorair.com[/b:81cd453f6c][/quote:81cd453f6c]

LISR
ARTICULO 32. PARA LOS EFECTOS DE ESTE TITULO, NO SERAN DEDUCIBLES:
TAMPOCO SERAN DEDUCIBLES LOS SUBSIDIOS PARA EL EMPLEO Y PARA LA NIVELACION DEL INGRESO [b:81cd453f6c][u:81cd453f6c]NI LOS ACCESORIOS DE LAS CONTRIBUCIONES, A EXCEPCION DE LOS RECARGOS[/u:81cd453f6c] QUE EL CONTRIBUYENTE HUBIERE PAGADO EFECTIVAMENTE, INCLUSIVE MEDIANTE COMPENSACION.

En lo que respecta a tu duda contable espero que alguien te ayude.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
Perfil

jjfarias
Mayor

Mensajes: 1247
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/Jun/05 16:25
Re: los recargos y actualizacion son deducibles

Hola:

Son deducibles los recargos, la actualizacion, no.

El asiento contable lo armas de acuerdo, a que si los recargos son gastos deducibles y la actualizacion no.


Saludos
 
Perfil

mir100
Capitán Primero

Mensajes: 693
Ingresó: Mayo 03, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/Jun/05 16:32

Los recargos son deducibles, Fracc. I art. 32 de LISR.
Respecto a las actualizaciones, debido a que no es otra caso más que llevar a valor presente la contribución, es po lo tanto participe de la natualeza de este última, asi es que si la contribución es no deducible (ver art. 32 frac. I) considero que la actualización tampoco lo es, yo si hago deducibles las actualizaciones del 2% sobre nominas y las del IMSS e INFONAVIT derivado a el criterio que te comento anteriormente ya que estas contribuciones si son deducibles fiscalmente.
Tu registro seria:

Cargo

Gastos (Actualizacion y recargos) 250
ISR po pagar 1000

Abono
Bancos 1250

El ISR por pagar se carga debido a que anteriormente debiste haber hecho tu provisión por tal impuesto. Pero si no la hiciste crgas a gastos no deducibles (dependiendo de la contribución de que se trate) o deducibles en resultados.

Saludos !!!
 
RJS.
 
Perfil

ricardojsmx
Sargento Primero

Mensajes: 92
Ingresó: Junio 03, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/Jun/05 17:40
Re: los recargos y actualizacion son deducibles

gracias a todos por sus respuestas.
 
Perfil

kalma
Soldado

Mensajes: 2
Ingresó: Junio 20, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
27/Jun/05 17:41

[color=blue:b887820139]Con relación a las actualizaciones, checa el cuarto párrafo del artículo 17-A del CFF; los recargos conforme a lo establece el artículo 21 del CFF, serán deducibles según se señala en el segundo párrafo del la fracción I del artículo 32 de la LISR.[/color:b887820139]
 
jhiguera Hoy es el mejor día de tu existencia; se feliz.
 
Perfil

JHiguera
Teniente

Mensajes: 307
Ingresó: Mayo 22, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1