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27/May/04 14:18
DESPENSA EXENTA

ALGUIEN ME PODRIA AYUDAR,Y DECIRME CUAL ES LA CANTIDAD EXCENTA DE DESPENSA, PARA UNA SEMANA DE SALARIO DE UN TRBAJADOR.

GRACIAS POR SU AYUDA :P
 

 
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julioccaballero
Soldado

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27/May/04 14:34
Re: DESPENSA EXENTA

si al referirte a exenta de isr, las despensas no tienen exencion para isr por lo que su totalidad grava para efectos del calculo del isr por salarios.

si hablamos de integracion para el salario base de cotizacion para efectos de imss e infonavit. de acuerdo al articulo 27 fracc VI ley del seguro social, "las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta porciento del salario minimo general vigente en el distrito federal". equivalente a $18.09 por dia.
 
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aguirrecp
Cabo

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27/May/04 14:36

18.10 diarios exento para integrar salario en el imss
 
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rosaesg
Soldado

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27/May/04 21:34
Re: DESPENSA EXENTA

[quote:ccbee8f925="aguirrecp"]si al referirte a exenta de isr, las despensas no tienen exencion para isr por lo que su totalidad grava para efectos del calculo del isr por salarios.

si hablamos de integracion para el salario base de cotizacion para efectos de imss e infonavit. de acuerdo al articulo 27 fracc VI ley del seguro social, "las despensas en especie o en dinero, siempre y cuando su importe no rebase el cuarenta porciento del salario minimo general vigente en el distrito federal". equivalente a $18.09 por dia.[/quote:ccbee8f925]

COLEGA,

COMO QUE ES GRAVADO, CLARO QUE PUEDE SER EXENTO, SI ES PREVISION SOCIAL Y CUMPLE CON LOS REQUISITOS ES EXENTA.

SOLO QUE HAY QUE CUIDAR EL PENULTIMO PARRAFO DEL ART. 109 , QUE ES EL TOPE DE UN SALARIO MINIMO.

SALUDOS.

OJO CON LAS RESPUESTAS.
 
NULLUM TRIBUTE SINE LEGE ES NULO EL TRIBUTO SIN LEY DI NO A LA EXCLUSIVIDAD
 
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ANONIMO2
Teniente

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15/Jun/05 16:06
Re: DESPENSA EXENTA

muy interesante
 
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Soldado

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15/Jun/05 16:37

?????????????????
 
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cesar_lc
Capitán Primero

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15/Jun/05 16:47

Cesar, no hay que gastarse, tiempo al tiempo y las cosas caen por su propio peso.... digo, no hay que tirar más basura en casa... por el contrario y como dijo Alberto Cortez, "aparta la piedra del camino por los que vienen detrás"...
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
Teniente Coronel

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15/Jun/05 16:53

DISCULPEN COMAPEROS, PERO PARA EL CASO DE PREMIO POR ASISTECIA Y PUNTUALIDAD, TAMBIEN ES LA MISMA MECANICA, QUE EN DESPENSA COMO DICE: Premio de asistencia y puntualidad. Están exentos Los premios por asistencia y puntualidad, siempre que el importe de cada uno no rebase el 10% del salario base;
ESTO ES SOLO PARA LA INTEGRACION DE IMSS NO PARA ISR?
 
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businessmark
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15/Jun/05 17:09
Re: DESPENSA EXENTA

EL CONCEPTO DE DESPENSA ES GRAVADO AL 100% CUANDO LA PAGAS EN EFECTIVO, Y PUEDES EXENTAR 30 DIAS DE SALARIO MINIMO AL PAGO MENSUAL QUE REALICES POR EL CITADOP CONCEPTO CUANDO LO PAGUES EN "VALES DE DESPENSA" (EN ESPECIE) Y EL EXEDENTE SE LO GRAVAS.

ESTO ME LO ACLARARON A MI EN SHCP Y ES LA MECANICA QUE EN MI TRABAJO APLICAMOS.
 
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MGARCIAL
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15/Jun/05 17:10
Re: DESPENSA EXENTA

El criterio normativo 57/2004/ISR estipula que los premios por puntualidad y asistencia no tienen naturaleza analoga a lo ingresos exentos establecidos en el 109 LISR, ni como finalidad hacer frente a contingencias futuras, y por lo tanto no pueden ser considerados exentos.

El art. 27 LSS, se establece que no formaran parte del SDI cuando no rebasen del 10% del salario base de cotizacion

La despensa, si es en efectivo en mi opinion si grava para ISR, y si es en vales, lo consideraria prevision social.

Adicionalmenete el art. 27 LSS, se establece que no acumulara siempre y cuando no rebase del 40% del salario minimo general diario vigente en el DF ........

bye
 
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VIVIPI
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